
SIETE (7) INFORMES AÑO 2022 DE LAS JUNTAS CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE CASTILLA LA MANCHA, EXTREMADURA Y GALICIA.
> SOBRE LA EXTERNALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO.
> LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA. EL ACUERDO DE EMERGENCIA: ÓRGANO COMPETENTE Y REQUISITOS MÍNIMOS. PLAZO DE INICIO DE LA EJECUCIÓN.
> LA MODIFICACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.
> SOBRE MODIFICACIÓN DE LA DURACIÓN DE UN CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO COMO MEDIO DE FINANCIAMIENTO DE LAS NUEVAS INVERSIONES.
> POSIBILIDAD DE ADJUDICACIÓN DIRECTA DE UN CONTRATO A UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA. POSIBILIDAD DE QUE UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA PUEDA CONCURRIR A LOS PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN DEL AYUNTAMIENTO, SOCIO MAYORITARIO DE LA SOCIEDAD. EXAMEN DE LA FIGURA DEL CONFLICTO DE INTERESES EN LOS CONCEJALES QUE FORMAN PARTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD.
> CONSIDERACIÓN DEL INCREMENTO DE PRECIOS COMO CIRCUNSTANCIA IMPREVISIBLE Y SOBREVENIDA Y SU APLICACIÓN COMO MODIFICACIÓN CONTRACTUAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 205.2.B) DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
> SOBRE LA CONSIDERACIÓN DE LOS GRUPOS DE DESENVOLVIMIENTO RURAL (GDR) COMO PODERES ADJUDICADORES QUE NON SON ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y SU SUJECIÓN A LA LEY 9/2017.





PREVÍO: Damos cuenta de la que creemos es la última de las sentencias del TJUE año 2022, aun no publicada/resumida en nuestra web.
INFORMES JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE CATALUÑA 2022
Ref.- 445. TA_AND_0026/2023.- EN LA MAYOR PARTE DE LOS SUPUESTOS CONTEMPLADOS, EL QUE EL LICITADOR SE ENCUENTRE EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR NO DEBE SUPONER NECESARIAMENTE SU EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA.
1266_27/03/23
Damos cuenta de dos sentencias, ya publicadas en el 2022, pero que no habíamos referenciado.
1265.- 20/03/23.- CNMC: GUÍA SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y COMPETENCIA: ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS Y CONVENIOS (VOTO PARTICULAR INCLUIDO). Considera la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que los convenios y los encargos a medios propios pueden ofrecer determinadas ventajas respecto a los contratos públicos, si bien al mismo tiempo, la utilización de estas alternativas puede conducir a una menor eficiencia en las prestaciones al sector público y a una reducción de la competencia en los mercados. Por ello, la libertad de uso de estas alternativas está sujeta a ciertos requisitos y exigencias. Por un lado, requisitos materiales y formales para excluir a determinados negocios jurídicos de las reglas de la contratación pública. Por otro, el necesario ajuste a los principios de buena regulación y administración. La presente guía pretende ofrecer unas pautas a los poderes públicos para que la utilización de estas herramientas entrañe menores riesgos para la eficiencia y la competencia.
1264_14/03/23.- GOBIERTO: ESTUDIO ANUAL CONTRATACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA 2022. Ciertamente este estudio analiza parámetros de los más interesantes, por ejemplo: Los contratos desiertos han aumentado un 27,3% en un año hasta el 9,09%; La competencia media se ha situado por debajo de 3 ofertas por contrato frente a más de 4 en 2021; Los sistemas de racionalización han duplicado su peso en solo dos años, alcanzando más del 13% de las adjudicaciones, que se hacen ya basadas en acuerdo; Análisis de los CPV más habituales por tipo de Administración; Empresas con mayor importe adjudicado en contratación pública; Evolución de licitaciones publicadas con financiación de los fondos PRTR; En que se gasta los fondos Next Generatión, y un largo etc.
1510) SISTEMAS DINÁMICOS DE ADQUISICIÓN: 1º)
1263_13/03/23