BIBLIOGRAFÍA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Diez (10) nuevas entradas. 15/12/23.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED

1650) ¿CABE SUBSANAR LA NO APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA EN LOS DISTINTOS TRÁMITES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA? José María Agüeras Angulo. @AguerasJose Octubre 2023.

1649) EL PAGO DE LAS FACTURAS: ¿PARA CUÁNDO UNA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 198 DE LA LEY DE CONTRATOS? Teresa Moreo Marroig. Septiembre 2023.

1648) RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DAÑOS CAUSADOS EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS Y CONCESIONES ADMINISTRATIVAS. SITUACIÓN ACTUAL Y PROPUESTAS DE MEJORA. Alejandro Huergo Lora. @AlejandroHuergo. Octubre 2023.

1647) CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DE LA FALTA DE COMPROBACIÓN DE LA SOLVENCIA DEL LICITADOR. INDEMNIZACIÓN POR CONTRATO DEJADO DE REALIZAR CORRESPONDIENTE A SU OFERTA ECONÓMICA. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma.  Junio 2023.

1646) EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL COMO MEDIO DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y PROFESIONAL. LA NECESARIA PROPORCIONALIDAD Y VINCULACIÓN AL OBJETO DEL CONTRATO. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma.  Julio 2023.

1645) LA DISRUPTIVA EXIGENCIA DE LOS CANALES DE DENUNCIA EN EL SECTOR PÚBLICO TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. Patricia Iglesias.

1644) LA CONTRATACIÓN VERDE EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES ESTATALES: EL CATÁLOGO DE CRITERIOS DE COMPRA RESPONSABLE DEL GRUPO TRAGSA. Marcos Crespo Fernández. Septiembre 2023.

1643) CONTRATACIÓN DE ACTUACIONES ARTÍSTICAS: ALGUNAS MÁS ORIGINALES Y ESPECÍFICAS QUE OTRAS. Por Mª Pilar Batet. @mpbatet. Agosto 2023.

1642) ¿ES POSIBLE UNA COMPRA PÚBLICA ESTRATÉGICA SIN ESTRATEGIA? María Asunción Sanmartín Mora. Septiembre 2023.

1641) CONTRATACIÓN PÚBLICA Y ACCESIBILIDAD DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS. José Antonio Moreno Molina. Septiembre 2023.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1302): Memoria 2022 del Consejo de Estado.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1302.- 13/12/2023.- MEMORIA 2022 DEL CONSEJO DE ESTADO (50 PÁGINAS CON CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA). El Consejo de Estado ha publicado su Memoria del año 2022, (aprobada 05/10/23), en la que, por una parte, se da cuenta de la organización y actividad del Consejo y, por otra parte, se analizan diversos temas de actualidad abordados en el ejercicio de la función consultiva durante 2022, formulando observaciones sobre el funcionamiento de los servicios públicos y sugiriendo medidas para la mejora de la Administración.

Por lo que se refiere a la contratación pública, cabe destacar, entre otros aspectos, que se contiene un primer apartado (páginas 232 a 249) relativo a cuestiones de contratación administrativa que han sido abordadas por el Consejo de Estado con ocasión de las consultas evacuadas en los expedientes sometidos a su consideración , en el que se analizan los procedimientos de interpretación y resolución de incidencias contractuales, la potestad de interpretación de los contratos administrativos –alcance y criterios de ejercicio–, y varias cuestiones sobre la recepción, liquidación y resolución contractuales.

Asimismo, se recoge un segundo apartado (páginas 249 a 281) sobre las patologías derivadas del resarcimiento por obras ejecutadas o servicios prestados en favor de la administración pública sin la debida cobertura contractual y presupuestaria, en el que… Continuar leyendo en la fuente de la noticia -Apartado noticias publicadas en los boletines de la JCCAT- y acceder a la Memoria.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Modificación del contrato.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. 

Asuntos acumulados C-441/22 y 443/22 (07/12/23). Ref. UE148

NO CABE MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE UN CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS (METEOROLÓGICAS HABITUALES, NORMATIVA VIGENTE…) QUE UN PODER DILIGENTE PUDO HABER PREVISTO EN PLIEGOS. LA MODIFICACIÓN [INDEBIDA EN ESTE CASO] DEL CONTRATO, NO SE DA EXCLUSIVAMENTE CUANDO SE TRAMITA PROCEDIMIENTO AL EFECTO, SINO TAMBIÉN EN BASE A OTROS HECHOS/ACUERDOS DE LAS PARTES.

PLANTEAMIENTO ASUNTO C-441/22. El contrato de obras que para un Ayuntamiento viene ejecutando un operador económico, señala una fecha de finalización y una posible fecha límite de ampliación del plazo (29/11/19). Por circunstancias consideradas imprevistas (meteorológicas y aplicación de normativa vigente) se acuerda la modificación del contrato, consistente en ampliar este último plazo de ejecución, más allá de la fecha límite de ampliación prevista en el contrato (concretamente hasta el 30/01/20). Finalizada la obra, se firma el acta de conformidad de la construcción el 24/02/20. No se impone al contratista penalidad alguna por demora (se han venido justificando documentalmente las demoras producidas).

