NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1352): Modificación de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1352.- 30/12/24. APROBADA UNA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (LCSP) PARA IMPULSAR LA PROMOCIÓN DE VIVIENDA PÚBLICA. De acuerdo con la nota de prensa publicada por el Consejo de Ministros, la introducción de una nueva disposición adicional (quincuagésima séptima) en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, tiene por finalidad impulsar la promoción de vivienda pública y avanzar en la simplificación y flexibilización del marco normativo para facilitar la aplicación de las distintas fórmulas de colaboración público-privada, recogidas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Con el fin apuntado, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, introduce esta modificación relativa al régimen jurídico aplicable a los contratos de concesión para la promoción de vivienda social o a precio asequible en suelo o inmuebles de titularidad pública, estableciendo una serie de particularidades a los contratos de concesión cuando éstos tengan por objeto realizar actuaciones de construcción o rehabilitación sobre suelo o inmuebles de titularidad pública y cuyo destino sea el de social o a precios asequibles. La nueva disposición adicional establece: … Leer aquí la D.A. quincuagésima séptima

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TRIBUNAL GENERAL): Prohibición de contratar miembros UTE.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO T-776/22. Ref. UE159

NO CABE UNA NORMATIVA O PRÁCTICA NACIONAL, QUE PREVEA LA EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA DE TODOS LOS MIEMBROS DE UNA UTE, CONTRATISTA DE UN CONTRATO ANTERIOR RESCINDIDO POR RESOLUCIÓN CULPABLE DEL CONTRATISTA, SIN UNA EVALUACIÓN PREVIA CONCRETA E INDIVIDUALIZADA

Pues bien, al interpretar el artículo 57, apartado 4, letra g), de la Directiva 2014/24, en primer término, el Tribunal de Justicia ha señalado que, para respetar las características esenciales del motivo de exclusión facultativo previsto por esta disposición y el principio de proporcionalidad, un régimen nacional de transposición de esta Directiva debe configurarse de manera que, antes de incluir en la lista de proveedores no fiables a un operador económico que era miembro de una agrupación a la que se había adjudicado un contrato público resuelto, todos los elementos pertinentes aportados por dicho operador para demostrar que su inclusión en la lista no estaba justificada a la luz de su comportamiento individual sean objeto de una apreciación concreta. Por consiguiente, según el Tribunal de Justicia, no cabe admitir que, en caso de resolución del contrato debido a la existencia de deficiencias significativas o persistentes durante su ejecución, tal operador económico sea calificado automáticamente de no fiable y sea objeto de una exclusión temporal sin que su comportamiento haya sido evaluado, previamente, de manera concreta e individualizada, a la luz de todos los elementos pertinentes (sentencia de 26 de enero de 2023, HSC Baltic y otros, C‑682/21, EU:C:2023:48, apartados 46 y 47).

En segundo término,…Continuar leyendo y acceder a la sentencia del Tribunal General

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Certificación final de obra y Liquidación del contrato.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 5940/2024. ECLI:ES:TS:2024:5940 (Ref.- S0223)

DATOS: Fecha:02-12-2024. / Ley vigente: Ley 9/2017 (LCSP) y anteriores. / Aplicable a: Contratos de obra.

EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN SE PUEDE APARTAR DEL CRITERIO SOBRE REVISIÓN DE PRECIOS APROBADO EN VIRTUD DE UN ACTO ADMINISTRATIVO FIRME (CERTIFICADO FINAL DE OBRA) MEDIANTE UN ACTO ADMINISTRATIVO POSTERIOR (LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO) SIN NECESIDAD DE ACUDIR A LA DECLARACIÓN DE LESIVIDAD.

La cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es, en relación a la liquidación de contrato de obras, determinar: si el órgano de contratación se puede apartar del criterio sobre revisión de precios aprobado en virtud de un acto administrativo firme (resolución aprobatoria de la CFO) mediante un acto administrativo posterior (resolución aprobatoria de Liquidación) sin seguir los cauces procedimentales para ello; es decir, mediante la declaración de lesividad del vigente artículo 107 de la LPACAP.

El Tribunal Supremo…Continuar leyendo el resumen y acceder a la sentencia.

SEIS NUEVOS INFORMES DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO

6 NUEVOS INFORMES DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO.

> JC_EDO_0046_2024.- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN PROCEDIMIENTO ABIERTO, ABIERTO SIMPLIFICADO Y SUPER SIMPLIFICADO.

> JC_EDO_0042_2024.- INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 29.7, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LCSP A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE OBRA MEDIANTE CONTRATO MENOR CUANDO DICHAS OBRAS NO SON OBJETO DE CONTRATO MENOR

> JC_EDO_0040_2024.- DIVERSAS CUESTIONES SOBRE EL CONTRATO PRIVADO DE SEGUROS.

> JC_EDO_0032_2024.- POSIBILIDAD DE PRÓRROGA DEL CONTRATO SIN PREAVISO AL EMPRESARIO.

> JC_EDO_0028_2024.- APLICACIÓN DE LA LCSP A LAS LICITACIONES INTERNACIONALES O COMUNITARIAS EN LOS QUE PARTICIPE Y RESULTE ADJUDICATARIO.

> JC_EDO_00_2024.- APLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA OCTAVA DE LA LCSP QUE REGULA LA RESERVA DE CIERTOS CONTRATOS DE SERVICIOS SOCIALES, CULTURALES Y DE SALUD A DETERMINADAS ORGANIZACIONES.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: La Comisión Europea llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1351.- 17/12/24. LA COMISIÓN EUROPEA DECIDE LLEVAR A ESPAÑA ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA POR NO HABER TRANSPUESTO CORRECTAMENTE LAS DIRECTIVAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA.  Según la Comisión, la legislación española se desvía significativamente de las normas europeas en aspectos como los tipos de poderes adjudicadores, los tipos de contratos y las modificaciones contractuales que deben ajustarse a la legislación europea de contratación pública. A pesar de las advertencias previas y de un procedimiento de infracción iniciado hace tres años, España no ha realizado los cambios necesarios para alinear su normativa con las obligaciones establecidas por la UE. La Comisión subraya la importancia… Continuar leyendo y acceder a la nota de prensa de La Comisión y a otra documentación enlazada en la misma

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: La huella de carbón en la contratación pública.

