LIBROS EN VENTA: 6 Nuevos títulos.

28/09/18

LIBROS EN VENTA

6 Nuevos títulos.

42) LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS Y SU APLICACIÓN: OBRAS, SUMINISTROS, SERVICIOS Y CONCESIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS. José Antonio Moreno Molina y Jaime Pintos Santiago. Septiembre 2018.
41) LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA ¿SOBRERREGULACIÓN O ESTRATEGIA? Julio Tejedor Bielsa. Septiembre 2018.
40) LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO EN LOS CONTRATOS PÚBLICOS CON BASE EN EL COSTE. Juan Carlos Gómez Guzmán. Septiembre 2018.
39) GUÍA PRÁCTICA DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. Francisco Javier Escrihuela Morales. Agosto 2018.
38) LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 2018. CONCORDANCIAS, JURISPRUDENCIAS, NORMAS COMPLEMENTARIAS.  Gil Ibáñez, José Luis. Febrero 2018.
37) LOS CRITERIOS SOCIALES Y LABORALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA BAJO LA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Preciado Domènech, Carlos Hugo. 2018. 

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NOTICIAS (865): Publicada la memoria de actividad de 2017 y la doctrina actualizada al mismo año del OARC / KEAO.

26/09/18
NOTICIAS / INFORMES JUNTA CONSULTIVA

(865) PUBLICADA LA MEMORIA DE ACTIVIDAD DE 2017 Y LA DOCTRINA ACTUALIZADA AL MISMO AÑO DEL ORGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DEL PAÍS VASCO (OARC / KEAO).  En la Memoria 2017 (Acceder aquí -22 páginas-), el Órgano competente para la resolución de recursos especiales en materia de contratación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, señala datos relativos a su actividad en la resolución del recurso especial (número de recursos, resoluciones dictadas, ratios, etc.), y otros tipos de actividades(formativa, divulgativa, página web, etc.), finalizando con un somero índice de las resoluciones (6) más relevantes en el año 2017.

Por su parte el documento Doctrina del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales (Acceder aquí), tiene a nuestro entender el gran acierto de acumular, a lo largo de sus 361 página-, la nueva doctrina del año 2017, a la de los años anteriores -2011  en adelante-, a partir de un índice magníficamente estructurado en (aproximadamente) 250 apartados y subapartados.

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NOTICIAS (864) / INFORMES JUNTA CONSULTIVA: La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado considera debe prorrogarse hasta nuevo aviso la obligación de inscripción en el ROLECE para participar en el procedimiento simplificado

25/09/18

NOTICIAS / INFORMES JUNTA CONSULTIVA

(864) LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO CONSIDERA DEBE PRORROGARSE HASTA NUEVO AVISO LA OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL ROLECE PARA PARTICIPAR EN EL  PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. En esta Recomendación a los órganos de contratación, efectúa la Junta Consultiva dos consideraciones principales: “La primera es que el legislador no ha sido insensible al hecho de que la exigencia de la inscripción en el ROLECE pueda generar situaciones contrarias a la concurrencia de los licitadores. No puede entenderse de otro modo el hecho de que el propio precepto permita la exigencia del requisito de inscripción en el ROLECE “siempre que no se vea limitada la concurrencia.” En efecto, el legislador sujeta esta condición al máximo respeto a uno de los principios esenciales de la contratación pública, presente en el artículo 1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público y que exige mantener la libertad de acceso a las licitaciones. Por tanto, en una situación en que coyunturalmente no es posible respetar este principio esencial, no cabe entender que el requisito de la inscripción sea exigible.”  La segunda  “alude a los efectos de no aplicar el requisito que establece el artículo 159. Como establecía la DT 3ª para el periodo en que temporalmente no se podía exigir la inscripción en el ROLECE la acreditación de la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se realizaría en la forma establecida con carácter general en la ley. Por tanto, mientras el principio de concurrencia se encuentre comprometido por esta situación coyuntural habrá que acudir a las condiciones de acreditación de los requisitos de aptitud para contratar que establece la ley con carácter general.”

Aunque no se establece el periodo de prórroga, si advierte la JCCA, que… Continuar Leyendo la noticia/Recomendación (y un par de notas a la misma), y acceder a la Recomendación.

#PLIEGOSTIPOLCSP: 20 Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas y 1 Pliego Tipo de Prescripciones Técnicas.

