03/03/16
RESOLUCIONES TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
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DOCTRINA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES Y DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE NAVARRA, CONTENIDAS EN SUS MEMORIAS DEL AÑO 2015
(15 resúmenes y 5 reseñas)
• Ref.- 403.- Plazo de interposición frente al anuncio de licitación y los pliegos.
• Ref.- 402.- Legitimación de una empresa que ni es, ni puede ser licitadora para interponer REMC.
• Ref.- 401.- Sobre la legitimación de una empresa incursa en situación concursal al tiempo de presentar el recurso.
• Ref.- 400.- Umbrales de saciedad. No cabe emplear las fórmulas de puntuación como modo de juzgar la viabilidad de las ofertas. Para este fin se recoge en la normativa la regulación de las bajas anormales o desproporcionadas.
• Ref.- 399.- La falta de lectura de las ofertas económicas en el acto público de apertura de las mismas no vulneraba el principio de transparencia.
• Ref.- 398.- Solvencia técnica: acreditación de la experiencia con la de otra empresa participada.
• Ref.- 397.- Desestimación del recurso presentado por el tercer clasificado, pues si bien se acredita la falta de capacidad y solvencia del primer clasificado, no ocurre lo mismo con el segundo.
• Ref.- 396.- Recurso frente a exclusión: nulidad absoluta de una cláusula del PCAP por vulnerar el principio de concurrencia [no anulación del procedimiento (¿?)].
• Ref.- 395.- Aun en aquellos casos en que la asignación de puntuación derive de una respuesta simple (si/no; posee/no posee, etc.) Sobre los aspectos puntuados, es necesario motivar dicha respuesta.
• Ref.- 394.- Las regla de motivación en la ley 31/2007 (sectores especiales), difiere de las establecidas en el TRLCSP.
• Ref.- 393.- Ausencia de legitimación del presidente de una asociación de vecinos.
• Ref.- 392.- Inadmisión por falta de presentación telemática de la reclamación.
• Ref.- 391.- El pliego como ley del contrato y el principio de interpretación literal.
• Ref.- 390.- Omisión de información de personal a subrogar: nulidad del procedimiento.
• Ref.- 389.- Nulidad del procedimiento de negociado en el que el órgano de contratación revela las ofertas económicas.