JURISPRUDENCIA DEL TJUE: Asunto C-131/16. El licitador excluido se encuentra legitimado para pedir la exclusión del adjudicatario, si con la misma logra que el procedimiento sea declarado desierto, siempre y cuando su propia exclusión no haya devenido firme.

12/05/17

 

JURISPRUDENCIA DEL TJUE

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ASUNTO C-131/16 (11/05/17). Ref.-UE058

EL LICITADOR EXCLUIDO SE ENCUENTRA LEGITIMADO PARA PEDIR LA EXCLUSIÓN DEL ADJUDICATARIO, SI CON LA MISMA LOGRA QUE EL PROCEDIMIENTO SEA DECLARADO  DESIERTO, SIEMPRE Y CUANDO SU PROPIA EXCLUSIÓN NO HAYA DEVENIDO FIRME

Se plantean en el presente asunto dos cuestiones prejudiciales (por mejor decir tres, pero una de ellas –la 2ª Apartados 40 a 46)-, se declaró por el Tribunal “manifiestamente inadmisible”). De la primera de ellas (apartados 24 a 39), por considerar reitera anteriores pronunciamiento del mismo Tribunal que, además, no difiere e la doctrina de los tribunales españoles, nos limitamos a reproducir el fallo: (…)

Pero la numerada como tercera (apartados 47 a 59), requiere un análisis más detallado, pues de una primera lectura parece llegar a una conclusión opuesta a la contenida en la reciente (21/12/16) sentencia en el Asunto C-355/15, (Véase nuestra referencia UE53). Una de las cuestiones que se plantea en ambas sentencias, es la referida a si un licitador previamente excluido se encuentra o no legitimado para pretender la exclusión del adjudicatario con el fin de que se declare desierto el procedimiento… Continuar leyendo.