JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. Contratos de larga duración y doctrina sobe caducidad de penalidades.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 5518/2023 – ECLI:ES:TS:2023:5518 (Ref.- S0207)

Datos: Fecha: 22-11-2023. / Ley vigente: Indiferente. / Aplicable a que tipo de contratos públicos: Contratos de larga duración.

LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE DECLARA QUE LAS PENALIDADES NO ESTÁN SUJETAS AL INSTITUTO DE LA CADUCIDAD ES PLENAMENTE APLICABLE A CONTRATOS DE LARGA DURACIÓN, SIN EXCEPCIÓN A DICHA DOCTRINA GENERAL.

El contratista de un contrato de concesión de obras públicas para la construcción, conservación y explotación de un hospital (formalizado en el año 2007, con una duración de 32 años), interpuso en el año 2014, recurso ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo contra la resolución de la Administración por la que se le impusieron determinadas penalidades (2,6 millones de euros) por supuestos defectos en la calidad del servicio prestado. El Juzgado, con base en dos sentencias anteriores similares, declaró caducado el procedimiento de imposición de penalidades por transcurso del plazo de caducidad de tres meses, estimando así íntegramente el recurso contencioso-administrativo y anulando la resolución recurrida.

Formulado recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), este, en virtud de la doctrina fijada por la sentencia del Tribunal Supremo nº 652/2019, donde se declaró que las penalidades no están sujetas al instituto de la caducidad, dicta sentencia por la que, estimando el recurso de apelación, revoca la sentencia del Juzgado, confirmando la resolución administrativa impugnada.

Se preparó recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que por Auto fue admitido a trámite, fijando como cuestiones con intereses casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia, las siguientes:

(i) Si para los contratos administrativos de obras de larga duración (sic -ver nota-), no es aplicable la institución de la caducidad en el procedimiento para imponer penalidades… Continuar leyendo el resumen y ver sentencia (y otros cuatro hiperenlaces a la que esta hace referencia).

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1305): Doctrina y Memoria del OARC.

 NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1305.- 29/12/2023.- PUBLICADA LA MEMORIA DE ACTIVIDAD 2022 Y LA DOCTRINA DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DEL PAÍS VASCO (OARC). Destacamos como en otras ocasiones el documento relativo a la Doctrina del OARC, con un índice de 10 páginas magníficamente estructurado, y un desarrollo de casi 600 páginas que tiene carácter cumulativo, incluyendo no sólo la doctrina basada en resoluciones del año 2022, sino también las de los años anteriores desde la entrada en vigor de la LCSP (año 2018).

En la Memoria 2023 del OARC, se recogen datos relativos a su actividad en lo que se refiere a la resolución de recursos especiales: número de recursos; tipo de resoluciones impugnadas por poder adjudicador; por tipo de contrato; acto recurrido; etc. etc.  Acceder aquí al documento Doctrina del OARC. Acceder aquí al documento Memoria 202. Acceder a partir de esta página a la doctrina y memoria el OARC, en castellano y euskera.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Prácticas colusorias.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Asunto C-66/22 (21/12/23). Ref. UE149

PRÁCTICAS COLUSORIAS. COMPETENCIA DEL PODER ADJUDICADOR. ¿NORMATIVA ESPAÑOLA ACORDE CON LA REGULACIÓN CONTENIDA EN LA DIRECTIVA 2014/24/UE?

NOTA PREVIA: Directiva 2014/24/UE. Artículo 57.4.d) (…)

CUESTIONES PREJUDICIALES PLANTEADAS. DESARROLLO Y COMENTARIOS.

«1) El artículo 57, apartado 4, párrafo primero, letra d), de la Directiva 2014/24/UE (…) debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que limita la posibilidad de excluir una oferta de un licitador cuando existan indicios serios de conductas de este que pueden falsear las normas sobre competencia en el procedimiento de adjudicación de un contrato público en cuyo marco se ha producido este tipo de conductas.»

Desarrollo y comentario: …. Continuar leyendo, comprobar correspondencia normativa española y acceder a la sentencia.

«2) El artículo 57, apartado 4, párrafo primero, letra d), de la Directiva 2014/24, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que atribuye únicamente a la autoridad nacional de defensa de la competencia la facultad de decidir sobre la exclusión de operadores económicos de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos por una infracción de las normas sobre competencia.»

Desarrollo y comentario:Continuar leyendo, comprobar correspondencia normativa española y acceder a la sentencia.

