JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE): Exigencia de materiales determinados de los productos suministrados.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO C-424/23. Ref. UE161

¿ES LÍCITO QUE UN ENTE PÚBLICO, EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE UN CONTRATO PÚBLICO DE OBRAS ESTABLEZCA REQUISITOS SOBRE LOS MATERIALES QUE DEBEN CONFORMAR LOS PRODUCTOS PROPUESTOS POR LOS LICITADORES?

En el presente asunto, un ente público (belga), al licitar contratos de obra relacionados con la instalación o sustitución de alcantarillas, establece como exigencia —salvo en circunstancias excepcionales— el uso de tubos de gres para los sistemas de evacuación de aguas residuales y de tubos de hormigón para los sistemas de evacuación de aguas pluviales.

Una empresa, dedicada a la fabricación y suministro de tubos de alcantarillado de plástico, sostiene que dicha exigencia contraviene los principios fundamentales de la contratación pública. Ante esta situación, se plantean ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) diversas cuestiones prejudiciales relativas a la legalidad de imponer la utilización de un tipo específico de material o método de producción en los pliegos de contratación… Continuar leyendo y acceder a la sentencia

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1356): Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-25).

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1356.- 16/01/2024.NORMATIVA CON INCIDENCIA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. REAL DECRETO 10/2025, DE 14 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS 2025 (CNAE-2025). La nomenclatura CPV (Common Procurement Vocabulary – Vocabulario Común de Contratación Pública) es el sistema de identificación y categorización de todas las actividades económicas susceptibles de ser contratadas mediante licitación o concurso público en la Unión Europea. Un concepto similar serían las categorías CNAE del estado español. Si bien el mismo no aplica a las licitaciones públicas en España salvo supuestos excepcionales [artículos 89.1.a) y 90.1.a) de la LCSP], son una forma de catalogar todas las actividades económicas, sirviendo incluso para interpretar los códigos CPV.

Desde la entrada en vigor de la CNAE-2009 el 1 de enero de 2009, la globalización y la digitalización han cambiado la forma en que muchas actividades proporcionan bienes y servicios. Hay actividades que han cobrado importancia en la economía mundial, europea y nacional, mientras que otras la han perdido. También se han producido cambios rápidos… Continuar leyendo y acceder al R.D. 10/2025.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED (15/01). Diez nuevas entradas.

BIBLIOGRAFIA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1880) LA TRANSFORMACIÓN DEL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: UN CAMINO HACIA LA EXCELENCIA ADMINISTRATIVA. Juan Carlos Melián. @jcarlosmelian. Octubre 2024.

1879) LA CONTINUÏTAT DEL SERVEI: PRÒRROGA EXCEPCIONAL I ORDRE DE CONTINUÏTAT (LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO: PRÓRROGA EXCEPCIONAL Y ORDEN DE CONTINUIDAD). Elia Vilaseca Arqués. @contractaciocat. Octubre 2024.

1878) RECURSO DE ALZADA IMPROPIO: GUÍA COMPLETA. Diana Gordo Cano @DianaGordoC Octubre 2024.

1877) OFERTAS DE CONTENIDO IMPOSIBLE U OFERTAS “SIN LÍMITE”. José Miguel Muñoz Rivera. Octubre 2024.

1876) IMPUGNACIÓN DE LA MODIFICACIÓN CONTRACTUAL POR EL PROPIO CONTRATISTA. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma. Octubre 2024.

1875) CONTRATACIÓN PÚBLICA. ¿CÓMO SE COMBATEN LAS PRÁCTICAS COLUSORIAS O RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA? Enma Verdú Snart. Octubre 2024.

1874) TAMBIÉN EN LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE SERVICIOS REGULARES DE TRANSPORTE PÚBLICO POR CARRETERA ES POSIBLE INTEGRAR SOLVENCIA CON MEDIOS DE TERCEROS, SIN NECESIDAD DE QUE PARTICIPEN EN LA AGRUPACIÓN LICITADORA. Gómez Acebo y Pombo. @gomezacebopombo. Octubre 2024.

1873) TANTO HABLAR DE LOS CONTRATOS MENORES Y, AL DESPERTAR, ALLÍ ESTABA EL ABIERTO. Alberto Robles. @ARobles_LCSP. Octubre 2024.

1872) EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN. Julio González García. @jvglezgarcia. Octubre 2024.

