1028_16/03/20.- SUSPENSIÓN GENERAL DE PLAZOS PROCESALES Y ADMINISTRATIVOS. En el recientemente publicado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, (coronavirus) se acuerda entre otras medidas la suspensión de los plazos procesales (Disposición adicional segunda) y la suspensión de los plazos administrativos (Disposición adicional tercera), disposiciones adicionales que, evidentemente, no podemos sino recomendar que se lean en su totalidad, pues ambas -aun siendo breves en cuanto a extensión- contienen excepciones y singularidades a tener en cuenta, y que, por ejemplo, nos lleva a afirmar que cabe no se suspendan múltiples procedimientos de contratación pública de servicios y suministros en relación a personas tuteladas o dependientes de Administraciones Públicas -Cuestión que por cierto plantea si la suspensión requerirá… Seguir leyendo, y acceder a notas de prensa y artículos doctrinales.