JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE):

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO C-652/22. Ref. UE157

INADMISIBILIDAD DE CUESTIÓN PREJUDICIAL QUE PARTE DE UNA RECLAMACIÓN DE UNA EMPRESA DE UN ESTADO EXTRACOMUNITARIO, QUE NO HA FIRMADO ACUERDO CON LA UE QUE GARANTICE ACCESO RECIPROCO Y NO DISCRIMINATORIO A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

La sentencia C‑652/22 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), gira en torno a la interpretación del artículo 36 y del artículo 76 de la Directiva 2014/25/UE. sobre contratación en sectores especiales, en un caso relativo a la licitación para un contrato de construcción ferroviaria en Croacia. Este caso fue iniciado por una empresa (turca) no comunitaria, quien impugnó la decisión de adjudicación argumentando que la solicitud de documentación adicional por parte de la entidad adjudicadora infringía los principios de igualdad de trato y transparencia.

El TJUE destaca que la Directiva 2014/25/UE se aplica a los procedimientos de contratación en la UE y asegura la igualdad de trato entre los operadores económicos, pero solo extiende este derecho a los de Estados miembros o de terceros países que hayan firmado acuerdos internacionales con la UE que garanticen un acceso recíproco y no discriminatorio. En el caso en cuestión, Turquía… Continuar leyendo el resumen y acceder a la sentencia y a otros hiperenlaces

BIBLIOGRAFIA EN LA RED (04/11/24): Diez nuevas entradas.

BIBLIOGRAFIA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1840) CONSTITUCIÓN DE MESAS DE CONTRATACIÓN EN PANAPS. Servicio de Asesoramiento y Normalización de los Procedimientos de Contratación. (¿?) 2024.

1839) LOS PODERES ADJUDICADORES NO ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (PANAP). Gobierto. @gobierto. Agosto 2024.

1838) HABER OBTENIDO LA MEJOR PUNTUACIÓN EN LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A JUICIO DE VALOR ES UN INDICIO DE FALTA DE ARBITRARIEDAD. Jaime Pintos Santiago, @pintos_jaime y Mª Dolores Fernández Uceda, @MDFUcp. Agosto 2024.

1837) LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS SUPERIOR A 8 MESES NO OPERA COMO CAUSA DE RESOLUCIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO. Gómez-Acebo & Pombo Abogados, @gomezacebopombo. Septiembre 2024.

1836) ACTO DE TRÁMITE CUALIFICADO COMO ACTO SUSCEPTIBLE DE SER RECURRIDO. ANÁLISIS CASUISTICO. Fernando Aradas García. @FerAradas. Agosto 2024.

1835) LA DIFÍCIL RELACIÓN ENTRE EL ACUERDO MARCO Y LOS CONTRATOS BASADOS. PRIMERA PARTE (I). José Antonio Ruiz Sainz Aja. @JA_Ruiz_Sainz_A. Septiembre 2024.

1834) LA DIFÍCIL RELACIÓN ENTRE EL ACUERDO MARCO Y LOS CONTRATOS BASADOS. SEGUNDA PARTE (II). José Antonio Ruiz Sainz Aja. @JA_Ruiz_Sainz_A. Septiembre 2024.

1833) LA COLUSIÓN EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Macarena Geli Ramiro. Septiembre 2024.

1832) PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. Santiago González-Varas Ibáñez, @varas_ibanez. Septiembre 2024.

1831) SOBRE LA POLÉMICA CONSIDERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y URBANISMO COMO SERVICIOS DE CARÁCTER INTELECTUAL. A PROPÓSITO DE LA STS DE 18 DE JULIO DE 2024 (REC. NÚM. 4379/2021). Juan Antonio Carrillo Donaire. Septiembre 2024.

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NOTICIAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1345): Normativa en materia de contratación pública.

 NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1345.- 30/10/24. BOE: 1º) SE MODIFICA LA COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS INTEGRADOS EN LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO. 2º) SE ANULA EL R.D. POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL PARA EL DESARROLLO Y MEJORA DE LA INCLUSIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Damos cuenta de novedades respecto a estas dos normas en materia de contratación pública. Por una parte, la publicación de la Orden HAC/1187/2024, de 24 de octubre, por la que se modifica la composición de los órganos colegiados integrados en la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. Se señala en su preámbulo que El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre de 2023, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece una nueva organización de la Administración General del Estado, por lo que debe procederse a la adecuación de los órganos colegiados integrados en la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, en concreto, la Comisión Permanente, las Comisiones de Clasificación de Contratistas de Obras y de Empresas de Servicios y el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado. Por lo que hemos podido comprobar los cambios suponen, en esencia,…, Continuar leyendo

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1344): Publicada en el BOE Orden sobre los índices de precios de la mano de obra y materiales,…

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1344.- 29/10/24. PUBLICADA EN EL BOE LA ORDEN HAC/1171/2024, SOBRE LOS ÍNDICES DE PRECIOS DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES, sobre los índices de precios de los materiales específicos de suministros de fabricación de armamento y equipamiento, así como sobre los índices de precios de componentes de transporte de viajeros por carretera, para el PRIMER TRIMESTRE DE 2024, aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones Públicas. Acceder aquí a la Orden

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Asunto C-513/23: Sobre la obligatoriedad de la mención “o equivalente”…

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO C-513/23. Ref. UE156

SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE LA MENCIÓN “O EQUIVALENTE” CUANDO LOS REQUISITOS TÉCNICOS SE ESTABLECEN POR REFERENCIA A UNA NORMA ARMONIZADA

PLANTEAMIENTO: En el presente asunto un Ayuntamiento (búlgaro) licita un contrato de obras financiado con fondos de la Unión Europea. Las especificaciones técnicas del contrato hacían referencia a las normas BDS EN 1340:2005 (Bordillos de hormigón para pavimento. Requisitos y métodos de ensayo) y EN 60332‑1-2 (Métodos de ensayo para cables eléctricos y cables de fibra óptica…). Estas especificaciones técnicas no contenían la mención «o equivalente».

Ejecutado el contrato, el organismo encargado del seguimiento y auditoria del contrato impuso una corrección financiera de los gastos subvencionables (-25%), al considerar que el procedimiento de adjudicación del contrato no se había llevado a cabo de conformidad con la ley búlgara de contratación pública que transpone el artículo 42 de la Directiva 2014/24 y establece, en particular, que toda especificación técnica de un contrato público formulada mediante referencia a una norma deberá completarse con la expresión «o equivalente». Se argumentó que, al omitir tal mención, el Ayuntamiento había limitado de manera injustificada la posibilidad de que cualquier operador económico interesado participara en dicho procedimiento.

El Ayuntamiento interpone recurso alegando que la omisión de la mención «o equivalente» no tuvo por efecto disuadir a los posibles participantes en dicho procedimiento. De hecho, los productos de construcción deben cumplir los requisitos esenciales establecidos en el Reglamento n.º 305/2011. Pues bien, las normas BDS EN 1340:2005 y EN 60332‑1-2 constituyen «normas armonizadas», en el sentido de ese Reglamento. Por lo tanto considera que no existen normas equivalentes a estas y cualquier otra norma sería contraria a la normativa aplicable. En las referidas explicaciones se señala que el concepto de equivalencia carece de sentido en el ámbito de la normalización internacional, europea o nacional, cuyo principio consiste precisamente en establecer una única norma para cada objeto…. Continuar leyendo y acceder a la sentencia, así como a otros hiperenlaces.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1343): Actualización de los cuadernos de casación sobre contratación pública.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1343.-25/10/24.- ACTUALIZACIÓN DE LOS CUADERNOS DE CASACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA. En su día (Noticias. Ref.- 1314), dimos cuenta de la publicación por el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, bajo el título de Cuadernos de Casación Contratación Pública, de un estudio/resumen de Autos y Sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en materia de contratación pública. Pues bien, esta publicación ha sido actualizada a fecha 11 de octubre de 2024. En la misma se recoge a lo largo de sus 222 páginas, de forma resumida, el contenido de los autos de admisión y las sentencias en materia de contratación pública, dictadas principalmente por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del T.S., desde el año 2015 hasta la actualidad (23/01/24). Son once los capítulos sobre los que se estructura la obra:… Continuar leyendo y acceder al documento.