1871) ¿CÓMO SE PUEDEN RECURRIR UNOS PLIEGOS DE UNA LICITACIÓN PÚBLICA? Administrativando. @Admiabogados. Octubre 2024.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Fuerza mayor y riesgo imprevisible por amenaza terrorista.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 6184/2024 – ECLI:ES:TS:2024:6184 (Ref.- S0224)

DATOS: Fecha:16-12-2024. / Ley vigente: Ley 9/2017 (LCSP) y anteriores. / Aplicable a: Contratos de obra.

¿PUEDE EL CONTRATISTA DE UNA OBRA PÚBLICA REPERCUTIR EN LA ADMINISTRACIÓN LOS COSTES OCASIONADOS POR LA PREVENCIÓN DE AMENAZAS TERRORISTAS? FUERZA MAYOR Y RIESGO IMPREVISIBLE

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en dilucidar, en relación con el alcance y significación del principio del riesgo y ventura, si puede afirmarse que el contratista debe asumir costes o gastos de seguridad incurridos para hacer frente a la amenaza terrorista derivados de riesgo de atentado en el ámbito territorial en el que se ejecuta el contrato público, no previstos en los pliegos del contrato o en el documento en el que se formaliza, cuando su necesidad solo se constata en un momento posterior a la formalización del contrato.

Se identifican como normas jurídicas que en principio han de ser objeto de interpretación, diversos preceptos del anterior texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R. D-Leg. 2/2000) que se corresponden con el actual artículo 239 de la LCSP, así como el artículo 146 del Reglamento de contratación (R.D. 1908/2001) relativo al procedimiento en casos de fuerza mayor.

El Tribunal finalmente declara… Continuar leyendo y acceder a la sentencia. 

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE): Procedimiento negociado sin publicidad.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ASUNTO C-578/23. Ref. UE160

LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE EXCLUSIVIDAD NO JUSTIFICA EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD SI LA GENERACIÓN DE LA SITUACIÓN DE EXCLUSIVIDAD ES IMPUTABLE AL PODER ADJUDICADOR

El artículo 31, punto 1, letra b), de la Directiva 2004/18 establecía que, en el caso de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, los poderes adjudicadores podrán adjudicar contratos públicos por procedimiento negociado, sin publicación previa de un anuncio de licitación, cuando, por razones técnicas o artísticas o por cualquier otra razón relacionada con la protección de derechos de exclusividad, el contrato solo pueda encomendarse a un operador económico determinado.

[Nota 1: En sentido similar, el artículo 32.2.b) iii) de la vigente Directiva de contratación 2014/24/UE, señala la posibilidad de acudir a este procedimiento cuando «…iii) deban protegerse derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual o industrial.», si bien advierte acto seguido que: «Las excepciones mencionadas en los incisos ii) y iii) solo se aplicarán cuando no exista alternativa o sustituto razonable y cuando la ausencia de competencia no sea el resultado de una restricción artificial de los parámetros de la contratación» cuestión que como veremos guarda relación con lo que señala la sentencia.]

[Nota 2: Llama la atención que, sin embargo, el artículo 168, a) 2º) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, después de recoger el mismo supuesto («…o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial.»), no haga ningún tipo de advertencia como la que acabamos de señalar sí establece la Directiva2014/24/UE. Habría que irse al artículo 132 de la LCSP relativo a los Principios de igualdad, transparencia y libre competencia, para ver reflejada una idea similar: «2. La contratación no será concebida con la intención de eludir los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que corresponda, ni de restringir artificialmente la competencia, bien favoreciendo o perjudicando indebidamente a determinados empresarios.» ]

En el caso objeto del litigio, al órgano de contratación (por mejor decir a su predecesor legal del que el O.C. es continuación), parece ser que sí le es imputable la existencia de una situación de exclusividad al celebrar un contrato anterior (es esta una cuestión que queda a criterio del tribunal nacional).

Sobre esta base, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera…Continuar leyendo y acceder a la sentencia.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1355): Memoria de actividad y compilación de doctrina del OARC.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1355.- 08/01/2024.PUBLICADA LA MEMORIA DE ACTIVIDAD 2023 Y LA COMPILACIÓN DE DOCTRINA DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DEL PAÍS VASCO (OARC).  Como en ocasiones anteriores, destacamos el valioso documento sobre la Doctrina del OARC, que cuenta con un índice excelentemente estructurado de 10 páginas y un desarrollo de casi 700 páginas. Este documento tiene carácter acumulativo, ya que incluye no solo la doctrina derivada de las resoluciones emitidas en 2023, sino también las correspondientes a años anteriores desde la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) en 2018.  Continuar leyendo y acceder a la memoria y a la compilación de doctrina

