03/06/19
(963) DIRECTIVA POR LA QUE SE MODIFICA LA DIRECTIVA 2009/33/CE RELATIVA A LA PROMOCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA LIMPIOS Y ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES. La nueva normativa, que indudablemente supondrá la introducción de modificaciones en la Ley 9/2017, y/o su integración en la futura Ley de Sectores Excluidos, deberá ser transpuesta en un plazo máximo de 24 meses, desde su publicación en el Diario Oficial de La Unión Europea. El nuevo artículo 1 (objeto y finalidad), es definitorio y permite obviar cualquier comentario sobre el alcance de la directiva y su íntima vinculación con la contratación pública: “La presente Directiva exige que los Estados miembros garanticen que los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras, en la contratación pública relativa a determinados vehículos de transporte por carretera, tengan en cuenta los impactos energético y medioambiental de estos durante su vida útil, incluidos el consumo de energía y las emisiones de CO2 y de determinados contaminantes, con la finalidad de promover y estimular el mercado de vehículos limpios y energéticamente eficientes y mejorar la contribución del sector del transporte a las políticas en materia de medio ambiente, clima y energía de la Unión.”. Acceder aquí al texto de la nueva directiva. Leer también el artículo de Juan Martínez Martínez En marcha otra directiva en materia de contratación pública.