NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: El 58% de las entidades locales continúan sin publicar su perfil de contratante en las plataformas de contratación

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1135_22/01/21.- EL 58% DE LAS ENTIDADES LOCALES CONTINÚAN SIN PUBLICAR SU PERFIL DE CONTRATANTE EN LAS PLATAFORMAS DE CONTRATACIÓN. – El Tribunal de Cuentas ha publicado a lo largo del mes de diciembre de 2020 diversos informes con referencias a la contratación pública, y así: 1 a 6) Informes anuales correspondientes al año 2018 de las Comunidades Autónomas de Murcia, La Rioja, Extremadura, Cantabria, Castilla-La Mancha, Ceuta. 7) Informe de fiscalización de los contratos de servicios de limpieza y de vigilancia y seguridad privada celebrados por las entidades locales de las comunidades señaladas anteriormente (ver aquí). 8) Informe global del Sector Público Autonómico 2017. (Ver aquí informe del Tribunal de Cuentas Ver aquí resumen elaborado por crisisycontrataciónpública.org).

De todos ellos destacamos, por la novedad en cuanto a la información que proporciona, el 9) Informe de fiscalización (años 2019 y 2020 -hasta octubre-) del cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en las entidades locales, informe que si bien… Continuar leyendo y acceder al informe.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA: Prácticas Colusorias.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asunto C-450/19. Ref.- UE107

PLAZO DE PRESCRIPCIÓN EN LOS SUPUESTOS DE PRÁCTICAS CONTRARIAS A LA COMPETENCIA (COLUSORIAS) QUE FINALIZAN CON LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO PÚBLICO

En el supuesto analizado, a través de un procedimiento de licitación pública, la empresa “A” le es adjudicada una obra y firma el correspondiente contrato el 19/06/2007. La ejecución de este contrato finaliza el 12/11/2009, y el último pago de las obras tiene lugar el 07/01/2010.

En un momento posterior se inicia un procedimiento administrativo sancionador por parte de la Autoridad de Defensa de la Competencia, así como posteriores procedimientos judiciales derivados de aquél, en el que se imputa a la empresa “A” la realización de prácticas colusorias en colaboración con otra empresa con el fin de manipular el procedimiento de licitación de modo tal que -como así ocurrió- el contrato le fuese adjudicado a la empresa “A”. Dada la fecha en que se inició el procedimiento por parte de la Autoridad de la Competencia, la posibilidad de iniciar tal expediente habría de considerarse prescita sí, de acuerdo con el derecho finlandés, este plazo se computase desde el momento en que se firmó el contrato, pero por el contrario no habría tenido lugar la prescripción si se computa el plazo de prescripción desde que se produjo el último pago, incluso si se hace desde la fecha en que se recepcionó la obra.

Así las cosas, se plantea la siguiente cuestión prejudicial ante el TJUE:

«¿Puede interpretarse el régimen de competencia del artículo 101 TFUE en el sentido de que, en una situación en la que un participante en un cártel ha celebrado con un tercero ajeno al cártel un contrato de obras en las condiciones pactadas en dicho cártel, la infracción de las normas sobre competencia perdura, debido a los efectos económicos que se derivan de tal situación, mientras se cumplen las obligaciones derivadas del contrato de obras o se sigue pagando el precio a las partes contractuales, es decir, hasta que se produce el último pago parcial por las obras o, al menos, hasta la terminación de estas?

¿O debe considerarse que la infracción de las normas sobre competencia solo dura hasta el momento en que la empresa infractora ha presentado la oferta relativa a las obras o ha celebrado el contrato para su ejecución?»…Continuar Leyendo.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Asunto C-387/19. Prohibiciones de contratar.

JURISPRUDENCIA DEL TJUE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asunto C-387/19. Ref.- UE106

SOBRE LA OBLIGACIÓN DEL OPERADOR ECONÓMICO DE APORTAR EN EL MOMENTO DE LA LICITACIÓN LA PRUEBA QUE ACREDITA SU FIABILIDAD A PESAR DE LA EXISTENCIA DE UN MOTIVO DE EXCLUSIÓN

Nos encontramos ante una sentencia compleja dadas las circunstancias que concurren en el pleito, básicamente la existencia de una normativa (la belga) no adaptada en el momento de tener lugar la licitación a la Directiva 2014/24/UE, la cual, según constata la sentencia tiene efecto directo        en el presente asunto. Entendemos que por ello procede simplificar la cuestión, reproduciendo el fallo de la sentencia en lo que aquí interesa, analizando posteriormente de que modo es (o no) aplicable a la contratación pública en España, posterior a la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

Señala la sentencia del TJUE: “El artículo 57.6, de la Directiva 2014/24/UE (…) debe interpretarse en el sentido de que se opone a una práctica según la cual un operador económico está obligado a aportar espontáneamente, en el momento de la presentación de su solicitud de participación o de su oferta, la prueba de las medidas correctoras adoptadas para demostrar su fiabilidad a pesar de la existencia, respecto a él, de un motivo de exclusión facultativo recogido en el artículo 57.4 de esta Directiva, (…). En cambio, el artículo 57.6, de la citada Directiva, (…) no se opone a tal obligación cuando esta esté prevista de manera clara, precisa e inequívoca en la normativa nacional aplicable y se ponga en conocimiento del operador económico interesado a través de la documentación del contrato.”

Por lo que se refiere a la aplicación de esta sentencia en España… Continuar leyendo y acceder a la sentencia.

LIBROS EN VENTA: Cuatro nuevos títulos

LIBROS EN VENTA

116) LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO EN LA DOCTRINA DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI. Javier Serrano Chamizo. Diciembre 2020.

