FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA: Dos nuevas actividades formativas.

26/05/16
FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBICA

Dos nuevas actividades formativas.

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≈ LA TRASPOSICIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE CONTRATACIÓN EN EL DERECHO NACIONAL. Castellón 2 de junio.

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.inap.

≈ II ENCUENTRO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. EL EFECTO DIRECTO DE LAS DIRECTIVAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Madrid 13 y 14 de junio.

Ver aquí detalles de estas y otras actividades  formativas

JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Una empresa que forma parte de una UTE que ha sido preselecionada en un procedimiento (negociado), puede continuar en él por si sola si cumple determinados requisitos.

25/05/16

.TJUE.

ASUNTO C-396/14 (24/05/16). Ref.- UE040

UNA EMPRESA QUE FORMA PARTE  DE UNA UTE QUE HA SIDO PRESELECIONADA EN UN PROCEDIMIENTO  (NEGOCIADO), PUEDE CONTINUAR EN EL POR SI SÓLA SI CUMPLE DETERMINADOS REQUISITOS.

[Notas previas: 1º) (…) 2º) (…) 3º) (…) 4º)  (…)]

PLANTEAMIENTO/ITINERARIO: 1º) Una  agrupación de sociedades presenta su candidatura a un procedimiento negociado siendo admitida. 2º) Una de las dos empresas entra en situación concursal. 3º) A la otra se le autoriza a seguir participando en solitario en el procedimiento de  contratación. 4º) Finalmente el contrato le es adjudicado a esa empresa. 5º) Otra empresa participante presenta recurso que es del que deriva la cuestión prejudicial que ahora se plantea.

CUESTIÓN PREJUDICIAL PLANTEADA: «En circunstancias como las del procedimiento principal, ¿debe interpretarse el principio de igualdad de trato recogido en el artículo 10 de la Directiva 2004/17/CE, en relación con el artículo 51 de dicha Directiva, en el sentido de que se opone a que una entidad adjudicadora adjudique un contrato a un licitador que no había solicitado ser preseleccionado y que, por lo tanto, no fue preseleccionado?»

FALLO… Seguir Leyendo.

NOTICIAS (519): Ayto. Barcelona: No operatividad de licitadores en paraísos fiscales.

NOTICIAS

.Ajuntament.

519_22/05/16.– DECRETO DE ALCALDÍA AYTO. BARCELONA: CLÁUSULA ESENCIAL DEL CONTRATO DEL QUE DERIVARÁ LA RESOLUCIÓN DEL MISMO SI EL CONTRATISTA O EMPRESAS A ÉL VINCULADAS OPERAN FINANCIERAMENTE EN PARAÍSOS FISCALES.  El Decreto (ver aquí pdf –catalán- /ver aquí en castellano –traducción propia-) incorpora una cláusula contractual de carácter esencial en todos los contratos públicos municipales por la que los licitadores, contratistas o subcontratistas o empresas filiales o empresas interpuestas no pueden realizar operaciones financieras en paraísos fiscales,  debiendo los licitadores declarar que cumplen tal condición… Leer más.

VÍDEO: 11 vídeos sobre contratación público (Isel Málaga). / BIBLIOGRAFÍA: ¿Qué es una central de compras?

21/05/16
BIBLIOGRAFÍA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

.libro 150.

¿Qué es una central de compras?. Victor Almonacid. Mayo 2016.  “Se puede definir Central de compras como un “Poder adjudicador que realiza actividades de compra centralizadas y, eventualmente, actividades de compra auxiliares“ (…)Todas las entidades del sector público pueden centralizar la contratación de obras, servicios y suministros, a través de servicios especializados, a los que llamamos centrales de contratación o centrales de compras.(….) Seguir Leyendo.

Ver otra  Bibliografía sobre contratación pública

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VIDEOS

.video.

V029.  11 vídeos. Curso Superior en Contratación Público.  ISEL Málaga.  Año 2016.

Novedades en la contratación pública 2016.; La remunicipalización de los servicios públicos.; El redimensionamiento y remunicipalización de los servicios públicos.; La doctrina in house y la colaboración entre entidades públicas.; Encomiendas de Gestión y Convenios.; La compra pública orientada a la innovación.; La contratación socialmente estratégica.; La contratación pública Europea como estrategia para promover áreas de crecimiento esenciales.; Transparencia y Contratación Pública: Situación Actual.; La transmisibilidad del riesgo en las figuras concesionales. La Directiva de concesiones.; La colaboración pública – privada.

