Informe Junta Consultiva. Clasificación: Mantenimiento Solvencia Técnica y Profesional

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1083_09/06/20.- INFORME DE LA JUNTA CONSULTIVA DEL ESTADO. CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL: ACREDITACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL ANTE LAS MEDIDAS COVID-19. La pasada semana -como siempre y para no variar, desde el año 2017, en un informe no fechado- la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha publicado este informe en relación al mantenimiento de la solvencia técnica o profesional de las empresas clasificadas (aproximadamente 15.000), ante las medidas adoptadas frente al coronavirus, concretamente, la suspensión de los plazos administrativos que se decretó con la declaración del estado de alarma el 14 de marzo, hasta el levantamiento de dicha suspensión el 1 de junio. La cuestión que se plantea, es cómo debe fijarse la fecha final del plazo de tres años al que se refiere el artículo 82.2 de la LCSP, cuando el mismo se cumple estando vigente el estado de alarma y, para aquellos supuestos en el que el cómputo de tres años finaliza en fechas posteriores al levantamiento de la suspensión (01/06), si cabe ampliar los plazos por igual periodo que el de duración de la suspensión de plazos (79 días). En su informe la JCCPE concluye…Continuar leyendo y acceder al informe.

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Cuatro (4) nuevos vídeos.

 VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

AVANCE: Próximo 9 de junio: BLOCKCHAIN Y CONTRATACIÓN PÚBLICA: ASEGURAR LA TRANSPARENCIA, LA INTEGRIDAD Y LA EFICIENCIA. Miguel Ángel Bernal @miguelanbernal y María Saldaña.

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(05/06) EFECTOS DE LA DESESCALADA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Javier Vázquez Matilla @Javiervazquezma. 1 hora.

(04/06) LAS OFERTAS TEMERARIAS. David Tobajas Garanacha. 1 h. 8 m.

(28/05) EL CONTRATO MENOR. Jaime Pintos Santiago. @pintos_jaime. 1 h. 13 m.

(11/05) VIDEO EXPLICATIVO DE CONTENIDOS ESTUDIO PRÁCTICO DEL CONTRATO MENOR. Javier Vázquez Matilla @Javiervazquezma. 40 m.

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JURISPRUDENCIA DEL TJUE. Asunto C-429/19. No cabe catalogar de convenio entre entes públicos, la mera prestación de un servicio de uno a otro a cambio de una retribución.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

Asunto C-429/19. Ref.-UE100

NO CABE CATALOGAR DE CONVENIO ENTRE ENTES PÚBLICOS LA MERA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE UNO A OTRO A CAMBIO DE UNA RETRIBUCIÓN

MARCO JURÍDICO [Nota: Véase artículo 6 de la Ley 9/2017]. El artículo 12 de la Directiva 2014/24/UE, en su apartado 4 señala: «Un contrato celebrado exclusivamente entre dos o más poderes adjudicadores quedará fuera del ámbito de aplicación de la presente Directiva, cuando se cumplan todas y cada una de las condiciones siguientes:

a)      que el contrato establezca o desarrolle una cooperación entre los poderes adjudicadores participantes con la finalidad de garantizar que los servicios públicos que les incumben se prestan de modo que se logren los objetivos que tienen en común;

b)      que el desarrollo de dicha cooperación se guíe únicamente por consideraciones relacionadas con el interés público, y

c)      que los poderes adjudicadores participantes realicen en el mercado abierto menos del 20 % de las actividades objeto de la cooperación».

PLANTEAMIENTO. En Alemania, diversos organismos públicos crean un consorcio cuya tarea consiste en valorizar y eliminar residuos. Al no contar con los medios adecuados para realizar una de las tareas que le son encomendadas, celebra un convenio con otra entidad pública para que se encargue de ello, a cambio de una retribución por los gastos que a esta última tal operación le genera.

Frente a este convenio, una empresa privada interpone los recursos correspondientes, por considerar que en un caso como el presente la cooperación no existe y que tal situación debe considerarse como un contrato público y, en consecuencia, debe ser objeto de licitación…..Continuar leyendo.