A la vista de las circunstancias, la autoridad externa que gestiona/controla la inversión de la obra (financiada con fondos europeos), aplica una corrección/reducción financiera a la subvención otorgada del 25%. Afirma que el poder adjudicador había previsto, en el pliego de contratación, una duración máxima y una fecha límite para la ejecución del contrato, elementos que también constituyen criterios de adjudicación para la evaluación de las ofertas. Por consiguiente, la superación de estos plazos sin una justificación objetiva, sin formular observaciones y sin imponer penalizaciones por demora constituye, a su entender, una modificación ilícita de las condiciones del contrato público de que se trata.

PLANTEAMIENTO ASUNTO C-443/22. Muy similar al anterior…Continuar leyendo el resumen de la sentencia y acceder a ella

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1301) Informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre contratación pública en la Unión Europea

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1301.- 07/12/2023.- INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO: CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA UE – LA COMPETENCIA EN LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE OBRAS, BIENES O SERVICIOS HA DISMINUIDO EN LOS DIEZ AÑOS ANTERIORES A 2021. La competitividad de los mercados es salvaguarda del interés público. Sin embargo, en este informe especial el Tribunal de Cuentas Europeo constata que, en los últimos diez años, ha disminuido la competencia en la contratación pública (es decir, la existencia de suficiente número de proveedores en el mercado que participen en procedimientos de contratación pública), y no hay indicios de que las nuevas directivas de contratación (año 2014) vaya a invertir esta tendencia. Hay una falta general de concienciación sobre la competencia en la contratación pública. No se utilizan sistemáticamente los datos disponibles para identificar las causas… Continuar leyendo y acceder al informe y a otros TRES documentos.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1300): Informe anual de supervisión 2023 de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la contratación pública: Módulos VII a IX.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1300.- 04/12/2023.- INFORME ANUAL DE SUPERVISIÓN 2023 DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA – MÓDULOS VII A IX. La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReSCON) ha publicado tres nuevos Módulos que componen el Informe Anual de Supervisión (IAS) 2023, se trata de: Módulo VII. La fase preparatoria del contrato; Módulo VIII. La fase de licitación del contrato; Módulo IX. La fase de ejecución del contratoContinuar leyendo en la fuente de la noticia (JCCAT) y acceder a los módulos.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO: Compensación por modificación unilateral de una concesión por administración local

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 4716/2023 – ECLI:ES:TS:2023:4716 (Ref.- S0205).

Datos: Fecha: 16-11-2023. / Ley vigente: Ley 30/2007 / Aplicable a que tipo de contratos públicos: Concesión

COMPENSACIÓN POR MODIFICACIÓN UNILATERAL DE UNA CONCESIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN LOCAL: ¿INDEMNIZACIÓN AUTOMÁTICA POR AUMENTO DE COSTE/DISMINUCIÓN DE INGRESOS, O ATENDIENDO AL PRINCIPIO DE EQUILIBRIO ECONÓMICO DE LA GLOBALIDAD DEL CONTRATO?

La cuestión respecto la que se entiende que existe interés casacional objetivo es si, producida la modificación unilateral de una concesión por el ius variandi de la Administración local, el examen de una posible compensación debe analizarse en virtud del principio de equilibrio económico, teniendo en cuenta los efectos en la globalidad del contrato, o la indemnización es automática, siendo suficiente el hecho de haber generado un aumento de costes o disminución de ingresos en la concesión, según el tenor literal del artículo 127.2 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.  

El Ayuntamiento recurrente funda su recurso, en síntesis, en que no se ha acreditado en términos económicos precisos la ruptura del equilibrio concesional y, de haberse producido, su alcance. Formula tres motivos en los que aduce la infracción…Continuar leyendo y acceder a la sentencia

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

 JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asunto C-480/22 (23/11/23). Ref. UE147

ENTIDAD ADJUDICADORA DOMICILIADA EN UN ESTADO MIEMBRO DISTINTO DE AQUEL EN EL QUE ESTÁ DOMICILIADA UNA CENTRAL DE COMPRAS QUE ACTÚA EN NOMBRE Y POR CUENTA DE AQUELLA — ACCESO A LOS PROCEDIMIENTOS DE RECURSO — NORMAS DE PROCEDIMIENTO APLICABLES Y COMPETENCIA DE LOS ÓRGANOS DE RECURSO.

PLANTEAMIENTO. Parte este supuesto de unas premisas ciertamente singulares: una entidad búlgara -con domicilio social en este país- es la entidad adjudicadora en un procedimiento de licitación de un contrato público, en tanto una sociedad austriaca -con domicilio social en Austria- actuó en este procedimiento de adjudicación como central de compras, en cuanto representante de la sociedad búlgara. Ambas entidades (búlgara y austriaca) pertenecen al 100 % a una entidad austriaca participada al 51% por un estado federal austriaco. En la licitación se señalaba a un Tribunal de lo contencioso-administrativo austriaco como La instancia responsable de los procedimientos de recurso. Ante un recurso presentado por dos licitadores (búlgaros) ante el Tribunal de lo contencioso-administrativo austriaco designado, se declaró este incompetente para conocer del asunto, en base a que considero que se le había planteado la cuestión de si una empresa búlgara podía celebrar con una entidad adjudicadora domiciliada en Bulgaria un contrato que debía ejecutarse en Bulgaria y que estaba sujeto al Derecho de ese mismo Estado. Bajo tales circunstancias, razonaba el Tribunal, declararse competente menoscabaría gravemente la soberanía de la República de Bulgaria.

