03/05/16
NOTICIAS / EFECTO DIRECTO NUEVAS DIRECTIVAS
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(514) CATALUÑA: INSTRUCCIÓN 1/2016 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOBRE LA APLICACIÓN DIRECTA DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LAS DIRECTIVAS 2014/23/UE Y 2014/24/UE. La instrucción tiene por objeto concretar los efectos de la aplicación directa de determinadas disposiciones de las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, de acuerdo con el informe 1/2016 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalidad de Cataluña, siendo su ámbito de aplicación abarca los contratos del sector público sujetos y no sujetos a regulación armonizada, que tramiten los poderes adjudicadores de la Generalidad de Cataluña, y de su sector público. Esta instrucción incluye apartados relativos a “tipificación de los contratos”, “cálculo del valor estimado de los contratos”, “supuestos de adjudicación por procedimiento negociado”, “solvencia económica”, “documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia”, “lotes”,” valoración de las proposiciones”, “causas de modificación”, ” contratos de gestión de servicios públicos y de concesión de obra pública” y “publicidad y plazos de presentación de solicitudes y proposiciones”. Dado que la misma puede servir de orientación a otros órganos de contratación fuera de la C.A. de Cataluña, hemos traducido la versión original ofrecida sólo en catalán (ver aquí), al castellano (ver aquí). (Fuente: Gencat).
Nota importante: Mañana miércoles 4 de mayo, publicamos la revisión 1 del documento Incidencia en el TRLCSP de las Directivas Europeas de Contratación (Doctrina de Juntas Consultivas y Tribunales) donde precisamente una de las TRES novedades más importantes es la incorporación de los comentarios de la JCCA de Cataluña en su informe 1/2016. [La segunda es la incorporación de la tabla de correspondencias TRLCSP-D.2014/24/UE y TRLCSP-D.2014/23/UE, incluida en el borrador del Anteproyecto de la nueva LCSP, y la tercera la incorporación de los comentarios de Juntas Consultivas (Estado y Cataluña) y Tribunales Administrativos a la Directiva 2014/23/UE.].