05/02/18
RESEÑA. Sentencia del Tribunal General en el Asunto T-477/15 (01/02/18). Se pronuncia del Tribunal General acerca del alcance de la obligación de motivación de la decisión de rechazo de una oferta y sobre la aplicación de los criterios de adjudicación en el caso concreto. Por una parte, por lo que respecta a la obligación de motivación, hay que destacar que el TGUE recuerda que no puede exigirse al órgano de contratación que comunique al licitador excluido, además de los motivos del rechazo de su oferta, un resumen de cuidadosa consideración de cómo se ha tenido en cuenta cada detalle de su oferta al evaluarla y un análisis comparativo minucioso de su oferta en relación a la oferta de la empresa adjudicataria. Por otra parte, en relación a la aplicación de los criterios de adjudicación,…seguir leyendo en la fuente de la noticia (JCCA Cataluña), y acceder a la sentencia.
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