JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Interés legítimo del licitador excluido en impugnar la regularidad de la oferta del adjudicatario.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asuntos C‑771/19. Ref.- UE109

INTERÉS LEGÍTIMO DEL LICITADOR EXCLUIDO EN IMPUGNAR LA REGULARIDAD DE LA OFERTA DEL ADJUDICATARIO

Es doctrina común de los tribunales administrativos españoles, negar la existencia de legitimación del licitador previamente excluido, para impugnar la no exclusión de otro licitador o la adjudicación del contrato, y ello aun en el caso de que la exclusión de aquél no sea firme por haber sido impugnada ante los tribunales de lo contencioso. Como excepción a esta regla, suele reconocerse la legitimación de aquel licitador excluido en la impugnación -pretendiendo anular el procedimiento- respecto a aquellos contratos que por tener carácter inaplazable o imprescindible, exista una expectativa fundada de que el Órgano de Contratación lo licitará nuevamente.

La sentencia del TJUE, considera que el licitador excluido podrá interponer recurso contra la decisión de la entidad adjudicadora que admita la oferta de uno de sus competidores, cualquiera que sea la etapa del procedimiento de adjudicación de un contrato público en el que se encuentre dicha decisión. En lo que respecta, a las razones en las que un licitador excluido puede basarse en un recurso de este tipo,……Continuar leyendo y acceder a la Sentencia del TJUE.