JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Asunto C-122/18. Obligaciones del Estado en la lucha contra la morosidad.

04/02/20

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

ASUNTO C-122/18. (28/01/20) Ref.- UE095

ES OBLIGACIÓN DE LOS ESTADOS VELAR PARA QUE CUALQUIER PODER PÚBLICO (ESTATAL O NO), CUMPLA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECTIVA DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD

La Comisión a través de recurso, solicita al Tribunal de Justicia que declare que la República Italiana, al no haber velado porque sus poderes públicos observen los plazos de 30 o 60 días naturales (según el poder público de que se trate) aplicables a los pagos, ha incumplido las obligaciones que le incumbe en virtud de la Directiva 2011/7/UE. Por su parte, la a República Italiana no discute el hecho de que sus poderes públicos, en su conjunto, hayan superado esos plazos, si bien recalca, por un lado, que una serie de medidas adoptadas en su momento han contribuido a una disminución paulatina de la morosidad y, por otro lado, que solo puede declararse el incumplimiento si se conculcan de manera grave, continua y sistemática las obligaciones impuestas por la directiva…Continuar leyendo y acceder a la sentencia.