(23/10/18)
NOTICIAS
(874) HOY SE PRESENTA EN MADRID LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS ADMINISTRATIVISTAS Y LA REVISTA ADMINISTRATIVA DE LA ABOGACÍA. El acto tendrá lugar a las 18:00 horas en la sede del Consejo General de la Abogacía Española, y en el desarrollo del mismo se celebrará una mesa redonda sobre la nueva Ley de Contratos (véase aquí detalle). Pueden formar parte de esta Asociación, no sólo quienes tengan la condición legal de abogado en ejercicio, sino también los empleados públicos, u otros profesionales que presten por cuenta ajena y a tiempo completo servicios de asesoramiento legal y/o defensa letrada para una Administración Pública o una empresa (Ver detalle). Igualmente, en ese acto se presentará el primer número de la Revista Administrativa de la Abogacía, con dos artículos relativos a la contratación pública (Ver aquí).
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JURISPRUDENCIA DEL TJUE
ASUNTO C-606/17. Ref.-UE073
Primera cuestión prejudicial. La asignación de una ayuda por un ente público a una empresa para que ésta elabore un producto a suministrar a entes públicos, se ha de considerar como contrato público, sujeto por lo tanto a la normativa correspondiente.
Segunda Cuestión prejudicial. A efectos de licitación pública, un hospital privado no puede asimilarse a uno público sino se dan las exigencias que para ello establecen las Directivas de contratación.
NOTA: Analizamos una sentencia del TJUE que a primera vista podría considerarse muy apegada a la normativa nacional italiana y, por lo tanto, sin mayor interés en España, sin embargo, su lectura detallada puede llevar a plantear supuestos de aplicación en España, sino iguales, si con cierta similitud. Llegar a esta derivada se deja en manos de los lectores del presente resumen…
PLANTEAMIENTO: Diversos organismos públicos sanitarios de una región determinada, celebran acuerdos con una institución religiosa de carácter privado (Sacro Cuore) que, sin embargo, participa en el sistema público sanitario (al ser propietaria de diversos hospitales que prestan asistencia pública), y es asimilada por la normativa estatal a una entidad pública, acuerdos por los cual la institución religiosa privada suministra de modo gratuito a tales organismos regionales sanitarios un determinado medicamento (18-FDG), recibiendo únicamente de estos organismos una pequeña cantidad (180 €) para cubrir los gastos de envío.
Otra empresa especializada también en el sector sanitario (IBA) impugna los siguientes actos:
– La concesión de una subvención de 700 000 euros, abonada por la Autoridad de la Región a Sacro Cuore y destinada a cubrir el coste del suministro gratuito del medicamento 18-FDG a todos los organismos sanitarios de la región interesados… Continuar Leyendo.