 

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Ingreso mínimo vital y sello de inclusión social.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1082_04/06/20.- NORMATIVA CON INCIDENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: REAL DECRETO LEY 20/2020, DE 29 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL INGRESO MÍNIMO VITAL. SELLO DE INCLUSIÓN SOCIAL. El día 1 de junio de 2020 se ha publicado en el BOE esta Ley, que tiene por objeto la creación y regulación del ingreso mínimo vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas (artículo 1). En cuanto a la contratación pública, cabe destacar la disposición adicional primera, relativa a la colaboración de las empresas en el tráfico de los beneficiarios del ingreso mínimo vital a la participación activa en la sociedad, que prevé la regulación mediante reglamento del Sello de Inclusión Social,…. Continuar leyendo.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED: Diez (10) nuevos artículos (03/06/20)

03/06/20

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED.

937) LA NUEVA REGULACIÓN DE LA CONTRATACIÓN EN LOS SECTORES ESPECIALES. NOVEDADES DEL REAL DECRETO LEY 3/2020. José Mª Gimeno Feliu. Marzo 2020.

936) NOVEDADES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN EN LOS SECTORES EXCLUIDOS. Gómez-Acebo & Pombo Abogados, @gomezacebopombo. Marzo 2020.

935) NOVEDADES RELEVANTES EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN EN LOS SECTORES DE LA ENERGÍA, AGUA, TRANSPORTES Y SERVICIOS POSTALES. Ramón Vázquez del Rey Villanueva, @Vzquez12Del. Abril 2020.

934) LA NOVA REGULACIÓ DE LA CONTRACTACIÓ EN ELS SECTORS ESPECIALS O EXCLOSOS. L’ÀMBIT SUBJECTIU I OBJECTIU D’APLICACIÓ DEL REIAL DECRET LLEI 3/2020 (La nueva regulación de la contratación en los sectores especiales o excluidos. El ámbito subjetivo y objetivo de aplicación del Real Decreto Ley 3/2020). Rosa Maldonado Camats. @eapccat. Marzo 2020.

933) PROHIBICIONES DE CONTRATAR DERIVADAS DE INFRACCIONES DE COMPETENCIA Y MEDIDAS DE SELF CLEANING. Javier Guillén Caramés. Abril 2020.

932) LA CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Clavero abogados. @claveroabogados. Abril 2020.

931) AVISO A NAVEGANTES: YA NO HAY MORATORIAS PARA LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. María Pilar Batet. @mpbatet. Marzo 2020.

930) LAS LLAMADAS “CLÁUSULAS SOCIALES” EN LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO: CUESTIONES COMPETENCIALES Y LIBRE CONCURRENCIA PARA LA FIJACIÓN DE CONDICIONES SALARIALES. José Ignacio Cubero Marcos. Marzo 2020.

929) LOS MODOS DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO EN EL ÁMBITO LOCAL. Juan Alemany Garcías. Marzo 2020.

928) ENTONCES, EN EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO… ¿PIDO LA INSCRIPCIÓN EN EL ROLECE? Diego Ballina Marc Gil. Marzo 2020.

Ver estos, y otros 927 artículos sobre contratación pública ordenados temáticamente

NOTICIAS (1081): Informe de la Abogacía General del Estado sobre el levantamiento de la suspensión en el cómputo de plazos.

02/06/20

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1081_02/06/20.- INFORME DE LA ABOGACIA GENERAL DEL ESTADO SOBRE EL LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN EN EL CÓMPUTO DE PLAZOS. El pasado 28 de mayo, se publicó este informe de la AGE, en el que da respuesta a diversas cuestiones relativas sobre este asunto, llegando a las siguientes conclusiones: Primera.- El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo establece la regla general de reanudación del cómputo de los plazos administrativos suspendidos durante el estado de alarma. El reinicio del cómputo de los plazos administrativos suspendidos sólo tendrá lugar cuando una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma expresamente lo prevea.

Segunda.- La reanudación (o, excepcionalmente, el reinicio) del cómputo de los plazos administrativos suspendidos durante el estado de alarma tendrá lugar “con efectos desde el 1 de junio de 2020”, y no desde la finalización del estado de alarma…. Continuar leyendo y acceder al informe de la Abogacía General del Estado.