Ver aquí detalles y acceder a vídeos

NOTICIAS (518). Normativa autonómica con incidencia en materia de contratación pública. / FORMACIÓN EN C.P.: 8 Nuevas actividades formativas

(20/05/16)
NOTICIAS

.escudos.

(518) DIVERSA NORMATIVA AUTONÓMICA CON INCIDENCIA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. (…) 1) GALICIALey 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia (Ver Boletín Oficial -18/05-). “La Administración general de la Comunidad Autónoma y las (…) 2) CANARIASOrden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito (…) 3) PAÍS VASCO. Ley 3/2016, de 7 de abril, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública. (Ver BOE -02/05-) (…) 4) EXTREMADURA. Instrucción sobre incorporación de criterios sociales, medioambientales, de promoción de las pymes y de impulso de la sostenibilidad en la (…)  Ver detalle.

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FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

Ocho nuevas actividades formativas… Madrid, Barcelona, Teruel…. Ver aquí detalle de la formación.

NOTICIAS (516 y 517): Foro de contratos públicos de la C.A. de Aragón / Dictamen del C.E.S.E.: Mejorar el mercado único, más oportunidades para los ciudadanos y empresas.

19/05/16

NOTICIAS

.Aragon.

(517) FORO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón, la Resolución por la que se somete a información pública el proyecto de orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se crea el Foro de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se aprueba el Reglamento que regula su organización y funcionamiento (Ver aquí la Orden y el Reglamento que regula su organización y funcionamiento). El Foro, que se habrá de crear en un plazo de seis meses, tendrá por objeto canalizar la participación de los diversos agentes sociales en el proceso de planificación de objetivos y políticas públicas en materia de contratación pública por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma y del resto de poderes adjudicadores dependientes de la misma. Por ello estará compuesto (1 presidente y 11 vocales), por representantes de la Administración y otros entes del sector público, de los contratistas (empresas, autónomos, centros especiales de empleo e inserción social) y de sus trabajadores, de la Universidad y, del Tribunal de Defensa de la Competencia.

Se señalan entre sus funciones… Seguir Leyendo.

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.cese comite economico y social europeo.

(516) DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO SOBRE LA COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES – MEJORAR EL MERCADO ÚNICO: MÁS OPORTUNIDADES PARA LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS. En fecha 18 de mayo de 2016 se ha publicado en el DOUE este Dictamen (Ver aquí), en el cual el Comité Económico y Social Europeo (CESE), entre otras observaciones generales, recuerda a la Comisión que preste la máxima atención para que las nuevas Directivas sobre contratación pública se transpongan a tiempo y de forma adecuada en los Estados miembros, dado que representan alrededor del 20 % del PIB de la Unión. Como observaciones específicas, por lo que se refiere a la contratación pública, el CESE apoya la implementación de un sistema de recogida de datos y de nuevos instrumentos de análisis para detectar los problemas y las irregularidades en las compras públicas, y señala que podría ser muy útil establecer registros europeos de los contratos públicos con objeto de detectar las anomalías en los procedimientos de contratación. Además,…. Seguir leyendo en la fuente de la noticia (JCCA de Cataluña –noticias-).

NOTICIAS (515): Circular Fiscalia sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas (…y prohibiciones de contratar).

(18/05/16)
NOTICIAS

.logo fiscal.

(515) CIRCULAR 1/2016, SOBRE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS CONFORME A LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EFECTUADA POR LEY ORGÁNICA 1/2015. Se encuentra ya vigente (18/04), la posibilidad de que en los contratos SARA, las empresas que se encuentren en situación de prohibición de contratar por la comisión de determinados delitos acreditados mediante sentencia firme (y también por otras causas) puedan (Art.57.6 Directiva 2014/24/UE), presentar pruebas para “demostrar su fiabilidad”, pruebas que “…se evaluarán teniendo en cuenta la gravedad y las circunstancias particulares de la infracción penal o la falta…” de modo tal que “Si dichas pruebas se consideran suficientes, el operador económico de que se trate no quedará excluido del procedimiento de contratación.”  En caso contrario “…recibirá una motivación de dicha decisión.” no siendo admitido a la licitación.

De lo dicho, se presume la dificultad que puede existir para acreditar –o desacreditar- “la fiabilidad” del operador. Bien es cierto que el propio artículo 57.6, de la Directiva, señala aspectos concretos que pueden resultar indiciarios de tal acreditación: “A tal efecto, el operador económico deberá demostrar que ha pagado o se ha comprometido a pagar la indemnización correspondiente por cualquier daño causado por la infracción penal o la falta, que ha aclarado los hechos y circunstancias de manera exhaustiva colaborando activamente con las autoridades investigadoras (…)” Pero junto a ello hay otras con un carácter ciertamente no definido: “(…) y que ha adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal concretas, apropiadas para evitar nuevas infracciones penales o faltas.”

