02/02/15
NOTICIAS / NORMATIVA INCIDENTAL
(333) NUEVA REGULACIÓN DE LAS AGRUPACIONES EUROPEAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL. Las Agrupaciones europeas de cooperación territorial (AECT) fueron creadas para facilitar la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional entre los Estados miembros o sus autoridades regionales y locales. Se les puede asignar la tarea de ejecutar programas y proyectos cofinanciados o no por la Unión Europea, tales como la gestión de infraestructuras viarias, hospitales u otros proyectos transfronterizos.
Las AECT fueron reguladas inicialmente por el Reglamento (CE) nº 1082/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, y desarrollado en España por el Real Decreto 37/2008, de 18 de enero,. Pues bien, la posterior modificación del citado Reglamento comunitario por el Reglamento (UE) n.º 1302/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, trae como consecuencia la aprobación del ahora publicado en el BOE (31/01/15) Real Decreto 23/2015, de 23 de enero, que deroga y sustituye al R.D. 37/2008. Es de destacar que la licitación de contratos por parte de las AECT se lleva a cabo a través de una normativa nacional (no por lo tanto por aplicación directa de las Directivas comunitarias), concretamente la que se recoja en sus Estatutos fundacionales. Al respecto, señala la Disposición adicional 27ª del TRLCSP: “Las Agrupaciones europeas de cooperación territorial (…) cuando tengan su domicilio social en España, ajustarán la preparación y adjudicación de sus contratos a las normas establecidas en esta Ley para los poderes adjudicadores.” (Leer más).