
DIEZ NUEVAS ENTRADAS
647) LIMITACIÓN DE LA RESERVA DE CONTRATOS EN FAVOR DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL. Beatriz Martín Lorenzo. Mayo 2019.
646) LAS OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Y EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO. Jaime Pintos Santiago. @pintos_jaime . Mayo 2019.
645) DIVISIÓN DEL CONTRATO EN LOTES Y EL PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL DE CONTRATACIÓN CONJUNTA. Asesoría Jurídica del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España. Mayo 2019.
644) LA LICITACIÓN POR FASES Y EL COMITÉ DE EXPERTOS. José Antonio Ruiz Sainz-Aja. Mayo 2019.
643) BREVES APUNTES SOBRE LOS CONTRATOS MODIFICADOS EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Francisco García-Ortells. @fgarciaortells. Mayo 2019
642) NOTAS SOBRE EL CONTROL EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. EL CONTROL INTERNO Y SU INCIDENCIA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Álvaro García Molinero. @AlvaroGmolinero. Mayo 2019.
641) ANTIFORMALISMO EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA, SUBSANACIÓN Y RADARES DE TRAMO. Jacinto Álvarez Somoza. @jalvarezsom . Mayo 2019.
640) LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE 9 DE MAYO DE 2019 SOBRE LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS COACTIVOS EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 9/2017. PUNTO FINAL A UN LARGO DEBATE. Joaquín Tornos Más. Mayo 2019.
639) COMENTARIOS A LA RESOLUCIÓN 156/2019 DE TACRC RELATIVA AL CÁLCULO DEL PRESUPUESTO DEL CONTRATO CUANDO EXISTE OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN DE TRABAJADORES Y EL PLIEGO CONTEMPLA UN NÚMERO DE ELLOS MENOR QUE EL PLIEGO ANTERIOR. Germán Martínez Montes. Mayo 2019.
638) LA LIBERTAD DE PACTOS EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. FACULTADES Y LIMITACIONES. Álvaro García Molinero. @AlvaroGmolinero. Mayo 2019.




(963) DIRECTIVA POR LA QUE SE MODIFICA LA DIRECTIVA 2009/33/CE RELATIVA A LA PROMOCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA LIMPIOS Y ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES. La nueva normativa, que indudablemente supondrá la introducción de modificaciones en la Ley 9/2017, y/o su integración en la futura Ley de Sectores Excluidos, deberá ser transpuesta en un plazo máximo de 24 meses, desde su publicación en el Diario Oficial de La Unión Europea. El nuevo artículo 1 (objeto y finalidad), es definitorio y permite obviar cualquier comentario sobre el alcance de la directiva y su íntima vinculación con la contratación pública: “La presente Directiva exige que los Estados miembros garanticen que los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras, en la contratación pública relativa a determinados vehículos de transporte por carretera, tengan en cuenta los impactos energético y medioambiental de estos durante su vida útil, incluidos el consumo de energía y las emisiones de CO2 y de determinados contaminantes, con la finalidad de promover y estimular el mercado de vehículos limpios y energéticamente eficientes y mejorar la contribución del sector del transporte a las políticas en materia de medio ambiente, clima y energía de la Unión.”.