115) OBSERVATORIO DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS 2019. José Mª Gimeno Feliu. Diciembre 2020.

114) PLANIFICACIÓN Y RACIONALIZACIÓN DE LA COMPRA PÚBLICA. Jaime Pintos Santiago. Enero 2021.

113) LA IMPLANTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y DE LA E-FACTURA– 2ED. Jaime Pintos Santiago. Diciembre 2020.

 Ver estos y otro 112 títulos

NOTICIAS: (1134). Informe anual de Supervisión de la contratación pública en España de la OIRESCON.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA


1134_13/01/21.-INFORME ANUAL DE SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA, DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN. El día 17 de diciembre de 2020 la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReSCON) ha aprobado su segundo Informe Anual de Supervisión de la Contratación Pública, dando así cumplimiento al mandato establecido en el artículo 332.9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que señala también que dicho informe deberá remitirse a la Comisión Europea.

Este informe anual de supervisión recoge las principales conclusiones de la actividad de supervisión y control realizada por las Administraciones competentes, una relación de los principales incumplimientos en materia de contratación pública detectados por los órganos de control tanto externos como internos, información sobre la detección, prevención y notificación adecuada de los casos de fraude, corrupción, conflicto de intereses y problemas de colusión detectados, así como información sobre las fuentes más frecuentes de aplicación incorrecta de la legislación o de inseguridad jurídica, a través de actuaciones de supervisión directamente realizadas por la OIReScon… Continuar leyendo en la fuente de la noticia y acceder al texto del informe (799 páginas) y al texto del Resumen ejecutivo del informe (9 páginas).

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BIBLIOGRAFÍA EN LA RED: Diez (10) nuevas entradas.

BIBLIOGRAFIA EN LA RED

1120) GUÍA DE APOYO A CONTRATACIONES CON REQUISITOS BIM. Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. @ColegioITOP. (192 páginas). Julio 2020.

1119) OBRAS EJECUTADAS SIN LA COBERTURA DE UN CONTRATO: ENRIQUECIMIENTO INJUSTO Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Laura Cebrián Herranz y Jesús Ignacio Pascual Martín. (42 páginas). Año 2019.

1118) CERTIFICACIONES FSC Y PEFC Y SU USO EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. Ihobe. @Ihobe_Eus. Enero 2020.

1117) LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y EN ACTUACIONES URBANÍSTICAS. Francisco Blanco López. @PacoBlancoL. Diciembre 2020.

1116) IMPORTANCIA DE LA PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN DE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL PÚBLICA. José Antonio Moreno Molina. Diciembre 2020.

1115) LA SOLVENCIA TÉCNICA EN LOS CONTRATOS MIXTOS DE OBRAS: ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN Nº 625/2019 DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES. David Gómez-Correa Escagedo. Diciembre 2020.

1114) TEMERITAT I/O MALA FE EN LA INTERPOSICIÓ DEL RECURS ESPECIAL (TEMERIDAD Y/O MALA FE EN LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO ESPECIAL). Rosa Maldonado Camats. Diciembre 2020.

1113) VALORACIÓ I CLASSIFICACIÓ DE LES OFERTES ANORMALS O DESPROPORCIONADES (VALORACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS). Èlia Vilaseca Arquès. Diciembre 2020.

1112) ¿QÚE TIPO DE “ACLARACIONES” OBLIGAN AL O.C. A RETROTRAER LAS ACTUACIONES? ¿Y SI INDICA QUE SE TRATA DE UNA ACLARACIÓN “IRRELEVANTE”? María José Hernández. @mjose_hm. Diciembre 2020.

1111) ANÁLISIS DEL REAL DECRETO LEY 36/2020, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma.Diciembre 2020.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Índices de precios de mano de obra y materiales.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1133_11/01/21.- PUBLICADA EN EL BOE LA ORDEN HAC/1313/2020, DE 20 DE NOVIEMBRE, SOBRE LOS ÍNDICES DE PRECIOS DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA EL TERCER Y CUARTO TRIMESTRE DE 2019 y el primer y el segundo trimestre de 2020, aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones Públicas y sobre los índices de precios de los materiales específicos de suministros de fabricación de armamento y equipamiento para el mismo periodo. (Abrir aquí). El régimen de revisión de precios de contratos del sector público se encuentra regulado en el artículo 103 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. De conformidad con esta regulación, la aprobación de los índices de precios es competencia de la Ministra de Hacienda previo informe del Comité Superior de Precios de Contratos del Estado, informe que ha sido aprobado en su reunión del pasado 8 de marzo de 2019. Ver aquí informe de elaboración propia que contiene la evolución de los índices de precios desde el año 2001 hasta la orden HAC/1313/2020.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Tipo legal de interés de demora.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1132_08/01/21.- PUBLICADO EN EL BOE EL TIPO LEGAL DE INTERÉS DE DEMORA APLICABLE A LAS OPERACIONES COMERCIALES DURANTE EL PRIMER SEMESTRE NATURAL DEL AÑO 2021. En el BOE de 31 de diciembre 2020 se ha publicado la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2021, que fija el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2021 en el 8,00 por 100. Acceder al BOEAcceder aquí a todos los tipos de interés de demora desde el año 2011 hasta la actualidad.

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VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Dos vídeos. Isabel Gallego Corcoles & Javier Vázquez Matilla.

VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

V159.- ANÁLISIS DEL REAL DECRETO-LEY 36/2020 MEDIDAS URGENTES. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma. 53 minutos.

V158.- DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (A partir del minuto 40:30 del vídeo). Isabel Gallego Corcoles. @Isabel_GallegoC. 26 minutos (+ ruegos y preguntas).

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