28/04/18
NOTICIAS / INFORMES JUNTAS CONSULTIVAS
806_28/04/18.- INFORME DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE GALICIA SOBRE INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 118.3 DE LA LCSP RELATIVO A LOS CONTRATOS MENORES. En un extenso informe (20 páginas), la JCCA de Galicia da respuesta a once cuestiones planteadas en relación al contrato menor. Resumiremos aquí las que consideramos de mayor interés
Considera que la interpretación correcta del artículo 118.3, en línea con la ya manifestada en su informe por la JCCA del Estado, es que en el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación y que el contratista no suscribió más contratos menores con el mismo objeto que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero del artículo.
Sobre la determinación de los sujetos, entidades y órganos que abarcan el cálculo de los límites cuantitativos a los que se refiere el 118.3 de la LCSP, considera la JCCA que cada órgano de contratación o cada unidad funcional… Continuar leyendo y acceder al informe de la JCCA de Galicia.