JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Asunto C‑292/21. Ref.-UE138.
SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE QUE LOS CURSOS DE SENSIBILIZACIÓN Y REEDUCACIÓN VIAL PARA LA RECUPERACIÓN DE PUNTOS DEL PERMISO DE CONDUCCIÓN DEBAN REALIZARSE A TRAVÉS DE UNA CONCESIÓN PÚBLICA.
PLANTEAMIENTO: La Dirección General de Tráfico anunció una licitación denominada «Concesión de gestión de cursos de sensibilización y reeducación vial para la recuperación de crédito de permiso de conducción. 5 lotes». Una asociación empresarial (Audica) impugnó la licitación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), alegando que la adjudicación de dichos cursos de sensibilización y reeducación vial mediante contratos de concesión de servicio público era contraria a la libre prestación de servicios. El TACRC (Resolución nº 71/2015), desestimó el recurso de la Asociación empresarial. Iniciada la vía contenciosa, la cuestión llega al Tribunal Supremo, quien finalmente traslada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en esencia, la siguiente cuestión prejudicial: ¿el Derecho de la Unión, y en particular el artículo 15 de la Directiva 2006/123, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional con arreglo a la cual la adjudicación de los cursos de sensibilización y reeducación vial para la recuperación de puntos del permiso de conducción debe efectuarse mediante una concesión de servicio público?… Continuar leyendo y acceder a la sentencia y normativa relacionada.