JURISPRUDENCIA DEL TJUE. Asunto T-280/17. El informe de lectura de un correo electrónico que puede ser generado automáticamente por el sistema informático, no prueba la recepción de un correo electrónico

14/12/18

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

ASUNTO T-280/17. Ref.- UE078

EL INFORME DE LECTURA QUE PUEDE SER GENERADO AUTOMÁTICAMENTE POR EL SISTEMA INFORMÁTICO, NO PRUEBA LA RECEPCIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO

En el presente supuesto se excluye al ahora demandante/recurrente de su participación en los procedimientos de adjudicación de contratos (y concesión de subvenciones). La normativa aplicable señalaba que debía darse la oportunidad de presentar observaciones por el operador económico, a cuyo fin el organismo actuante (La Comisión), remitió en su día al recurrente un correo electrónico, aportando ahora al Tribunal, el informe de lectura que recibió el mismo día del envío. La recurrente/demandante por su parte afirma no haber tenido conocimiento en ningún momento de la existencia del escrito controvertido o de su envío

El Tribunal General considera “…que el informe de lectura es un correo electrónico que puede ser generado  Continuar Leyendo