JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia: ROJ: STS 4369/2021 – ECLI:ES:TS:2021:4369. (Ref.- S0179).
Datos: Fecha: 29-11-2021 / Ley vigente: TRLCSP – LCSP / Tipo de contrato: Todos.
Resumen: EL QUE LA OFERTA NO SE AJUSTE A LAS CONDICIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, NO SUPONE POR SI, QUE DEBA PROCEDERSE AL RECHAZO DE ESTA.
La CUESTIÓN QUE REVISTE INTERÉS CASACIONAL objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en aclarar si procede la exclusión de una oferta del procedimiento de licitación cuando no se ajusta a las condiciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, siendo normas jurídicas que, en principio, habrán de ser objeto de interpretación, diversos artículos del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) que tienen su correspondencia en la actual Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP): el artículo 117 del TRLCSP (Art. 126 del LCSP) que establece las reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas”, el artículo 145.1 TRLCSP (Art. 139.1 LCSP) relativo a la proposición de los interesados, el artículo 150 TRLCSP (Art. 145 y sig. LCSP) relativo a los criterios de valoración de las ofertas y el articulo 151 TRLCSP (Art. 150 LCSP) relativo a la clasificación de las ofertas, adjudicación de contrato y notificación de la adjudicación. Además, se ha de considerar el artículo 84 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre).
La sentencia que aquí resumimos se remite en todo momento a otra anterior del mismo Tribunal (STS 1200/2021 – ECLI:ES:TS:2021:1200), al punto de que después de exponer la doctrina contenida en esta otra concluye: “Pues bien, no apreciamos la necesidad de completar, matizar ni aclarar las consideraciones que acabamos de reseñar”.
La fundamentación jurídica de la STS 1200/2021 que aquí destaca la STS 4369/2021 es la siguiente:… Seguir leyendo y acceder a las sentencias reseñadas.






1204_14/01/22.- LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, APRUEBA UNA REGULACIÓN SIMILAR A LA DE GALICIA QUE PERMITE COMPENSAR A LAS EMPRESAS QUE EJECUTAN OBRAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO, POR EL AUMENTO DESMESURADO E IMPREVISIBLE DE LOS COSTES DE LOS MATERIALES DE OBRA. Dábamos cuenta ayer de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, de una ley que permite a las empresas de contratistas de obras solicitar compensación económica por aumento desmesurado e imprevisible de los costes de los materiales de obra. Pues bien, la comunidad Autónoma de Extremadura ha aprobado y publicado una disposición muy similar a la contenida en la norma gallega.
1203_13/01/22.- PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA, LA LEY QUE PERMITE A LAS EMPRESAS DE CONTRATISTAS DE OBRAS SOLICITAR COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL AUMENTO DESMESURADO E IMPREVISIBLE DE LOS COSTES DE LOS MATERIALES DE OBRA. Dimos cuenta el pasado 23 de diciembre en nuestro apartado Noticias, de la aprobación por el Parlamento Gallego de la primera Ley que compensa a los contratistas de obra por la alteración extraordinaria e imprevisible de los precios de los materiales de obra (
1202_11/01/22.- PAGINA WEB DE LA OFICINA NACIONAL DE EVALUACIÓN. Recogimos en su momento, en nuestro apartado noticias (
1300)
1201_05/01/22.- MELIÁN ABOGADOS. ESQUEMA: PROCEDIMIENTOS POR CUANTÍAS Y PLAZOS DE LICITACIÓN. Aunque próximamente actualizaremos nuestro apartado
ÚLTIMA DOCTRINA DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES: PUNTOS DE ENCUENTRO Y FRICCIÓN EN LA INTERPRETACIÓN DE LA DE LA LCSP
1200_03/01/22.- MODIFICACIÓN DE LA LEY 9/2017 DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO: ORDEN HFP/1499/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE PUBLICAN LOS LÍMITES DE LOS DISTINTOS TIPOS DE CONTRATOS A EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022. Tal y como ya adelantamos en su día (
1199_03/01/22.- ORDEN HFP/1465/2021, DE 3 DE NOVIEMBRE, SOBRE LOS ÍNDICES DE PRECIOS DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES, sobre los índices de precios de los materiales específicos de suministros de fabricación de armamento y equipamiento, así como sobre los índices de precios de componentes de transporte de viajeros por carretera, para el primer trimestre de 2021, aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones Públicas y sobre los índices de precios de la mano de obra para el tercer y cuarto trimestre de 2020 corregidos.