26/11/18
ABOGACÍA DEL ESTADO / NOTICIAS
(885) INFORME A.G. FOMENTO 2/18 (R–403/2018), DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO SOBRE ENCARGOS DE LOS ENTES PÚBLICOS A MEDIOS PROPIOS PERSONIFICADOS. En este informe se señala el lugar y modo en el que se ha de recoger la determinación de que un ente sea medio propio de otro; El modo en el que se establece la competencia y la forma de acreditar que el medio propio cuenta con medios materiales y personales necesarios para ejecutar el encargo de conformidad con su objeto social; Las reglas aplicables sobre la limitación de acceso del medio propio a las licitaciones; La no aplicación al medio propio de la regla de no sujeción al IVA prevista en la Ley del citado impuesto; etc. En el apartado Abogacía del Estado, punto 4 (Encomiendas de gestión / In house providng), se puede acceder a las conclusiones de este informe 403/2018, y al propio informe de la Abogacía del Estado.