NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
1293.- 24/10/23.-PUBLICADA LA DIRECTIVA (UE) 2023/1791 RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA CON DIVERSAS NORMAS CON INCIDENCIA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Por lo que se refiere a la contratación pública, se hace referencia en distintos considerandos (36, 49 al 55 y 119), en el anexo IV –que establece los requisitos de eficiencia energética para la contratación pública – y específicamente en el artículo 7. Este último precepto previene, entre otros aspectos, que:
1. Los Estados miembros garantizarán que, cuando celebren contratos públicos y concesiones de un valor igual o superior a los umbrales establecidos en … [las directivas de contratación], los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras adquieran solamente productos, servicios, edificios y obras que tengan un alto rendimiento energético, de conformidad con los requisitos mencionados en el anexo IV de la presente Directiva, a menos que no sea técnicamente viable.
Los Estados miembros velarán asimismo por que, al celebrar contratos públicos y concesiones de un valor igual o superior a los umbrales a que se refiere el párrafo primero, los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras apliquen el principio de «primero, la eficiencia energética» (…)
2. Las obligaciones a que se refiere el apartado 1 del presente artículo no se aplicarán si van en detrimento de la seguridad pública o impiden responder a emergencias de salud pública. Las obligaciones a que se refiere el apartado 1 del presente artículo serán aplicables a los contratos de las fuerzas armadas únicamente en la medida en que su aplicación no dé lugar a conflicto alguno con la naturaleza y los objetivos básicos de las actividades de las fuerzas armadas. (…)
(4)… (5)… (6)…
7. (…) los Estados miembros, cuando celebren contratos de servicios con un componente energético importante, velarán por que los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras estudien la viabilidad de celebrar contratos de rendimiento energético a largo plazo que ofrezcan un ahorro de energía a largo plazo. Continuar leyendo y acceder al texto de la Directiva y a otro resumen de la misma.