794_25/03/18.- PUBLICADO EN EL BOE EL REAL DECRETO-LEY QUE DA A LOS GOBIERNOS LOCALES LA POSIBILIDAD DE DESTINAR SUS SUPERÁVITS A UN ABANICO DE INVERSIONES PÚBLICAS. En efecto, la principal novedad de este Real Decreto Ley es que se amplían los servicios públicos en los que podrán realizarse estas Inversiones Financieramente Sostenibles, que no computan en la regla de gasto y con las cuales se trata de evitar la generación de gastos no financieros futuros que puedan ser fuente de déficit: Esta ampliación afecta así a los de servicios de seguridad y orden público, protección civil, prevención y extinción de incendios, asistencia social primaria, creación y funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y especial, biblioteca y archivos, e inversiones en equipamientos culturales y museos y en instalaciones deportivas. De igual modo, se incluirán también como tales inversiones las que se realicen en mobiliario y enseres destinados a servicios que ya están catalogados como receptores de aquellas inversiones; así como los vehículos que se destinen a la prestación de los servicios públicos de recogida, eliminación y tratamiento de residuos; seguridad y orden público; protección civil; prevención y extinción de incendios; y de transportes de viajeros. Acceder al Real Decreto-ley 1/2018. Acceder a la nota de prensa.