FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA: Obligaciones y periodo medio de pago… / BIBLIOGRAFÍA: Sostenibilidad social y ambiental… / Ética y Contratación Pública.

11/01/16

FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

cemci

OBLIGACIONES DE PAGO, PERIODO MEDIO DE PAGO, REGLA DE GASTO Y MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. Granada,  24 y 25 de febrero. (Ver detalles).

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BIBLIOGRAFÍA

SOSTENIBILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL EN LA DIRECTIVA 2014/24/UE DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.  Julio V. González  García. Revista Española de Derecho Europeo Octubre – Diciembre 2015. Los criterios de sostenibilidad han sido usualmente puestos en duda en el Derecho europeo, que los somete a criterios estrictos. En este artículo se analiza críticamente cuál es su formulación en la Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo de de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE

ÉTICA Y CONTRATACIÓN PÚBLICA. Ximena Pinto Nerón. Monográfico Ética de la Función Pública  y transparencia. Páginas 85-116. La contratación pública constituye un sector sensible a la corrupción y prácticas no debidas, en tanto implica el manejo de fondos públicos. Si efectuamos un análisis de las normas tanto de fuente internacional, como de las dictadas internamente en diversos países que regulan el obrar en la Administración Pública, y más específicamente la ética pública, nos hace vislumbrar que las mismas se refieren directamente a la contratación pública, introduciendo disposiciones a los efectos de prevenir, erradicar y sancionar la corrupción en la materia. Ejemplo de ello lo constituyen la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción y la Convención Interamericana Contra la Corrupción, donde se aborda la temática referida.

Ver otra bibliografía sobre contratación pública

NOTICIAS (473): PUBLICADO EN EL DOUE EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRAATACIÓN.

08/01/15
NOTICIAS / LEGISLACIÓN

 

Comision europea

(473) PUBLICADO EN EL DOUE DE 6 DE ENERO, EL REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/7 DE LA COMISIÓN, DE 5 DE ENERO DE 2016, POR EL QUE SE ESTABLECE EL FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC). Dicho documento (Descargar aquí), cuya existencia se encuentra prevista en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE, consiste en una declaración responsable del licitador o candidato que sustituye a los certificados expedidos por las autoridades públicas o por terceros, por el que aquél confirma no encontrarse incurso en causa de prohibición de contratar, que posee la habilitación y solvencia exigible (propia o a través de otros), cuenta, en caso de exigirse, con los sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental, y declara (cuando el procedimiento no lo prohíba) su intención o no de subcontratar parte de las prestaciones. En los procedimientos restringidos en los que la entidad convocante haya especificado los criterios o normas objetivas que se aplicaran para limitar el número de candidatos que serán invitados a participar, la declaración hará referencia al cumplimiento por parte de la empresa de tales criterios o normas y de los documentos y certificados que en su caso sean exigidos… Leer más.

NOTICIAS:(471): Tipo legal de interés de demora para primer semestre 2016 (472): Nueva instrucción Tribunal de Cuentas sobre remisión telemática de información sobre contratos.

05/01/16
NOTICIAS

intereslegal

(471) Publicado en el BOE de 30 de diciembre la Resolución de 29 de diciembre de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que SE PUBLICA EL TIPO LEGAL DE INTERÉS DE DEMORA APLICABLE A LAS OPERACIONES COMERCIALES DURANTE EL PRIMER SEMESTRE NATURAL DEL AÑO 2016–Acceder aquí al BOE-, que será del 8,05 por 100. Ver aquí  la evolución del  tipo de interés de demora desde el año  2011.

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Tribunal de Cuentas

(472) NUEVA INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS RELATIVA A LA REMISIÓN TELEMÁTICA DE LOS EXTRACTOS DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN Y DE LAS RELACIONES ANUALES DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL. Esta resolución, aprobada por Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Presidencia del T.C., y publicada en el BOE de 30 de diciembre –ver aquí-, tiene como principales novedades la extensión de la aplicación del procedimiento telemático de remisión de la documentación contractual, en soporte informático, también a los expedientes de contratación a los que se refiere el artículo 29 del TRLCSP (comunicación de información de la formalización, modificación, prorroga, variación de plazo, de precio, de importe final, nulidad y extinción normal o anormal de contratos cuya cuantía exceda un determinado importe), lo que a su vez hace igualmente conveniente el establecimiento de mecanismos de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control Externo Autonómico (OCEX), aproximando procedimientos y compartiendo herramientas. Por otra parte, motivos de eficiencia y racionalidad hacen aconsejable simplificar el contenido del extracto del expediente regulado en el referido artículo, limitándolo a aquella documentación que aporte la información básica que permita efectuar análisis preliminares para el ejercicio de las fiscalizaciones, identificar áreas de riesgo y seleccionar muestras para el desarrollo de los controles; todo ello, sin perjuicio de que pueda solicitarse por los órganos fiscalizadores cualquier información adicional que estimen conveniente para el ejercicio de sus competencias. Por último, la necesidad de aproximar temporalmente la fiscalización a la gestión que se verifica, hace preciso que se anticipe el plazo de remisión de las relaciones anuales de contratos por las entidades locales respecto del que en la actualidad prevé la Instrucción del Tribunal de Cuentas de 2012, haciendo así más oportunos y de la mayor utilidad los controles efectuados.

Indicar por último… Seguir leyendo.

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NOTICIAS (470): Profunda modificación de la Orden EHA/1049/2008, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.

04/01/15
NOTICIAS

(470) PROFUNDA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EHA/1049/2008, DE DECLARACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA.  Publicado por el Boletín Oficial del Estado de 30 de diciembre la Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada (ver aquí). Se trata de la séptima, y posiblemente más  importante modificación de dicha orden, desde que la misma fuera publicada en el año 2008. Se modifican cinco de los seis artículos de la Orden, añadiendo siete artículos más.

Respecto a la declaración de contratación centralizada de los contratos de suministros (artículo 1) se producen modificaciones en relación a lo siguientes suministros:… Continuar leyendo.