25/09/18

#PliegosTipoLCSP

ANDALUCÍA
 Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la regulación del contrato de gestión de servicios públicos por concesión por el procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la regulación del contrato de gestión de servicios públicos, por concesión, mediante procedimiento negociado.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la regulación del contrato de gestión de servicios públicos, por concierto, mediante procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la regulación del contrato de gestión de servicios públicos por concierto por el procedimiento negociado.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación del servicio de elaboración de proyectos y dirección facultativa de obras, así como de otros trabajos relacionados con actividades de la construcción, mediante procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de obras mediante el procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de obras mediante el procedimiento negociado.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de servicios mediante el procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de servicios mediante el procedimiento negociado.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de suministro mediante el procedimiento abierto o restringido.
Modelo de Pliego-Tipo de cláusulas administrativas particulares  para la contratación de suministros mediante el procedimiento negociado.
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EXTREMADURA
Modelos de PCAP para contratos de obras.
Nota: Formato ZIP. Contiene los modelos de PCAP y Anexos para el procedimiento abierto, P.A. simplificado, y P.A.S. sumario.
Modelos de PCAP para contratos de suministros.
Nota: Formato ZIP. Contiene los modelos de PCAP y Anexos para el procedimiento abierto, P.A. simplificado, y P.A.S. sumario.

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PRINCIPADO DE ASTURIAS
PCAP contratos de suministro de bienes consumibles, perecederos y de fácil deterioro por el uso, directamente vinculados a las necesidades permanentes de funcionamiento de los servicios dependientes de la consejería de empleo, industria y turismo a adjudicar por procedimiento abierto simplificado abreviado.
PCAP contratos de servicios de mantenimiento y soporte de licencias de productos propiedad del ente público de servicios tributarios del principado de Asturias.

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OTROS
Modelo de Pliego de Prescripciones Técnicas de Recogida de Residuos (Ecoembes).

Ver estos y (aproximadamente) otros 150 Pliegos Tipo, ordenados territorialmente

JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Asunto C-518/17. (Ref.-UE072). La normativa contenida en el Reglamento Europeo sobre transporte de viajeros por ferrocarril y carretera, dada su especialidad, prevalece (salvo excepciones puntuales), sobre las directivas/normativa de contratación.

24/09/18

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

ASUNTO C-518/17. Ref.-UE072

LA NORMATIVA DEL REGLAMENTO EUROPEO SOBRE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR FERROCARRIL Y CARRETERA, DADA SU ESPECIALIDAD, PREVALECE (SALVO EXCEPCIONES PUNTUALES), SOBRE LAS DIRECTIVAS/NORMATIVA DE CONTRATACIÓN.

Señala el artículo 7.2 del Reglamento (CE) nº 1370/2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera, determinadas obligaciones de publicidad de las licitaciones de tales contratos de transporte de viajeros (ver abajo transcripción), planteándose si tales obligaciones se imponen/sustituyen a las que recogen la Directivas de contratación o (Art.48.1 de la Directiva 2014/24/UE y artículo 67.1 de la Directiva 2014/25/UE fundamentalmente) o no.

Al respecto considera el Tribunal de Justicia de la Unión Europea señala: –Que el Reglamento 1370/2007 contiene normas especiales que bien sustituyen o bien se añaden a las normas generales previstas por la Directiva 2014/24 o la Directiva 2014/2.; -Que como ya ha declarado en su sentencia C‑292/15, EU:C:2016:817, en la adjudicación de un contrato de servicio público de transporte de viajeros en autobús solo NO se aplican las disposiciones del artículo 5, apartados 2 a 6, de dicho Reglamento, mientras que las demás disposiciones del mismo siguen siendo aplicables. -Que a diferencia de los artículos 48.1 de la Directiva 2014/24 y el artículo 67.1 de la Directiva 2014/25, las disposiciones del artículo 7, apartado 2, del Reglamento n.º 1370/2007, por un lado,… Continuar leyendo.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE en el Asunto C-546/16: No es contraria a las directivas europeas la normativa española que prevé la posibilidad de que el procedimiento abierto se articule en diversas fases.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

