VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Cuatro nuevos vídeos (20 en total) sobre la doctrina de los tribunales de recursos contractuales

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Hacemos mención una vez más a los interesantes vídeos publicados -en lengua castellana, catalana y aranesa- por la Diputación de Girona. Se trata de vídeos en los que, en aproximadamente 3 minutos (c/u), se resume/explican las resoluciones de tribunales administrativos de recursos contractuales de toda España. Señalaremos aquí los cuatro (4) aún no referenciados por nosotros recordando, eso sí, que ya se han publicado un total de veinte (20) vídeos. Continuar leyendo y acceder a los vídeos. 

Jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de contratación Pública: Mejoras en caso de resolución del contrato.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 3566/2023 – ECLI:ES:TS:2023:3566 (Ref.- S0201).

Datos: Fecha: 17-07-2023. / Ley vigente: Ley 30/2007 / Tipo de contrato: Mixto de obra y explotación de servicio público.

Resumen: LAS INVERSIONES REALIZADAS POR EL CONCESIONARIO COMO MEJORA DEL OBJETO DEL CONTRATO -SIN COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN- NO SON CONCEPTOS INDEMNIZABLES EN CASO DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSA NO IMPUTABLE A LA ADMINISTRACIÓN.

La cuestión que reviste interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia se refiere a examinar si en la liquidación efectuada en los contratos mixtos de obra y explotación de un servicio público, en caso de resolución anticipada del vínculo contractual por causa no imputable a la Administración, la sobreinversión del concesionario en la obra ejecutada, establecida en el contrato como mejora del objeto del contrato sin coste para aquella, constituye parte de la inversión a abonar al mismo. Y aclarar la aplicación de los principios de prohibición del enriquecimiento injusto y de riesgo y ventura del concesionario en un supuesto contractual… Continuar leyendo y acceder a la sentencia

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1289): El periodo medio de pago desciende en todas las Administraciones Públicas.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1289.- 21/09/23. EL PERIODO MEDIO DE PAGO DESCIENDE EN TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Informa el Ministerio de Hacienda y Función Pública que el Periodo Medio de Pago a Proveedores (PMP) ha descendido en junio de 2023 en todas las Administraciones Públicas -Administración Central, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Fondos de la Seguridad Social-.  En concreto, las Comunidades Autónomas han alcanzado en el sexto mes del año un plazo de 21,73 días, lo que supone una cifra inferior a los 30 días establecidos como límite legal. En este subsector, el PMP ha descendido en 1,75 días en relación con el mes anterior…. Continuar leyendo y acceder a la nota de prensa del Ministerio de Hacienda y Función Pública

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1288): Actualidad normativa en materia de contratación pública.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1288.- 19/09/23. ACTUALIDAD NORMATIVA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.  La oficina independiente de regulación y supervisión de la contratación (OIRESCON), ha actualizado a agosto de 2023, la normativa europea, estatal y autonómica en materia de contratación pública. En este documento de 121 páginas podréis ver en formato pdf, el acumulado de normativa del año 2023, en tanto en este otro se recoge la actualidad normativa de los meses de julio y agosto.

Ver otras noticias sobre contratación pública

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Límite a la potestad discrecional del rescate de concesiones,

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 3592/2023 – ECLI:ES:TS:2023:3592 (Ref.- S0200).

Datos: Fecha: 25-07-2023. / Ley vigente: LCSP / Tipo de contrato: Concesión.

Resumen: LÍMITE A LA POTESTAD DISCRECIONAL DEL RESCATE DE CONCESIONES

No hay duda de que las Administraciones deben perseguir el interés público. Y que ese interés público (o en su sutil variante de “interés general”) debe primar sobre el interés particular, cuyo paradigmático ejemplo es la expropiación (sacrificio de la propiedad o derecho en favor de todos).

Ahora bien, el interés público no es el que de forma oportunista así lo declare la Administración, pues reconociendo un elevadísimo margen de discrecionalidad en su fijación, existen límites y condiciones para su aplicación como palanca que remueve derechos preexistentes.

Es el caso recientemente zanjado por la sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo de 25 de julio de 2023,..…., Continuar leyendo resumen en la fuente de la noticia (Blog: delajusticia.com).

Ver aquí otra jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre contratación Pública

BIBLIOGRAFIA EN LA RED: Diez nuevas entradas en materia de contratación pública (13/09/23).

