JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Sentencia en el Asunto C-9/17.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

RESEÑA. No cabe calificar de contrato público aquel en que la selección de los adjudicatarios se efectúa mediante requisitos de aptitud. Sentencia en el Asunto C-9/17. No pueden calificarse de «criterios de adjudicación» aquellos criterios que no van dirigidos a identificar la oferta económicamente más ventajosa, sino que están vinculados, esencialmente, a la apreciación de la aptitud de los licitadores para ejecutar el contrato en cuestión. En efecto, si bien las competencias y la experiencia de los miembros del equipo encargado de ejecutar el contrato público pueden figurar como criterio de adjudicación en la convocatoria de licitación o en el pliego de condiciones, en particular cuando la prestación objeto del contrato es de tipo intelectual y se refiere a servicios de formación y consultoría, puesto que la calidad de la ejecución de un contrato puede depender de manera determinante de la valía profesional de las personas encargadas de ejecutarlo, constituida por su experiencia profesional y su formación, no ocurre ello en un supuesto como el presente en el que la experiencia del equipo técnico propuesto es un mero criterio de apreciación de la aptitud de los licitadores, y en el cual la entidad pública selecciona a todos los operadores económicos interesados que cumplan tales requisitos de aptitud, y ello aun en un supuesto como el presente en el que, tratándose de un acuerdo marco, durante el período limitado de vigencia de ese sistema no se admite a ningún nuevo operador.

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NOTICIAS (796): Hoy comienza a ejercer sus funciones el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

(02/04/18)

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(796). HOY COMIENZA A EJERCER SUS FUNCIONES EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Una vez el Diario Oficial de Galicia, dio cuenta el pasado lunes 5 de marzo (ver aquí en castellano / ver aquí en gallego), de la Resolución por la que se da publicidad al acuerdo del TACPG sobre la fecha de comienzo de ejercicio de sus funciones, y una vez publicado en el BOE el pasado 26 de marzo (ver aquí), la extinción del Convenio de colaboración del MHAFP con la Comunidad Autónoma de Galicia, sobre atribución de competencia de recursos contractuales al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, a partir de hoy sólo podrán presentarse los recursos especiales, reclamaciones contempladas en la Ley 31/2007 y solicitud de medidas cautelares ante el nuevo Tribunal. Los asuntos de que estuviera conociendo el Tribunal Administrativo Central en el momento de producirse el cambio de competencia seguirán bajo el conocimiento del mismo hasta su resolución, sin perjuicio de que la responsabilidad de velar por la ejecución de las resoluciones dictadas se asuma por el nuevo órgano creado.

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NOTICIAS (795): Memorias de tres tribunales administrativos de recursos contractuales.

28/03/18

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(795) PUBLICADAS LAS MEMORIAS 2017 DE TRES TRIBUNALES DE RECURSOS CONTRACTUALES. Se trata de las memorias del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Acceder aquí), del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, (Acceder aquí), y del Tribunal Administrativo de Recursos  Contractuales de Castilla y León (Descargar a partir de aquí). Además de las secciones habituales en todos ellos relativas a la composición, funcionamiento, estadística de recursos, doctrina destacada (ver más adelante) etc., debe reseñarse tanto en la memoria del TACPCM (Página45 y sig) como en el TARCYCL (página 6 y sig), dos amplios trabajos relativos a la configuración del recurso especial en materia de contratación bajo la nueva Ley de contratos. A destacar también… Continuar leyendo.

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA. V074. Santiago Fdez; López Benítez; Montoya Martín; Gallego Corcoles.

26/03/18

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

V074.- JORNADAS SOBRE LA LEY 9/2017 DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Diputación de Córdoba. Marzo 2018.

  • María José Santiago Fernández Novedades  de la nueva Ley. (13:00): Tipos contractuales (14:00) ; Pilares de la Ley (21:00) (Integridad, eficiencia, Transparencia, contratación pública como estrategia; nuevo régimen de los criterios de adjudicación LA contratación electrónica; innovación; Apoyo a las Pymes –división en lotes-).El recurso especial (01:00:05). Ruegos y preguntas (01:11:40) Disposición transitoria primera Mejoras; subrogación en las relaciones laborales; contratos menores.
  • Mariano López Benítez.  (01:25:45).Modificación de los contratos.
  • Encarnación Montoya Martín (02:19:00).  Los medios propios y los entes instrumentales.
  • Isabel Gallego Corcoles (03:09:50).Clausulas y criterios sociales.

NOTICIAS (794): Publicado en el BOE el Real Decreto-ley que permite a las entidades locales nuevas inversiones.

