05/01/16
NOTICIAS
(471) Publicado en el BOE de 30 de diciembre la Resolución de 29 de diciembre de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que SE PUBLICA EL TIPO LEGAL DE INTERÉS DE DEMORA APLICABLE A LAS OPERACIONES COMERCIALES DURANTE EL PRIMER SEMESTRE NATURAL DEL AÑO 2016–Acceder aquí al BOE-, que será del 8,05 por 100. Ver aquí la evolución del tipo de interés de demora desde el año 2011.
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(472) NUEVA INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS RELATIVA A LA REMISIÓN TELEMÁTICA DE LOS EXTRACTOS DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN Y DE LAS RELACIONES ANUALES DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL. Esta resolución, aprobada por Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Presidencia del T.C., y publicada en el BOE de 30 de diciembre –ver aquí-, tiene como principales novedades la extensión de la aplicación del procedimiento telemático de remisión de la documentación contractual, en soporte informático, también a los expedientes de contratación a los que se refiere el artículo 29 del TRLCSP (comunicación de información de la formalización, modificación, prorroga, variación de plazo, de precio, de importe final, nulidad y extinción normal o anormal de contratos cuya cuantía exceda un determinado importe), lo que a su vez hace igualmente conveniente el establecimiento de mecanismos de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control Externo Autonómico (OCEX), aproximando procedimientos y compartiendo herramientas. Por otra parte, motivos de eficiencia y racionalidad hacen aconsejable simplificar el contenido del extracto del expediente regulado en el referido artículo, limitándolo a aquella documentación que aporte la información básica que permita efectuar análisis preliminares para el ejercicio de las fiscalizaciones, identificar áreas de riesgo y seleccionar muestras para el desarrollo de los controles; todo ello, sin perjuicio de que pueda solicitarse por los órganos fiscalizadores cualquier información adicional que estimen conveniente para el ejercicio de sus competencias. Por último, la necesidad de aproximar temporalmente la fiscalización a la gestión que se verifica, hace preciso que se anticipe el plazo de remisión de las relaciones anuales de contratos por las entidades locales respecto del que en la actualidad prevé la Instrucción del Tribunal de Cuentas de 2012, haciendo así más oportunos y de la mayor utilidad los controles efectuados.
Indicar por último… Seguir leyendo.
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