 BIBLIOGRAFÍA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1600) LAS NOTIFICACIONES EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DEBEN SER ELECTRÓNICAS Y EFECTUARSE MEDIANTE DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA O COMPARECENCIA ELECTRÓNICA: CASOS Y DOCTRINA. Jaime Pintos Santiago@pintos_jaime y Mª Dolores Fernández Uceda@MDFUcp. Agosto 2023.

1599) EL CONTRATO MENOR EN LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. @Pixelware_SA. Agosto 2023.

1598) CARTA A LOS PARTIDOS POLÍTICOS – EN BUSCA DE LA ESTRELLA POLAR DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: CALIDAD Y VALOR DE LOS RESULTADOS A TRAVÉS DE UNA CONTRATACIÓN PÚBLICA ESTRATÉGICA AL SERVICIO DE LA CIUDADANÍA. José María Gimeno Feliu. Julio 2023.

1597) LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LOS PROGRAMAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LAS ELECCIONES DEL 23J. José Manuel Martínez Fernández. Julio 2023.

1596) DATOS ABIERTOS, REUTILIZACIÓN, SMART CITIES Y MEDICIÓN DE LA EFICIENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Rubén Martínez Gutiérrez. Julio 2023.

1595) RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR RESOLUCIONES ANULADAS DE LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS DE RECURSO CONTRACTUALES. Gerardo García-Álvarez. Julio 2023.

1594) COMITÉ SUPERIOR DE PRECIOS DE CONTRATOS DEL ESTADO. Francisco Blanco López. Julio 2023.

1593) PONDERACIÓN A ATRIBUIR A LOS SUBCRITERIOS: ¿DEBEN REPARTIRSE LOS PUNTOS DEL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN A PARTES IGUALES ENTRE TODOS ELLOS? José María Agüeras Angulo@AguerasJose. Diciembre 2022.

1592) EL DERECHO DEL LICITADOR A RETIRAR SU PROPOSICIÓN UNA VEZ EFECTUADO EL REQUERIMIENTO PREVIO DE ADJUDICACIÓN. José María Agüeras Angulo@AguerasJose Noviembre 2022.

1591) ¿FORMA PARTE EL IVA DEL PRECIO EN LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO? DEPENDE. Pedro Corvinos @pcorvinos y José María Agüeras Angulo@AguerasJose Noviembre 2022.

Ver éstas y otras 1590 entradas ordenadas temáticamente

 

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Asunto C-601/21. Seguridad y defensa.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asunto C-601/21 (07/09/23). Ref. UE146 

NORMATIVA NACIONAL [POLACA] QUE PREVÉ LA ADJUDICACIÓN DIRECTA DE UN CONTRATO A UNA EMPRESA DE DERECHO PÚBLICO SIN RECURRIR PREVIAMENTE A UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, INVOCANDO LA PROTECCIÓN DE SUS INTERESES ESENCIALES DE SEGURIDAD.

Señala el Tribunal (§72) que en el presente procedimiento, la República de Polonia invoca el artículo 15 [Seguridad y defensa], apartados 2 y 3, de la Directiva 2014/24, en relación con el artículo 346 TFUE, apartado 1, letra a), para justificar la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la normativa polaca que prevé una adjudicación directa de un contrato (Servicio de producción y gestión de documentos).

Considera el Tribunal (§82) que aunque los apartados 2 y 3 del artículo 15 [Seguridad y defensa] de la Directiva 2014/24 conceden a los Estados miembros un margen de apreciación para decidir sobre las medidas que se consideran necesarias para la protección de los intereses esenciales de su seguridad, estas disposiciones no pueden ser interpretadas como si atribuyeran a los Estados miembros la facultad de establecer excepciones a las disposiciones del Tratado FUE mediante la mera invocación de dichos intereses. Por tanto, el Estado miembro que invoque las excepciones previstas en las citadas disposiciones debe acreditar que la necesidad de proteger tales intereses no habría podido alcanzarse en el marco de un procedimiento de licitación como el previsto en dicha Directiva.

Afirma el TJUE (§83) que si bien es cierto que en el presente asunto, la República de Polonia ha identificado los intereses esenciales de su seguridad que considera que deben ser protegidos y las garantías inherentes a la protección de esos intereses, es preciso comprobar,…Continuar leyendo y acceder a la sentencia.  

 

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Memoria años 2021-2022 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (Incluye resumen de doctrina).