«3) «3) El artículo 57, apartado 4, párrafo primero, letra d), de la Directiva 2014/24, a la luz del principio general de buena administración, debe interpretarse en el sentido de que la decisión del poder adjudicador sobre la fiabilidad de un operador económico adoptada con arreglo al motivo de exclusión previsto en dicha disposición debe… Continuar leyendo, y acceder a la sentencia

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1304): Modificación de umbrales a efectos de aplicación de los procedimientos de contratación.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1304.- 22/12/2023.- MODIFICACIÓN DE UMBRALES A EFECTOS DE APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. Las directivas europeas de contratación europeas prevén (por ejemplo, el artículo 6 de la Directiva 2014/24/UE), que el 1 de enero de los años pares (2024, 2026, etc.), se modifiquen a través de Reglamentos comunitarios los umbrales que determinan las contrataciones públicas a las que le son de aplicación aquellas directivas. En nuestro apartado noticias -referencia 1298 (cliquear aquí)- hemos dado noticia de la aprobación/publicación de tales reglamentos con los nuevos umbrales para el 2024.

Pues bien, en aplicación de tale Reglamentos, el BOE de 20 de diciembre, ha publicado la. Orden HFP/1352/2023, de 15 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2024 (Ver aquí). Tal publicación supone la modificación de… Continuar leyendo

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA (1303). Días Inhábiles 2024.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1303.- 20/12/2023.- RESOLUCIÓN (…) POR LA QUE SE ESTABLECE A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS, EL CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO PARA EL AÑO 2024. Nos hacemos eco de una noticia que se “nos quedó atrás”: el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 2023. Acceder aquí al BOE.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Suspensión de obra por modificación del proyecto. Indemnización.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 4956/2023 – ECLI:ES:TS:2023:4956 (Ref.- S0205).

Datos: Fecha: 16-11-2023. / Ley vigente: Indiferente. / Aplicable a que tipo de contratos públicos: Obras.

DERECHO A INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN CASO DE 1º) SUSPENSIÓN DE OBRAS POR MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y 2º) SUSPENSIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.

En la primera cuestión de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia que presenta este asunto consiste en (…) determinar si la suspensión de las obras para la tramitación del modificado de obra supone el reconocimiento del derecho del contratista a ser indemnizado por los daños y perjuicios que le cause tal paralización. Continuar leyendo y acceder a la sentencia.

En la segunda cuestión de interés casacional se plantea si el contratista, una vez aprobado el modificado y reanudado las obras, tiene derecho a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por los retrasos y paralizaciones de las obras que desde entonces y hasta una fecha determinada (en la que se inician nuevas suspensiones que no son objeto de litigio) han tenido lugar… Continuar leyendo y acceder a la sentencia.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Diez (10) nuevas entradas. 15/12/23.

BIBLIOGRAFÍA EN LA RED

1650) ¿CABE SUBSANAR LA NO APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA EN LOS DISTINTOS TRÁMITES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA? José María Agüeras Angulo. @AguerasJose Octubre 2023.

1649) EL PAGO DE LAS FACTURAS: ¿PARA CUÁNDO UNA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 198 DE LA LEY DE CONTRATOS? Teresa Moreo Marroig. Septiembre 2023.

1648) RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DAÑOS CAUSADOS EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS Y CONCESIONES ADMINISTRATIVAS. SITUACIÓN ACTUAL Y PROPUESTAS DE MEJORA. Alejandro Huergo Lora. @AlejandroHuergo. Octubre 2023.

1647) CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DE LA FALTA DE COMPROBACIÓN DE LA SOLVENCIA DEL LICITADOR. INDEMNIZACIÓN POR CONTRATO DEJADO DE REALIZAR CORRESPONDIENTE A SU OFERTA ECONÓMICA. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma.  Junio 2023.

1646) EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL COMO MEDIO DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y PROFESIONAL. LA NECESARIA PROPORCIONALIDAD Y VINCULACIÓN AL OBJETO DEL CONTRATO. Javier Vázquez Matilla. @Javiervazquezma.  Julio 2023.

1645) LA DISRUPTIVA EXIGENCIA DE LOS CANALES DE DENUNCIA EN EL SECTOR PÚBLICO TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. Patricia Iglesias.

1644) LA CONTRATACIÓN VERDE EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES ESTATALES: EL CATÁLOGO DE CRITERIOS DE COMPRA RESPONSABLE DEL GRUPO TRAGSA. Marcos Crespo Fernández. Septiembre 2023.

1643) CONTRATACIÓN DE ACTUACIONES ARTÍSTICAS: ALGUNAS MÁS ORIGINALES Y ESPECÍFICAS QUE OTRAS. Por Mª Pilar Batet. @mpbatet. Agosto 2023.

1642) ¿ES POSIBLE UNA COMPRA PÚBLICA ESTRATÉGICA SIN ESTRATEGIA? María Asunción Sanmartín Mora. Septiembre 2023.

