NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1329): Tipo legal de interés de demora.

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1329_01/07/24.- PUBLICADO EN EL BOE EL TIPO LEGAL DE INTERÉS DE DEMORA APLICABLE A LAS OPERACIONES COMERCIALES DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2024. El BOE del pasado 28 de junio de 2024, ha publicado la Resolución de 26 de junio de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2024, (Ver aquí), fijando el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2024 en el 12,25 por 100, 0,25 puntos por debajo del señalado para el primer trimestre del año (12,50 %). Cabe recordar que este, es el tipo de interés aplicable a los efectos previstos en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, esto es, por ejemplo, el índice que se emplea para determinar la cuantía de los intereses que debe abonar una entidad pública en el supuesto de demora en el pago de las cantidades que le son facturadas por el contratista en un contrato sujeto a la normativa de contratación. Véase en este documento, de los tipos legales de interés aplicables durante los últimos diez años.

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