 

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1342): Régimen jurídico de TRAGSA y TRAGSATEC.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1342.-23/10/24.- AUDIENCIA PÚBLICA DEL “PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) Y DE SU FILIAL TRAGSATEC. De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a la realización del trámite de audiencia e información públicas del citado proyecto. Los interesados en participar en esta audiencia pública podrán hacerlo remitiendo, por correo electrónico, según modelo en formato Word que se proporciona, con sus sugerencias, alegaciones y observaciones. El plazo para remitir sugerencias ha comenzado el 3 de octubre y finaliza el 23 de octubre de 2024, …, Continuar leyendo en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y acceder al modelo y otros documentos.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1341): Tramitación del Proyecto de Ley integral de impulso de la economía social que prevé modificar la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1341.-21/10/24.- SE TRAMITA EL PROYECTO DE LEY INTEGRAL DE IMPULSO DE LA ECONOMÍA SOCIAL QUE PREVÉ MODIFICAR LA LEY 9/2017, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. El Boletín Oficial de las Cortes Generales (Congreso de los Diputados), ha publicado el pasado 18 de octubre, el Proyecto de Ley integral de impulso de la economía social, que recoge el acuerdo adoptado por la Mesa de la Cámara de encomendar la aprobación del citado proyecto con competencia legislativa plena, a la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta norma viene a modificar la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas (Art.1º), la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (Art. 2), y la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. En lo que a contratación pública interesa,…. Continuar leyendo y acceder al Proyecto de Ley.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: Ámbito del contrato de obras. Nulidad absoluta ex tunc.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO C-28/23. Ref. UE155

CONSTITUYE UN «CONTRATO PÚBLICO DE OBRAS», UN CONJUNTO CONTRACTUAL QUE VINCULA A UN ESTADO CON UN OPERADOR ECONÓMICO Y QUE INCLUYE UN CONTRATO DE SUBVENCIÓN Y UNA PROMESA DE COMPRAVENTA CELEBRADOS CON EL FIN DE EJECUTAR LA OBRA.

Con el fin de ejecutar el proyecto de construcción de un estadio nacional el Gobierno (eslovaco), celebra, sin licitación un memorándum con una sociedad, el cual definía las condiciones de concesión de una subvención para la construcción del referido estadio, así como las condiciones de tal construcción, y (finalmente también), una promesa de compraventa.

Existiendo desavenencias entre las partes -así como otras partes implicadas- El Tribunal de Justicia que conoce del asunto plantea cuatro cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea:… Continuar leyendo y acceder a la sentencia y a los hiperenlaces de todas las normas citadas por la misma.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Anulado el R.D. 667/2023.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 1560/2024 (Ref.- S0222)

DATOS: Fecha:03-10-2024. / Ley vigente: Ley 9/2017 (LCSP). / Aplicable a: Todo tipo de contratos.

ANULADO EL REAL DECRETO 667/2023, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL PARA EL DESARROLLO Y MEJORA DE LA INCLUSIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.

PLANTEAMIENTO: La recurrente Confederación Nacional de la Construcción (CNC) alegaba la nulidad del Real Decreto por dos motivos principales:

1.- La omisión del trámite de audiencia a las organizaciones empresariales como interlocutores sociales, lo que vulneraría los artículos 26 y 29 de la Ley 50/1997 del Gobierno y el artículo 105.e) de la Constitución.

2.- Insuficiencia de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), que presentaba errores y no había sido publicada conforme a la Ley de Transparencia… Continuar leyendo y acceder al texto de la Sentencia