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1287.- 07/09/23. MEMORIA AÑOS 2021-2022 DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. La memoria cuenta con una presentación, un balance del periodo señalado, un informe de actividad incluyendo todo tipo de estadísticas, otras actuaciones instrumentales y objetivos para el año 2023, si bien, destacamos por nuestra parte el Apartado X. Principales criterios adoptados por el Tribunal en sus resoluciones, en el que, a lo largo de 70 páginas, se recoge la doctrina del Tribunal en este periodo en cuatro apartados/supuestos:… Seguir leyendo y acceder a la Memoria-Doctrina TARCJA.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Subrogación de trabajadores NO impuesta por Convenio Colectivo.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 3121/2023 – ECLI:ES:TS:2023:3121 (Ref.- S0199).

Datos: Fecha: 03-07-2023. / Ley vigente: LCSP / Tipo de contrato: Todos.

Resumen: EL PODER ADJUDICADOR NO PUEDE IMPONER LA SUBROGACIÓN DE TRABAJADORES, SI LA MISMA NO SE CONTEMPLA EN EL CONVENIO COLECTIVO DE APLICACIÓN AL CONTRATO LICITADO.

Los pliegos de una licitación establecían la obligación por parte del adjudicatario del contrato de subrogar el personal que venía prestando sus servicios en el contrato al que el ahora licitado sustituye. Esta obligación se impuso de acuerdo con lo señalado por el Convenio Colectivo del personal laboral de la Diputación Foral de Bizcaia -Administración que licitó el contrato-. Previo recurso especial frente a la obligación impuesta y recurso contencioso ante el TSJ del País Vasco, el asunto llega en casación ante el Tribunal Supremo.

La cuestión que en este recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consistía en determinar si en las sucesivas adjudicaciones de contratos públicos respecto de un mismo servicio, y a fin de hacer posible la estabilidad de las plantillas, la obligatoriedad de subrogación de los trabajadores/as puede establecerse por el poder adjudicador en los acuerdos y convenios colectivos negociados y aprobados respecto a su personal laboral para imponer la subrogación en todos los contratos que con ella se celebren o si, por el contrario, es necesario que se contemple en el convenio que efectivamente es aplicable a los trabajadores a los que se refiere el contrato objeto de licitación.

La discrepancia entre las partes se refiere a la interpretación que la sentencia impugnada efectuó del artículo 130.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, más concretamente, a si el convenio colectivo a que se refiere el citado artículo -aplicado al presente supuesto- se refiere al C.C. del personal laboral de la Diputación Foral de Bizcaia  o si por el contrario (tal era la postura del TSJ del País Vasco) la referencia al convenio que lleva a cabo ese precepto legal ha de entenderse hecha al convenio colectivo aplicable (C.C. del siderometal) al personal de las contratas de las empresas que contraten con la Diputación Foral… Continuar leyendo y acceder a la sentencia. 

 

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Diez (10) nuevas entradas (01/09/23)

 BIBLIOGRAFÍA EN LA RED

1590) DE LA POTESTAD DE VELAR POR LA LEGALIDAD «FORMAL Y MATERIAL» EN LA ACTUACIÓN DE LAS MESAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. José Joaquim Jiménez Vacas. Julio 2023.

1589) LA RESERVA DE CONTRATOS DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMO OCTAVA DE LA LEY 9/2017. Diana Antuña Valero. Julio 2023.

1588) GUÍA DE LA CNMC SOBRE LOS CRITERIOS QUE REGIRÁN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR DE LAS EMPRESAS CON EL SECTOR PÚBLICO CUANDO FALSEAN LA COMPETENCIA. Ricardo Alonso Soto. @gomezacebopombo. Julio 2023.

1587) EL OTRO IPC [Índice de Percepción de la corrupción]. @mpbatet.. Julio 2023.

1586)  EL RESPONSABLE DEL CONTRATO. Julio González García. @jvglezgarcia. Julio 2023.

1585) EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE COMPRA PÚBLICA DE INNOVACIÓN (CPI). Mª del Carmen De Guerrero Manso. Junio 2023.

1584) UNA ECUACIÓN DE LA INTEGRIDAD EN EL ÁMBITO DE LAS DECISIONES PÚBLICAS Y SU APLICACIÓN A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. José Mª Gimeno Feliu. Junio 2023.

1583) PETICIÓN ANTICIPADA DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS. José María Agüeras Angulo@AguerasJose Octubre 2022.

1582) HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: ¿EXIGIBLE AL LICITADOR O AL CONTRATISTA? José Mª Agüeras@AguerasJose Agosto 2022.

1581) CONSECUENCIAS DE NO ENCONTRARSE EL LICITADOR AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS RESPECTO DEL IAE: COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN 335/2022 TACRC. José María Agüeras Angulo@AguerasJose Julio 2022.

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