Pues bien, la Fiscalía General del  Estado ha publicado… Seguir leyendo.

VÍDEOS: Ponencias de miembros de la JCCA del Estado sobe el DEUC y la contratación electrónica.

14/05/16
VÍDEOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

.inap.JCCA.

• V028

4 vídeos. Ponencias de miembros de la JCCA del Estado sobre el DEUC y contratación electrónica. INAP. Madrid 5 de mayo.

1) PRESENTACIÓN (4 minutos).  Juan Antonio Martínez Menéndez.

2) EL DEUC. (32 m.). Vanesa María AventÍn Fontana

3) EL DEUC. (1 h., 21 m.) José luis Cueva Calabia.

4) CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA (18 m.). Mª Ángeles González Rufo

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Ver otros vídeos sobre contratación pública.

JURISPRUDENCIA TJUE: Asunto C-555/14. Según la Abogado General, cabe que la normativa imponga la renuncia a intereses y gastos para el cobro del principal.

12/05/16
JURISPRUDENCIA DEL TJUE

Por la  indudable repercusión económica que en su caso la sentencia futura pueda tener, [El que la Administración deba afrontar el pago de 3.000 millones de euros a unas 200.000 empresas], nos hacemos eco de las conclusiones de la Abogado General Eleanor Sharpston en el asunto C-555/14, cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión  Europea (TJUE) por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 6 de Murcia, el 3 de diciembre de  2014. .. Seguir Leyendo.

Actualizado apartado Resoluciones Tribunales Administrativos. 21 Resúmenes.

12/05/16
RESOLUCIONES TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS

Actualizado apartado Resoluciones Tribunales Administrativos con gran parte de las resoluciones recogidas en las memorias del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León (ver aquí), y del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (ver aquí). En total se recogen los siguientes veintiún (21) resúmenes:

• Ref.-424.-  Legitimación de un licitador que pasa de adjudicatario  a excluido y que pretende la exclusión por igual causa del nuevo adjudicatario y que se declare desierto el procedimiento.

• Ref.-423.-  Legitimación de grupos municipales, concejales y grupos políticos.

• Ref.-422.-  Legitimación: REMC interpuesto por los dos integrantes de la UTE, en la que posteriormente una de ellas solicita se la tenga por desistida.

• Ref.-421.-  La modificación del pliego que afecta a los medios de acreditación de la solvencia requiere la apertura de un nuevo plazo de presentación de proposiciones y permitir al licitador retirar su oferta con el fin de presentar otra.

• Ref.-420.- No cabe recurrir cláusulas de un pliego que no fueron recurridas en su día con motivo de un recurso anterior contra los pliegos, permaneciendo aquéllas inalterables.

• Ref.-419.-  La falta de firma original del recurso supone requerir subsanación del defecto.

• Ref.-418.-  Acreditación de la representación de una sociedad constituida en el extranjero.

• Ref.-417.-  Inclusión en la descripción del objeto del contrato de la referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados.

• Ref.-416.-  Uso del procedimiento negociado al amparo del artículo 170.d) del TRLCSP.

• Ref.-415.-  Requisitos para calificar un contrato como mixto.

• Ref.-414.-  Presupuesto del contrato vs. costes salariales y otros.

• Ref.-413.-  Indebida exigencia de habilitación empresarial.

• Ref.-412.-  La inclusión, como condición especial de ejecución, de una presencia mínima de mujeres.

• Ref.-411.- Criterios de adjudicación: vinculación directa con el objeto del contrato.

• Ref.-410.-  Errores  en la oferta económica.

• Ref.-409.-  Falta de concreción del recurso.

• Ref.-408.-  Incumplimiento por parte de la administración de la obligación de informar a los licitadores sobre los costes de la subrogación empresarial.

• Ref.-407.-  No cabe requerir a los medios humanos a adscribir al contrato una experiencia superior a la que señala la ley es exigible a la empresa.

• Ref.-406.-  Notificación del acuerdo de exclusión: posibilidades de recurso contra los actos de exclusión y notificación verbal.

• Ref.-405.-  No es obligatorio fijar en los pliegos subcriterios de adjudicación.

• Ref.-404.- Requisito para la impugnación indirecta de los PCAP al recurrir el acto de adjudicación.

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