 ASUNTO C-546/16. Ref.-UE071

NO ES CONTRARIA A LAS DIRECTIVAS EUROPEAS LA NORMATIVA ESPAÑOLA QUE PREVÉ LA POSIBILIDAD DE QUE EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SE ARTICULE EN DIVERSAS FASES

Responde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a diversas cuestiones planteadas por el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (OARC). Antes de entrar en el análisis de las mismas, examina el TJUE la competencia del OARC para plantear cuestiones como las que son objeto de este consulta, lo que dependerá de que dicho órgano sea considerado o no como un órgano jurisdiccional nacional, en el sentido del artículo 267 TFUE. Confirma el Tribunal esta posibilidad, que ciertamente ha quedado fuera de todo duda, a raíz de la sentencia C‑203/14, de 6 de octubre de 2015, en la que diversas cuestiones relativas a la contratación pública habían sido planteadas entonces por otro órgano de recursos contractuales español, concretamente por el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, calificándose ya entonces en la misma como órganos jurisdiccionales a los tribunales de recursos contractuales.

Por lo que se refiere a las cuestiones de fondo, considera el OARC que la normativa española (artículo 150.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público –de contenido similar en lo que aquí interesa al artículo 146.3 de la LCSP –ver transcripción de ambos artículos abajo-) y la práctica nacional que se discuten en el litigio principal podrían ser contrarias a la Directiva 2014/24. A este respecto, comienza por señalar que esta Directiva parece autorizar el establecimiento de criterios de adjudicación aplicables en fases eliminatorias sucesivas únicamente en los procedimientos en que esta posibilidad se contempla expresamente, pero no en los procedimientos abiertos y restringidos, que se rigen por normas que detallan específicamente su tramitación. A continuación… Continuar leyendo.

 

NOTICIAS (863) / NORMATIVA INCIDENTAL: Publicado en el BOE el R.D. 1112/2018, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

NOTICIAS / NORMATIVA INCIDENTAL

(863).  PUBLICADO EN EL BOE EL R.D. 1112/2018, SOBRE ACCESIBILIDAD DE LOS SITIOS WEB Y APLICACIONES PARA DISPOSITIVOS MÓVILES DEL SECTOR PÚBLICO.  (Acceder aquí al Real Decreto). Se pretende con este R.D. dar cumplimiento a la Directiva (UE) 2016/2102 sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público, la cual exige que los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público se basen en requisitos comunes de accesibilidad establecidos a nivel europeo, poniendo fin así a la fragmentación del mercado y a la diferenciación técnica hoy existente, evitando que los países apliquen diferentes versiones, niveles de cumplimiento o tengan diferencias técnicas a escala nacional, reduciendo la incertidumbre de los desarrolladores y fomentando la interoperabilidad.

En lo que a contratación pública se refiere, la norma establece en su artículo 8.5 el siguiente mandato: “Respecto de las webs y dispositivos móviles, los organismos del sector público y otros obligados incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 observarán los mandatos sobre promoción de la accesibilidad universal contenidos en las disposiciones normativas específicas en materia de contratación pública y harán uso de las facultades y posibilidades que esta legislación ofrece a los órganos contratantes, para ampliar y elevar los niveles de accesibilidad digital en la adquisición de bienes, productos y servicios.”

Ver otras noticias  / Ver otra normativa incidental en materia de contratación pública

NOTICIAS (862): El Gobierno de Aragón licita un contrato para la elaboración de un sistema/servicio de licitación electrónica basado en la tecnología blockchain.