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

V202

LA HUELLA DE CARBONO EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Juan José Pernas García. @JosePernasG. 37 minutos. @gobierto.

Extracto: En este vídeo se analiza el valor que aporta la huella de carbono a la #contrataciónpública y se explica cómo integrarla correctamente en los pliegos. El objetivo es mejorar de manera efectiva la ejecución de las prestaciones y reforzar la seguridad jurídica en los documentos contractuales.

Ver nuestro apartado Vídeos sobre contratación pública (incluye vídeos de Youtube y vídeos en otras plataformas)

Ver nuestro canal Youtube con más de 350 vídeos referenciados sobre -exclusivamente- contratación pública

BIBLIOGRAFIA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (12/12/24): Diez nuevas entradas.

BIBLIOGRAFIA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1860) LA DEBILIDAD DE LA PROHIBICIÓN DE ENRIQUECIMIENTO INJUSTO. José Ramón Chaves. @kontencioso. Septiembre 2024.

1859) LA CONFIGURACIÓN DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS CON IMPORTE CERO. José Miguel Muñoz Rivera. Octubre 2024.

1858) LA REFORMA DE LA LCSP PARA INCLUIR LA OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD. PRIMEROS PRONUNCIAMIENTOS DE LOS TRIBUNALES. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma. Octubre 2024.

1857) EL CARÁCTER VINCULANTE DE LAS RESPUESTAS DADAS POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. Carolina Gil. Septiembre 2024.

1856) DE NUEVO SOBRE EL PLAZO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL: ¿SON TRES U OCHO MESES EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA RESOLUCIÓN CONTRACTUAL EN EL CASO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y LOS ENTES LOCALES? Federico Castillo Blanco. Septiembre 2024.

1855) GUÍA PASO A PASO PARA ELABORAR EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (PBL). Gobierto. @gobierto. Judit Gómez Fugarolas. @juditgomezf. Septiembre 2024.

1854) RECOPILACIÓN DE LA DOCTRINA RECIENTE SOBRE LAS CONSECUENCIAS DEL DÉFICIT DE MOTIVACIÓN EN LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. José María Agüeras Angulo. @AguerasJoseSeptiembre 2024.

1853) LA LIMITACIÓN DEL VALOR ESTIMADO DE LOS ACUERDOS MARCO EN LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. José Miguel Muñoz Rivera. Septiembre 2024.

1852) IMPUGNACIÓN DEL PLIEGO DE UN CONTRATO BASADO POR INCLUIR CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN MÁS RESTRICTIVOS QUE LOS DEL ACUERDO MARCO. Diana Gordo Cano @DianaGordoC. Septiembre 2024.

1851) DETERMINACIÓN DE LAS PRESTACIONES DE CARÁCTER INTELECTUAL EN LA LCSP. INTERPRETACIÓN LITERAL. Fernando Aradas García. @FerAradas. Octubre 2024.

Ver estos y otros 1850 artículos ordenados temáticamente

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1350): Nuevas inspecciones de la CNMC en el sector de los servicios de consultoría y asistencia técnica de ingeniería.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1350.- 10/12/24. LA CNMC REALIZA NUEVAS INSPECCIONES EN EL SECTOR DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA DE INGENIERÍA, La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos y/o reparto de licitaciones convocadas para prestar servicios de consultoría y asistencia técnica de ingeniería. Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas, se procederá a la incoación formal de expediente sancionador.

Aprovecha la CNMC su nota de prensa para recordar que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocios total de las empresas infractoras. Así mismo recuerda que la CNMC cuenta con el Programa de clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada por la CNMC. Además, la adhesión a ese programa de clementina puede excepcionar la aplicación de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Acceder aquí a la nota de prensa de la CNMC.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA. – Informe anual 2023 de supervisión (módulos v, vi, vii, viii, y ix), de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1349.- 04/12/24. INFORME ANUAL 2023 DE SUPERVISIÓN (MÓDULOS V, VI, VII, VIII, y IX), DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN. Dimos cuenta en su momento (Apartado Noticias, Referencias 1331 y 1334), de la publicación por parte de la Oficina independente de regulación y supervisión de la contratación (OIRESCON), de los módulos I, II, III, y IV, del informe anual que recoge las conclusiones derivadas de toda la actividad de supervisión realizada por las administraciones competentes. De acuerdo con el apartado 9 del artículo 332 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), este informe anual recogerá las conclusiones derivadas de toda la actividad de supervisión realizada por las administraciones competentes.

Pues bien, a los cuatro módulos ya publicados, la OIRESCON ha añadido ahora cinco más correspondientes a… Seguir leyendo y acceder a los nuevos 5 módulos, a los 4 anteriores, y a los informes de años precedentes

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1348): Memorias de activad 2023 de cuatro tribunales administrativos.

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1348.- 02/12/24. MEMORIAS DE ACTIVIDAD 2023 DE CUATRO TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS (CATALUÑA, NAVARRA, MADRID, CANARIAS). Dos de estas Memorias contiene -además de como el resto- un resumen ejecutivo de la doctrina de estos tribunales. Se trata de las siguientes memorias: … Continuar leyendo y acceder a las Memorias 2023 de los cuatro tribunales.