JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Sobre acreditación de la solvencia.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE
ASUNTO C-46/15 (07/07/16). Ref.- UE043

CONTRATO DE SUMINISTROS Y SERVICIOS: LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MEDIANTE DECLARACIÓN PROPIA SÓLO CABE SI SE  ACREDITA LA IMPOSIBILIDAD DE OBTENER CERTIFICADO DEL CLIENTE PRIVADO.

NO CABE EXIGIR QUE LOS CERTIFICADOS PRIVADOS DE BUENA EJECUCIÓN   CONTENGA UNA FIRMA LEGITIMADA POR NOTARIO, ABOGADO U OTRA ENTIDAD COMPETENTE.

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