NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
1206_31/01/22.- ANÁLISIS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA SOBRE CONTRATOS ENTRE DOS SOCIEDADES MERCANTILES PERTENECIENTES AL SECTOR PÚBLICO QUE NO OSTENTEN EL CARÁCTER DE PODER ADJUDICADOR. La CNMC ha publicado un informe sobre la contratación interna realizada entre determinadas sociedades del Grupo Correos, de acuerdo con el artículo 321.6 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). Las sociedades del Grupo Correos son entidades pertenecientes al sector público, de forma que sus relaciones contractuales deben respetar los principios generales de la contratación pública, tales como publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
Desde principios de 2021 (modificación introducida en la LCSP por la Ley 11/2020), la normativa de contratación pública permite la adjudicación directa de contratos entre sociedades del mismo grupo, siempre que se cumplan determinados requisitos, entre ellos la no distorsión de la competencia en los mercados.
Para valorar este extremo, el artículo 321. 6 de la Ley de Contratos del Sector Público establece que la CNMC, o en su caso la autoridad de competencia autonómica, debe analizar y realizar un informe sobre los contratos intragrupo sobre los que se solicita la excepción. En este contexto, la CNMC ha aprobado un informe sobre el contrato interno remitido por el Grupo Correos en el que destaca lo siguiente:… Seguir leyendo en la fuente de la noticia (CNMC) y acceder al informe.
Sentencia: ROJ: STS 4398/2021 – ECLI:ES:TS:2021:4398. (Ref.- S0180).
1205.- 21/01/22.- LA OIRESCON PUBLICA EL INFORME ANUAL DE SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE ESPAÑA 2021. La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), con fecha 22 de diciembre de 2021, ha aprobado el Informe Anual de Supervisión de la contratación pública de España de 2021 (IAS 2021), cumpliendo el mandato del artículo 332.9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Dicho informe se remitirá a la Comisión Europea. Este informe anual de supervisión recoge, en cumplimiento del citado artículo, las principales conclusiones de la actividad de control y supervisión realizada por las Administraciones competentes, una relación de los principales incumplimientos detectados por los órganos de control externo e interno en materia de contratación pública, información sobre la prevención, detección y notificación adecuada de los casos de fraude, corrupción, conflicto de intereses, así como problemas de colusión detectados… 
1204_14/01/22.- LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, APRUEBA UNA REGULACIÓN SIMILAR A LA DE GALICIA QUE PERMITE COMPENSAR A LAS EMPRESAS QUE EJECUTAN OBRAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO, POR EL AUMENTO DESMESURADO E IMPREVISIBLE DE LOS COSTES DE LOS MATERIALES DE OBRA. Dábamos cuenta ayer de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, de una ley que permite a las empresas de contratistas de obras solicitar compensación económica por aumento desmesurado e imprevisible de los costes de los materiales de obra. Pues bien, la comunidad Autónoma de Extremadura ha aprobado y publicado una disposición muy similar a la contenida en la norma gallega.
1203_13/01/22.- PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA, LA LEY QUE PERMITE A LAS EMPRESAS DE CONTRATISTAS DE OBRAS SOLICITAR COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL AUMENTO DESMESURADO E IMPREVISIBLE DE LOS COSTES DE LOS MATERIALES DE OBRA. Dimos cuenta el pasado 23 de diciembre en nuestro apartado Noticias, de la aprobación por el Parlamento Gallego de la primera Ley que compensa a los contratistas de obra por la alteración extraordinaria e imprevisible de los precios de los materiales de obra (
1202_11/01/22.- PAGINA WEB DE LA OFICINA NACIONAL DE EVALUACIÓN. Recogimos en su momento, en nuestro apartado noticias (
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