Se invoca, además -ver seguidamente cuestiones prejudiciales planteadas- el artículo 57, apartado 3, de la Directiva 2014/25/UE, (…) que señala: «Artículo 57.- Contratación con intervención de entidades adjudicadoras de diferentes Estados miembros (…) Continuar leyendo el resumen de la sentencia y acceder a la misma

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1299): CEOE: Incremento de Salario Mínimo Interprofesional y contratación pública

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1299.- 24/11/2023.- LA CEOE REPROCHA AL GOBIERNO QUE MARQUE UNA SENDA EN EL SMI Y NO ADOPTE MEDIDAS PARA QUE SE ACTUALICEN LOS COSTES EN LOS CONTRATOS PÚBLICOS. El presidente de la patronal ha afirmado que el Gobierno exige a las empresas subidas del salario mínimo interprofesional (SMI) cuando luego él mismo “no la cumple” en los contratos públicos. Antonio Garamendi ha señalado que hay contratos de servicios de empresas con Administraciones públicas en los que el salario mínimo ha subido un 35 por ciento “y el Estado dice que no puede indexar esa parte de los salarios” al precio del servicio, mencionando el caso de los sectores de la limpieza, la seguridad o la comida en colegios y hospitales: “Te obligan a subir los salarios pero los contratos siguen estando donde están y no puedes salirte de ese contrato mientras no haya un nuevo concurso público” Ver noticia en El Economista; El Mundo; Invertia/El Español; Pressdigital.

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BIBLIOGRAFIA EN LA RED: Diez (10) nuevas entradas. (23/11/23).

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED

1640) DESEQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO ¿QUÉ SUPUESTOS HABILITAN SU RECONOCIMIENTO? Jurídico Administrativo. @FerAradas. Octubre 2023.

1639) PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LAS PERSONAS: ¿CONCIERTO SOCIAL O CONTRATO? Ximena Lazo Vitoria. @LazoVitoria. Septiembre 2023.

1638) LOS SERVICIOS JURÍDICOS ESTÁN SUJETOS A LA NORMATIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, AUNQUE DEBERÍAN SER OBJETO DE MEJOR REGULACIÓN SUS ESPECIALIDADES (I). Jaime Pintos Santiago @pintos_jaime y María Dolores Fernández Uceda. @MDFUcp. Septiembre 2023.

1637) EL PAGO DE LAS FACTURAS: ¿PARA CUÁNDO UNA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 198 DE LA LEY DE CONTRATOS? Teresa Moreo Marroig. Septiembre 2023.

1636) LÍMITES A LA POTESTAD NORMATIVA AUTONÓMICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Gómez Acebo & Pombo. @gomezacebopombo. Septiembre 2023.

1635) ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA POR LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS. Gómez Acebo & Pombo. @gomezacebopombo. Septiembre 2023.

1634) CONTRATO PÚBLICO EN FASE DE CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS: EXCLUSIÓN DE EMPRESA INCURSA EN CAUSA DE PROHIBICIÓN. Derecholocal.es. Octubre 2023.

1633) ¿EN QUÉ CONSISTEN LOS SISTEMAS DINÁMICOS DE ADQUISICIÓN? Administrativando abogados. Noviembre 2023.

1632) ¿QUÉ SON LOS ACUERDOS MARCO EN CONTRATACIÓN PÚBLICA? Administrativando abogados. Noviembre 2023.

1631) INTEGRACIÓN DE LOS SOLVENCIA POR MEDIOS EXTERNOS. Jose Marcos Acosta. (¿?) 2023.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Enriquecimiento injusto y contratación verbal.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 4480/2023 – ECLI:ES:TS:2023:4480 (Ref.- S0204).

Datos: Fecha: 17-10-2023. / Ley vigente: Ley 30/2007 / Aplicable a que tipo de contratos públicos Servicios.

¿CABE ACUDIR A LA DOCTRINA DEL ENRIQUECIMIENTO INJUSTO PARA EL PAGO DE FACTURAS POR SERVICIOS EN CASOS EN LOS QUE NO ESTÁ PERMITIDA LA CONTRATACIÓN VERBAL?

La cuestión de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia que presenta este recurso,(…) consiste en determinar si se puede acudir a la doctrina del enriquecimiento injusto para el pago de facturas por servicios en casos en los que no está permitida la contratación verbal.

La respuesta de la Sala a la cuestión de interés casacional (…) ha de ser la de reiterar la doctrina jurisprudencial que antes hemos expuesto, al no concurrir ninguna circunstancia en este recurso que nos lleva a su modificación. En consecuencia, mantenemos el criterio de que … Continuar leyendo la sentencia y acceder a la sentencia