JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia: Roj: STS 2082/2021 – ECLI:ES:TS:2021:2082. (Ref.- S0172).
Datos: Fecha: 20-05-2021 / Ley vigente: Normativa Laboral / Normativa de contratación. / Tipo de contrato: TODOS.
Resumen: CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA EXISTENCIA DE TRANSMISIÓN DE EMPRESAS EN CONTRATOS PÚBLICOS.
Nota Previa: Sobre este tema, véase la recientísima sentencia (24/06/21), del TJUE en el Asunto C-550/19, que resumimos aquí, en nuestro apartado Jurisprudencia del TJUE (Ref, UE113).
“DÉCIMO.- 1.- El TJUE explica que el criterio decisivo para determinar la existencia de una transmisión de empresa “consiste en saber si la entidad económica mantiene su identidad, lo que se desprende, en particular, de la circunstancia de que continúe efectivamente su explotación o de que esta se reanude […] Para determinar si se cumple este requisito, han de tomarse en consideración todas las circunstancias de hecho características de la operación examinada, entre las cuales figuran, en particular, el tipo de empresa o de centro de actividad de que se trate, el que se hayan transmitido o no elementos materiales como los edificios o los bienes muebles, el valor de los elementos inmateriales en el momento de la transmisión, el hecho de que el nuevo empresario contrate o no a la mayoría de los trabajadores, el que se haya transmitido o no la clientela, así como el grado de analogía de las actividades ejercidas antes y después de la transmisión y la duración de una eventual suspensión de dichas actividades” ( sentencia del TJUE de 27 de febrero de 2020, C-298/18, y las citadas en ella). (…) Continuar leyendo y acceder a la sentencia.