18/09/18

NOTICIAS

(862) EL GOBIERNO DE ARAGÓN LICITA UN CONTRATO PARA LA ELABORACIÓN DE UN SISTEMA/SERVICIO DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA BASADO EN LA TECNOLOGÍA BLOCKCHAIN. El título del contrato es orientativo en cuanto a su finalidad: “Servicio de registro distribuido de ofertas y evaluación automatizada de las mismas en procedimientos de contratación pública electrónica…” (Acceder aquí a la licitación convocada y sus documentos –de especial interés a efectos didácticos el PPT-). Es la primera vez que en España se pretende establecer un procedimiento de contratación completo –de aplicación al procedimiento simplificado abreviado-, con base a la indicada tecnología blockchain (sobre el empleo de la misma en la contratación pública, ver dentro de nuestro apartado Noticias, las referencias 852 y 791). Se trata de crear un sistema que garantiza la transparencia, integridad, y trazabilidad de las ofertas. Esquemáticamente: Propiamente, los licitadores que de forma previa han elaborado internamente su oferta económica reconocible mediante una suerte de huella digital (hash), NO remiten esta oferta económica a la Administración contratante, sino la huella digital o hash que no puede ser en modo alguno manipulada (técnica blockchain). Cerrado el plazo de presentación de ofertas se envía ahora sí la oferta. El sistema comprueba la correspondencia de oferta y hash de todas las ofertas y procede a valorarlas, clasificarlas y proponer el adjudicatario. Ver la siguiente ilustración del sistema que se pretende….Acceder a la ilustración.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED: Dieciséis (16) nuevos títulos.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED
351) LA EXIGENCIA DE ALCANZAR UN UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN PARA CONTINUAR EN LA LICITACIÓN. José María Agüeras Angulo. @pcorvinos Agosto 2018.
350) LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE FISCALIZACIÓN DE REQUISITOS BÁSICOS O CÓMO CONTROLAR LA CONTRATACIÓN. Jacinto Álvarez Somoza. @jalvarezsom Agosto 2018.
349) ‘COMPLIANCE’ Y CONTRATS DEL SECTOR PÚBLICO: UN MATRIMONIO (DE CONVENIENCIA) IDEAL. Miquel Moral. Julio 2018.
348) LAS FUNDACIONES PÚBLICAS, LOS CONTRATOS NO ARMONIZADOS Y LA INSEGURIDAD JURÍDICA. Teresa Moreo Marroig. Agosto 2018.
347) A VUELTAS CON EL LÍMITE DEL CONTRATO MENOR EN SANIDAD. D. Lentisco.
346) COMPRA IRREGULAR EN EL ÁMBITO SANITARIO. Lentisco. —
345) BLOCKCHAIN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Julio González. @jvglezgarcia. Julio 2018.
344) LA INSCRIPCIÓN EN EL ROLECE PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO. Maria Pilar Batet. @mpbatet  Septiembre 2018.
343) ANÁLISIS DE LA LITIGIOSIDAD ADMINISTRATIVA Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. (Página 101 y siguientes del INFORME SOBRE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA 2018). Silvia Diez Sastre. @Silvia_UAM.  Septiembre 2018.
342) ANULACIÓN DE LOS PLIEGOS AL PERMITIR LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES POR MEDIOS NO ELECTRÓNICOS. José María Agüeras Angulo y Pedro Corvinos Baseca. @pcorvinos Septiembre 2018.
341) LOS PROBLEMAS DEL ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN DE LA LCSP. El derecho. Julio 2018.
340) IMPLANTACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN 15 TAREAS. Víctor Almonacid. @nuevadmon. Septiembre 2018.
339) ¿LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA SE PRORROGA TAMBIÉN HASTA 2020? Victor Almonacid. @nuevadmon Septiembre 2018.
338) CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA DESPUÉS DE LA “PRÓRROGA” LPAC. POR SI HABÍA DUDAS. Concepción Campos. @mccamposacunha. Septiembre 2018.
337) AVISO A NAVEGANTES: PLIEGOS ANULADOS POR NO EXIGIR LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICAS DE OFERTAS. Jaime Pintos Santiago. @pintos_jaime. Septiembre 2018.
336) CONTRATACIÓN RESPONSABLE. Concepción Campos Acuña. @mccamposacunha. Agosto 2018.

Ver estos y otros 335 títulos ordenados temáticamente

NOTICIAS (861): Primer pronunciamiento de una junta consultiva sobre la obligación de inscripción previa en el ROLECSP –o registro autonómico equivalente-, para poder participar en el procedimiento abierto simplificado.

15/09/18

NOTICIAS

(861) PRIMER PRONUNCIAMIENTO DE UNA JUNTA CONSULTIVA SOBRE LA OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN PREVIA EN EL ROLECSP –O REGISTRO AUTONÓMICO EQUIVALENTE-, PARA PODER PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO.  La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su informe 20/2018, se ha pronunciado de modo rotundo sobe la cuestión de si a partir del 9 de septiembre se debe exigir la inscripción en el ROLCSP, o registro autonómico equivalente, para participar en el procedimiento simplificado. Extractamos del texto del informe:… Continuar leyendo y acceder al informe.