JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
ASUNTO C-424/23. Ref. UE161
¿ES LÍCITO QUE UN ENTE PÚBLICO, EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE UN CONTRATO PÚBLICO DE OBRAS ESTABLEZCA REQUISITOS SOBRE LOS MATERIALES QUE DEBEN CONFORMAR LOS PRODUCTOS PROPUESTOS POR LOS LICITADORES?
En el presente asunto, un ente público (belga), al licitar contratos de obra relacionados con la instalación o sustitución de alcantarillas, establece como exigencia —salvo en circunstancias excepcionales— el uso de tubos de gres para los sistemas de evacuación de aguas residuales y de tubos de hormigón para los sistemas de evacuación de aguas pluviales.
Una empresa, dedicada a la fabricación y suministro de tubos de alcantarillado de plástico, sostiene que dicha exigencia contraviene los principios fundamentales de la contratación pública. Ante esta situación, se plantean ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) diversas cuestiones prejudiciales relativas a la legalidad de imponer la utilización de un tipo específico de material o método de producción en los pliegos de contratación… Continuar leyendo y acceder a la sentencia.