JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Reseña de 3 sentencias sobre un mismo asunto. / NOTICIAS (562). Informe del Tribunal de Cuentas.

22/11/16
JURISPRUENCIA DEL TJUE

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Reseña de tres sentencias [C-162/16C-697/15; C-140/16] (texto NO disponible en español) que abordan la misma cuestión planteadas por tribunales italianos. Siendo obligatorio según interpretación que de la ley llevan a cabo los tribunales italianos en contratos de obras desglosar en las ofertas la partida correspondiente a seguridad en el trabajo, ¿Qué ocurre si, sin que se prevea tal obligación en los pliegos, los licitadores no realizan tal desglose? ¿Debe conllevar la exclusión de los mismos?… Seguir Leyendo.

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NOTICIAS

.Tribunal de Cuentas.

(562) TRIBUNAL DE CUENTAS: INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS SIN ÓRGANO DE CONTROL EXTERNO PROPIO, PERIODO 2013-2014 (Descargar a partir de esta página).  Son C.A. que no cuentan con un órgano de control externo propio, las siguientes: Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Región de Murcia. Se analizan 109 contratos celebrados durante el periodo 2103-2014, por un importe global de 834,6 millones de euros. En el siguiente cuadro se reflejan las deficiencias registradas… Seguir leyendo.

 

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Y continuamos adelantando alguna de los interesantes resúmenes que publicaremos este próximo jueves en el apartado Resoluciones vs. Sentencias (Recuérdese, sentencias de tribunales del orden contencioso que resuelven recurso presentados frente a resoluciones). 

 » Adjudicado el contrato, no cabe pretender la anulación  de una cláusula –aunque sea nula de pleno derecho-, de los pliegos, no recurrida en su momento, sólo cabe instar de la administración la revisión de oficio.
» Adjudicado el contrato, no cabe pretender la anulación  de una cláusula –aunque sea nula de pleno derecho-, de los pliego no recurrida en su momento, sin dar trámite de audiencia a todos los licitadores.
» Valor probatorio de los diversos informes presentados en relación a justificación de una baja anormal o desproporcionada
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Las que señalábamos ayer 21 de noviembre:
» El adjudicatario excluido como consecuencia de la interposición de un REMC, se encuentra legitimado para, a su vez, interponer nuevo REMC contra la nueva adjudicación, en el que se aborden cuestiones no resueltas previamente en el recurso anterior..
» Es contrario a la normativa comunitaria exigir que la UTE adjudicataria se transforme en una sociedad mercantil.
» La acreditación de la experiencia (al menos en el caso de las cooperativas) puede realizarse en base a la de sus trabajadores/integrantes.
» El requisito de la experiencia como acreditativo de solvencia técnica no puede convertirse en barrera a la competencia.