JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
Asunto C-568/24
DOCTRINA DEL TJUE SOBRE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y LA MENCIÓN «O EQUIVALENTE»
PLANTEAMIENTO: Un hospital (rumano) licitó un robot quirúrgico exigiendo, mediante especificaciones técnicas, que fuera de tipo modular y móvil, con determinados requisitos de peso, ocupación del suelo y disposición de brazos, sin incluir la mención «o equivalente». Un proveedor de robots de tipo monobloque impugnó dichas especificaciones por restrictivas y discriminatorias. El tribunal nacional planteó al TJUE diversas cuestiones prejudiciales que fueron respondidas en el sentido siguiente:
DOCTRINA DEL TJUE: 1. Transparencia e igualdad de trato (arts. 18.1, 42.1-2 y 49 Directiva 2014/24): Los principios de transparencia e igualdad de trato no obligan al poder adjudicador a justificar objetivamente las especificaciones técnicas en el propio anuncio de licitación ni en los pliegos. El principio de transparencia solo exige que la documentación sea clara, precisa e inequívoca, de modo que los licitadores puedan comprender su alcance. La obligación de justificación está vinculada al principio de proporcionalidad —que el grado de detalle sea necesario para alcanzar los objetivos perseguidos— pero puede hacerse valer con posterioridad, incluso en vía contenciosa. Exigir motivación sistemática en el momento de la publicación impondría una carga administrativa desproporcionada e invadiría el amplio margen de apreciación del poder adjudicador. El legislador de la UE solo ha impuesto esa obligación de motivar en pliegos cuando lo ha querido expresamente (p. ej., decisión de no dividir en lotes, art. 46).
2. Especificaciones técnicas y mención «o equivalente»…. Continuar leyendo y acceder a la sentencia.



