VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Medios electrónicos e inteligencia artificial al servicio de la integridad en la contratación pública.

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

V166 MEDIOS ELECTRÓNICOS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL AL SERVICIO DE LA INTEGRIDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Agustí Cerrillo. @agusti_cerrillo; Javier Miranzo; Anna Ciutat; Pedro Giménez; Camila Salazar. Organiza: @UOCuniversidad.

Introducción: En el webinar se analizan algunas de las cuestiones relacionadas con el uso de nuevas tecnologías y sistemas de Inteligencia Artificial en la prevención de la corrupción. En concreto, se abordará un estudio sobre las cuestiones jurídicas y administrativas que rodean este tipo de aplicaciones informáticas en materia de contratación pública por parte de los profesores Cerrillo y Miranzo. Posteriormente, se analizan algunos de los casos de implantación de herramientas tecnológicas de análisis de datos en diferentes niveles Administrativos. En particular, se explorarán los proyectos de datos abiertos, IA y lucha contra la corrupción de la Generalitat de Catalunya, de la Comunitat Valenciana y a nivel internacional a través de la Open Contracting Partnership.

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NOTICIAS: Publicado en el BOE el Real Decreto 203/2021, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

 

1150_06/04/21.- PUBLICADO EN EL BOE EL REAL DECRETO 203/2021, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACTUACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. Acceder aquí al Real Decreto. Concretamente, en materia de contratación pública, menoscabe destacar que la disposición final segunda de este Real Decreto modifica el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica (en adelante, Real Decreto 4/2010). Así, por un lado, se modifica el párrafo a) del artículo 11.3 del Real Decreto 4/2010, relativa a los estándares aplicables, que Dispone que para la selección de estándares, en general y, para el Establecimiento del catálogo de estándares, en particular, se atenderá, entre Otros Criterios, el “uso de las especificaciones técnicas de las TIC en la contratación pública junto con las definiciones de norma y especificación técnica establecido en el Reglamento n.º 1025/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre normalización europea “. Asimismo, se modifica el artículo 16 del Real Decreto 4/2010, relativa a las condiciones de licenciamiento aplicables, para añadir, entre otras matizaciones, un apartado 4, que señala que, a efectos de facilitar el establecimiento de las condiciones de licenciamiento, las Administraciones Públicas incluirán en los pliegos de cláusulas técnicas de aquellos contratos que tengan por finalidad el desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas, los siguientes aspectos:… Continuar leyendo en la fuente de la noticia (Boletín de la Junta Consultiva de Contratación Pública de Cataluña).

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