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Tipo legal de interés de demora

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1354_07/01/25.- PUBLICADO EN EL BOE EL TIPO LEGAL DE INTERÉS DE DEMORA APLICABLE A LAS OPERACIONES COMERCIALES DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2025. El BOE del pasado martes 31 de diciembre, ha publicado la Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2025, (Ver aquí), fijando el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2025 en el 11,15 por 100, 1,10 puntos por debajo del señalado para el segundo semestre de 2024 (12,25 %), y 1,35 puntos por debajo del señalado para el primer semestre del año 2024 (12,50 %). Cabe recordar que este, es el tipo de interés aplicable a los efectos previstos en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, esto es, por ejemplo, el índice que se emplea para determinar la cuantía de los intereses que debe abonar una entidad pública en el supuesto de demora en el pago de las cantidades que le son facturadas por el contratista en un contrato sujeto a la normativa de contratación.

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BIBLIOGRAFÍA EN LA RED: Diez nuevas entradas (02/01/2025).

BIBLIOGRAFIA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1870) LA UTILIZACIÓN DE LA HUELLA DE CABONO EN LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS: POSIBILIDADES Y LÍMITES DE UN PROCESO EN CONSTRUCCIÓN. José Pernas García. @JosePernasG. Enero 2024.

1869) EL SILENCI ADMINISTRATIU EN LES SOL·LICITUDS D’ACCÉS A LA INFORMACIÓ PÚBLICA (1A PART): PREVISIONS NORMATIVES (EL SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (1ª PARTE): PREVISIONES NORMATIVAS). Carles San JoséAmat. @carlessanjose. Junio 2024.

1868) ¿EN QUÉ CONSISTE Y CÓMO FUNCIONA LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO? Administrativando. @Admiabogados. Septiembre 2024.

1867) LA ADMISIÓN DEL USO DE UMBRALES DE SACIEDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA POR EL TRIBUNAL SUPREMO. Abogados Menéndez y asociados. Junio de 2024.

1866) LOS CONTRATOS DE PATROCINIO: RECOMENDACIONES PARA UN CONSUMO RESPONSABLE. Consuelo Doncel Rodríguez. @Albedrio_Blog. Julio 2024.

1865) LA LEGITIMACIÓN DE LOS OPERADORES EXCLUIDOS EN PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN DUAL. José Miguel Muñoz Rivera. Octubre 2024.

1864) ¿SE PUEDEN RECURRIR UNOS PLIEGOS SI SE PRESENTA OFERTA EN UNA LICITACIÓN? Administrativando. @Admiabogados.Octubre 2024.

1863) LOS CRITERIOS SUJETOS A JUICIO DE VALOR. EL CABALLO DE TROYA DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA (ARTÍCULO PUBLICADO ANTICIPADAMENTE EN LA REALA) Antonio Segura Martínez. Octubre 2024.

1862) IMPUGNACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS: ¿QUIÉNES ESTÁN LEGITIMADOS? Administrativando. @Admiabogados.Octubre 2024.

1861) JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO. Francisco Blanco López. Octubre 2024.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1353): Calendario de días inhabiles.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1353.- 31/12/24. CALENDARIO DE DÍAS INHABILES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO PARA EL AÑO 2025. Publicada en el BOE la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2025. Acceder aquí a la Resolución.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1352): Modificación de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1352.- 30/12/24. APROBADA UNA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (LCSP) PARA IMPULSAR LA PROMOCIÓN DE VIVIENDA PÚBLICA. De acuerdo con la nota de prensa publicada por el Consejo de Ministros, la introducción de una nueva disposición adicional (quincuagésima séptima) en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, tiene por finalidad impulsar la promoción de vivienda pública y avanzar en la simplificación y flexibilización del marco normativo para facilitar la aplicación de las distintas fórmulas de colaboración público-privada, recogidas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Con el fin apuntado, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, introduce esta modificación relativa al régimen jurídico aplicable a los contratos de concesión para la promoción de vivienda social o a precio asequible en suelo o inmuebles de titularidad pública, estableciendo una serie de particularidades a los contratos de concesión cuando éstos tengan por objeto realizar actuaciones de construcción o rehabilitación sobre suelo o inmuebles de titularidad pública y cuyo destino sea el de social o a precios asequibles. La nueva disposición adicional establece: … Leer aquí la D.A. quincuagésima séptima