21/01/20
1013_21/01/20.- PARA LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO SÓLO TENDRÁ EN CUENTA LA EXPERIENCIA DE LOS ÚLTIMOS CINCO (OBRAS) Y TRES (SERVICIOS) AÑOS. Dábamos cuenta el pasado 2 de enero de la publicación de nuevos informes de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, entre ellos el informe 74/18 relativo al periodo a considerar para acreditar la solvencia técnica en los expedientes de contratación. Pues bien, este informe tiene a nuestro entender una singular importancia para los operadores económicos de obras y servicios. En primer lugar, porque afecta a todas las empresas clasificadas (17.000 aprox.) y, singularmente, de modo inmediato, a aquellas empresas que, a día de hoy, aún no han tramitado la nueva clasificación “por letras” (7.500 aprox.). En segundo lugar, porque a pesar de ser una informe que expresa el parecer de una Junta Consultiva, pudiendo calificar así inicialmente su carácter como consultivo, lo cierto es que la JCCPE, es el único órgano competente para aprobar y revisar los expedientes de clasificación a nivel estatal, por lo tanto, lo que se señala en el informe es el criterio que inexorablemente se va a aplicar a partir de estos momentos a todos los expedientes de clasificación que sean concedidos o revisados, precisamente, por la JCCPE. La cuestión -que con todo detalle se puede ver en el informe-, se resume en determinar si la experiencia que se considerará a efectos de obtener (y mantener) la clasificación, es de 5 o 10 años en los contratos de obras, y de 3 o 5 años en los contratos de servicios…. Continuar Leyendo y acceder al informe.