13/12/18
NORMATIVA INCIDENTAL / NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
(894) NUEVA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR (CONTENIDA EN LA LEY DE INDUSTRIA). El Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España ha introducido, como sanción accesoria, una nueva prohibición de contratar al modificar el artículo 34 de la Ley de Industria de 1992: “3. La autoridad sancionadora competente podrá acordar, además, en las infracciones graves y muy graves, la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”.
Esta regulación sorprende, en primer lugar, por la norma donde se incluye la prohibición de contratar –la Ley de Industria- cunado, desde la lógica del principio de función normativa,… Continuar leyendo en la fuente de la noticia -OBCP-.