1641) CONTRATACIÓN PÚBLICA Y ACCESIBILIDAD DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS. José Antonio Moreno Molina. Septiembre 2023.

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NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1302): Memoria 2022 del Consejo de Estado.

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1302.- 13/12/2023.- MEMORIA 2022 DEL CONSEJO DE ESTADO (50 PÁGINAS CON CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA). El Consejo de Estado ha publicado su Memoria del año 2022, (aprobada 05/10/23), en la que, por una parte, se da cuenta de la organización y actividad del Consejo y, por otra parte, se analizan diversos temas de actualidad abordados en el ejercicio de la función consultiva durante 2022, formulando observaciones sobre el funcionamiento de los servicios públicos y sugiriendo medidas para la mejora de la Administración.

Por lo que se refiere a la contratación pública, cabe destacar, entre otros aspectos, que se contiene un primer apartado (páginas 232 a 249) relativo a cuestiones de contratación administrativa que han sido abordadas por el Consejo de Estado con ocasión de las consultas evacuadas en los expedientes sometidos a su consideración , en el que se analizan los procedimientos de interpretación y resolución de incidencias contractuales, la potestad de interpretación de los contratos administrativos –alcance y criterios de ejercicio–, y varias cuestiones sobre la recepción, liquidación y resolución contractuales.

Asimismo, se recoge un segundo apartado (páginas 249 a 281) sobre las patologías derivadas del resarcimiento por obras ejecutadas o servicios prestados en favor de la administración pública sin la debida cobertura contractual y presupuestaria, en el que… Continuar leyendo en la fuente de la noticia -Apartado noticias publicadas en los boletines de la JCCAT- y acceder a la Memoria.

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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Modificación del contrato.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. 

Asuntos acumulados C-441/22 y 443/22 (07/12/23). Ref. UE148

NO CABE MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE UN CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS (METEOROLÓGICAS HABITUALES, NORMATIVA VIGENTE…) QUE UN PODER DILIGENTE PUDO HABER PREVISTO EN PLIEGOS. LA MODIFICACIÓN [INDEBIDA EN ESTE CASO] DEL CONTRATO, NO SE DA EXCLUSIVAMENTE CUANDO SE TRAMITA PROCEDIMIENTO AL EFECTO, SINO TAMBIÉN EN BASE A OTROS HECHOS/ACUERDOS DE LAS PARTES.

PLANTEAMIENTO ASUNTO C-441/22. El contrato de obras que para un Ayuntamiento viene ejecutando un operador económico, señala una fecha de finalización y una posible fecha límite de ampliación del plazo (29/11/19). Por circunstancias consideradas imprevistas (meteorológicas y aplicación de normativa vigente) se acuerda la modificación del contrato, consistente en ampliar este último plazo de ejecución, más allá de la fecha límite de ampliación prevista en el contrato (concretamente hasta el 30/01/20). Finalizada la obra, se firma el acta de conformidad de la construcción el 24/02/20. No se impone al contratista penalidad alguna por demora (se han venido justificando documentalmente las demoras producidas).

A la vista de las circunstancias, la autoridad externa que gestiona/controla la inversión de la obra (financiada con fondos europeos), aplica una corrección/reducción financiera a la subvención otorgada del 25%. Afirma que el poder adjudicador había previsto, en el pliego de contratación, una duración máxima y una fecha límite para la ejecución del contrato, elementos que también constituyen criterios de adjudicación para la evaluación de las ofertas. Por consiguiente, la superación de estos plazos sin una justificación objetiva, sin formular observaciones y sin imponer penalizaciones por demora constituye, a su entender, una modificación ilícita de las condiciones del contrato público de que se trata.

PLANTEAMIENTO ASUNTO C-443/22. Muy similar al anterior…Continuar leyendo el resumen de la sentencia y acceder a ella

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (1301) Informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre contratación pública en la Unión Europea

NOTICIAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA

1301.- 07/12/2023.- INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO: CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA UE – LA COMPETENCIA EN LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE OBRAS, BIENES O SERVICIOS HA DISMINUIDO EN LOS DIEZ AÑOS ANTERIORES A 2021. La competitividad de los mercados es salvaguarda del interés público. Sin embargo, en este informe especial el Tribunal de Cuentas Europeo constata que, en los últimos diez años, ha disminuido la competencia en la contratación pública (es decir, la existencia de suficiente número de proveedores en el mercado que participen en procedimientos de contratación pública), y no hay indicios de que las nuevas directivas de contratación (año 2014) vaya a invertir esta tendencia. Hay una falta general de concienciación sobre la competencia en la contratación pública. No se utilizan sistemáticamente los datos disponibles para identificar las causas… Continuar leyendo y acceder al informe y a otros TRES documentos.