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794_25/03/18.- PUBLICADO EN EL BOE EL REAL DECRETO-LEY QUE DA A LOS GOBIERNOS LOCALES LA POSIBILIDAD DE DESTINAR SUS SUPERÁVITS A UN ABANICO DE INVERSIONES PÚBLICAS. En efecto, la principal novedad de este Real Decreto Ley es que se amplían los servicios públicos en los que podrán realizarse estas Inversiones Financieramente Sostenibles, que no computan en la regla de gasto y con las cuales se trata de evitar la generación de gastos no financieros futuros que puedan ser fuente de déficit: Esta ampliación afecta así a los de servicios de seguridad y orden público, protección civil, prevención y extinción de incendios, asistencia social primaria, creación y funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y especial, biblioteca y archivos, e inversiones en equipamientos culturales y museos y en instalaciones deportivas. De igual modo, se incluirán también como tales inversiones las que se realicen en mobiliario y enseres destinados a servicios que ya están catalogados como receptores de aquellas inversiones; así como los vehículos que se destinen a la prestación de los servicios públicos de recogida, eliminación y tratamiento de residuos; seguridad y orden público; protección civil; prevención y extinción de incendios; y de transportes de viajeros. Acceder al Real Decreto-ley 1/2018. Acceder a la nota de prensa.

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NOTICIAS (793): Informe especial del Tribunal de Cuenta Europeo sobre las Asociaciones Público-Privadas en la U.E.

23/03/18

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(793) INFORME ESPECIAL Nº 09/2018 DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO: ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS EN LA UE: DEFICIENCIAS GENERALIZADAS Y BENEFICIOS LIMITADOS. Las asociaciones público-privadas (APP) aprovechan tanto la contribución del sector público como del privado para proporcionar bienes y servicios que habitualmente suministra el sector público, a la vez que flexibilizan las rigurosas restricciones presupuestarias que se aplican al gasto público. El Tribunal constató que, pese a que las APP tienen el potencial de lograr una ejecución más rápida de las políticas y de preservar altos niveles de mantenimiento, los proyectos auditados no siempre se gestionaron de forma eficaz y no proporcionaron una rentabilidad adecuada. A menudo no se lograron los beneficios potenciales de las APP, debido a que se infrautilizaron y a que sufrieron retrasos y aumentos en los costes. Esto ocasionó un gasto ineficaz de 1.500 millones de euros…Continuar leyendo y acceder al informe y al resumen/nota de prensa.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED: 23 Nuevas entradas.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED

-23 nuevas entradas-

190) COMENTARIO A RAIZ DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DE CONTRATOS. José María Gimeno. Marzo 2018.
189) LA CONCESIÓN DE SERVICIOS: EL NUEVO TIPO CONTRACTUAL. Joaquín Tornos.  Marzo 2018.
188) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN LA NUEVA LCSP. I PARTE: REQUISITOS Y CLASES DE CRITERIOS. Juan Carlos Melián. Marzo 2018.
187) ENFOQUE DE GÉNERO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: DESARROLLO, SITUACIÓN ACTUAL Y LA PROMOCIÓN DE ÉSTE EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA Y CHILENA. Natalia Cáceres y Jaime Pintos.  Marzo 2018.
186) NOVEDADES EN LOS TIPOS CONTRACTUALES EN LA LCSP 2017, CON VÍDEO EXPLICATIVO. Jaime Pintos.  Marzo 2018.
185) ACERCA DE LA (IN)EFICACIA DE LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR. CRÍTICA DE LA RESOLUCIÓN DEL TACRC 653/2017, DE 14 DE JULIO. Carlos Aymerich. OBCP.  Marzo 2018.
184) LOS CONTRATOS RESERVADOS EN LA LEY 9/2017, DEL 8 DE NOVIEMBRE. María del Rocio Andres Perez. OBCP. Marzo 2018.
183) EL INFORME SOBRE ESPAÑA 2018 Y SU INCIDENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: A PROPÓSITO DEL CONTROL PREVIO MEDIANTE ÓRGANOS DE RECURSOS CONTRACTUALES. José Mª Gimeno Feliu. OBCP.  Marzo 2018.
182) ALGUNOS ASPECTOS CLAVE SOBRE LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA EN LA LCSP Y LA DOCTRINA CONSULTIVA. Concepción Campos.  Marzo 2018.
181) REGISTROS ADMINISTRATIVOS, ORGANIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS REFORMAS ORGANIZATIVAS EN LA NUEVA LEY DE CONTRATOS. Gómez Acebo y Pombo.  Marzo 2018.
180) TRLCSP D.E.P. BIENVENIDA LCSP 9/2017. Javier Vázquez Matilla. Marzo 2018.
179) AVISO A NAVEGANTES: YA NO HAY MORATORIAS PARA LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. María Pilar Batet.  Marzo 2018.
178) DEL CONTRATO MENOR, LA INTERPRETACIÓN RAMPANTE Y LA PERPLEJIDAD DEL GESTOR PÚBLICOJulio Tejedor Bielsa  Marzo 2018.
177) NO HA MUERTO EL (CONTRATO) MENOR, PERO SÍ EL NEGOCIADO. Victor Almonacid.  Marzo 2018.
176) LA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA ELECTRÓNICA EN LA NUEVA LCSP. Victor Almonacid.  Marzo 2018.
175) EL REEQUILIBRIO ECONÓMICO DE LA CONCESIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS Y EL NUEVO DERECHO DE DESISTIMIENTO DEL CONTRATO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL 2017. Blanca Lozano Cutanda e Irene Fernández Puyol.  Marzo 2018.
174) DELIMITACIÓN Y PLAZOS DE DURACIÓN DE LAS CONCESIONES DE OBRAS Y SERVICIOS EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL 2017. Blanca Lozano Cutanda e Irene Fernández Puyol.  Marzo 2018.
173) LOS PROCEDIMIENTOS SIMPLIFICADOS EN LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO: ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS QUE PUEDEN PONER EN VALOR ESTE PROCEDIMIENTO. María Asunción Sanmartin Mora.  Marzo 2018.
172) LA NUEVA LEY DE CONTRATOS NACE COMO UN INSTRUMENTO EFICAZ PARA QUE ESPAÑA AVANCE EN POLÍTICAS SOCIALES, MEDIOAMBIENTALES Y DE INNOVACIÓN. La Moncloa.  Marzo 2018.
171) EL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: ADENDAS Y MODIFICACIONES A TRAVÉS DE LA LEY 9/2017, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Diario Jurídico.  Marzo 2018.
170) LA REGULACIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN EN LA NUEVA LCSP. Francisco Javier Vázquez Matilla.  Marzo 2018.
169) LAS CLÁUSULAS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES EN LA NUEVA LEY 9/2017, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Eduardo Pozo Bouzas.  Marzo 2018.
168) LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, ¿SERÁ DE VERDAD UNA OPORTUNIDAD PARA LAS COOPERATIVAS? FEVECTA. Febrero 2018.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA: Sentencia en el Asunto C-187/16.

