22/11/17
Reseña. Asunto T-668/15. En fecha 10 de noviembre de 2017 el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha emitido esta sentencia, en la cual se analizan diversas cuestiones relacionadas con los criterios técnicos de selección que se exigieron en un procedimiento de licitación de un contrato público de suministro. En primer lugar, se plantea al TGUE si los criterios técnicos de selección exigidos por la entidad adjudicadora en el procedimiento de licitación eran lo suficientemente claros y precisos, y si el hecho de que la entidad adjudicadora precisara determinados aspectos concernientes a dichos criterios, al responder a las solicitudes de aclaración solicitadas por los licitadores, produce una violación de los principios de seguridad jurídica y de transparencia… Continuar leyendo en la fuente de la noticia (JCCA de Cataluña).
740_22/11/17.- RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE APRUEBAN LA APLICACIÓN INFORMÁTICA Y EL CUESTIONARIO ELECTRÓNICO NECESARIOS PARA ELABORAR EL INFORME A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 328.4 DE LA LEY 9/2017. El artículo 328.3.d) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, atribuye a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, la coordinación del cumplimiento de las obligaciones de información que imponen las directivas de contratación. Igualmente, el apartado 4 del citado artículo 328, detalla el contenido del informe trienal que debe elaborar la Junta Consultiva para su remisión a la Comisión Europea, comprensivo de determinadas actuaciones en materia de contratación de todos los poderes adjudicadores estatales, autonómicos y locales. A fin de coordinar el cumplimiento de las obligaciones de información y elaborar el informe previsto en el artículo 328.4 de la LCSP,… Seguir leyendo y acceder al documento.