JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA: Procedimiento negociado sin publicidad.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

RESEÑA: ASUNTO T-38/21 (TRIBUNAL GENERAL): LA DECISIÓN DE UTILIZAR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD NO CONSTITUYE UN ACTO DEFINITIVO SUSCEPTIBLE DE RECURSO.

En el presente asunto se parte del hecho en el que dos empresas (una inglesa y otra holandesa) fabricantes de robots recurrían la decisión de la Comisión Europea de haber acudido al procedimiento negociado sin publicidad para la adquisición, en el marco de la pandemia COVID, de robots de desinfección de hospitales para los países miembros. La sociedad recurrente también fabrica un tipo concreto de estos robots. Escaladamente, la sociedad recurrente también solicita la anulación de la decisión de adjudicación y la consecuente de formalización de dos contratos marco y solicita indemnización… Continuar leyendo -y acceder a la sentencia- en este artículo de Francisco López Blanco en OBCP y/o en este resumen incluido en el Boletín de noticias de la Junta Consultiva de Contratación Pública de Cataluña.

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