ASUNTO C-187/16. Ref.- UE067

NO BASTA QUE UN ESTADO DECLARE QUE LA PRODUCCIÓN DE UN BIEN AFECTA A SUS INTERESES ESENCIALES DE SEGURIDAD, PARA SUSTRAER EL SUMINISTRO DE TAL BIEN DE UN PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA.

Planteamiento: En Austria, el departamento ministerial correspondiente, viene encargando a una empresa la fabricación de productos de imprenta en cuyo proceso de producción es preciso el secreto y/o la observancia de normas de seguridad (impresión de seguridad), se trata en concreto de la impresión de pasaportes dotados de chip, pasaportes provisionales, permisos de residencia, documentos de identidad, y permisos de conducción y circulación en formato de tarjeta de crédito. La Comisión Europea denuncia ante el TJUE este hecho por entender que tales contratos deben someterse a los procedimientos de licitación previstos en las directivas de contratación.

A juicio del Tribunal, para que bienes como los descritos puedan ser excluidos de un procedimiento de licitación, es necesario que los Estados miembros determinen cuáles son sus intereses esenciales de seguridad y, en consecuencia, las medidas de seguridad necesarias para la protección de la seguridad pública de este Estado miembro en relación al bien a fabricar (75)

Ahora bien, hecho lo anterior,...Continuar Leyendo.

NOTICIAS (792): Publicadas en el DOUE tres nuevas resoluciones del Parlamento Europeo con contenido relativo a la contratación pública.

19/03/18

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(792) PUBLICADAS EN EL DOUE TRES RESOLUCIONES DEL PARLAMENTO EUROPEO CON CONTENIDO RELATIVO A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Se trata de:

1º) Estándares sociales y medioambientales, derechos humanos y responsabilidad civil de las empresas (DOUE 16/03/18) 

2º) Una nueva estrategia innovadora y orientada al futuro en materia de comercio e inversión (DOUE 16/03/18).

3º) Estrategia para el mercado único (DOUE 28/02/18).

Acceder aquí a las tres resoluciones y a sus resúmenes

NOTICIAS (791): Blockchain y contratación pública.

18/03/18

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(791) BLOCKCHAIN Y CONTRATACIÓN PÚBLICA. Aún a vueltas con el tema de la vigencia de la contratación electrónica en la nueva Ley de Contratos (Ver aquí artículo de Mª Pilar Batet), tuvimos ocasión de leer la semana pasada el titular de una noticia que daba cuenta de que el Gobierno de Aragón impulsará un proyecto de contratación pública utilizando ‘blockchain’, (Block Chain = Cadena de bloques). Ayer leímos que el Subdirector general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas comenzaba su último artículo afirmando “Si en la primera mitad de los noventa hubiera sabido de internet lo poco que hoy sé de la blockchain, habría dicho entonces que internet venía a poner patas arriba el mundo de la información… Continuar leyendo y acceder al artículo, a la noticia y al vídeo.