NOTICIAS (661): LA NORMATIVA ARAGONESA REBAJA A  MENOS DEL CINCO POR CIEN DE LA ESTATAL, EL UMBRAL A PARTIR DEL CUAL CABE INTERPONER RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

20/06/17

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661_20/06/17.- LA NORMATIVA ARAGONESA REBAJA A  MENOS DEL CINCO POR CIEN DE LA ESTATAL, EL UMBRAL A PARTIR DEL CUAL CABE INTERPONER RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. En efecto, en la recientemente publicada modificación de la Ley 3/2011 de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público de Aragón (por la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas), se prevé la posibilidad de interponer REMC frente a los contratos de obra de valor estimado superior a 200.000, rebajando así este umbral desde el 1.000.000.€ fijado inicialmente por esta misma normativa autonómica, y aumentando aun más la diferencia con lo establecido en la normativa estatal que fija como límite, el mismo que el recogido en las directivas comunitarias de contratación para los contratos armonizados, esto es, 5.225.000.€uros (Cabe recordar que  –Memoria TACRC 2016– sólo el 1,7% de los recursos interpuestos ante el Tribunal Central se referían a contratos de obras, porcentaje que se eleva al 7,08% en el caso de los interpuestos ante el TACP de Aragón –Memoria 2015-).

Igualmente, y para los contratos de suministros y servicios se rebaja igualmente de 100.000.€ a 60.000.€, el valor estimado de los contratos a partir de los cuales pueden ser objeto de recurso especial (135.000.€ ó 209.000.€ en la normativa del Estado).

Además se suprime el procedimiento negociado sin… Continuar Leyendo.