JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: Petición de responsabilidad contractual y liquidación el contrato.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

STS 6035/2024 – ECLI:ES:TS:2024:6035 (Ref.- S0229-)

DATOS: Fecha: 12-12-2024. / Ley vigente: Ley 9/2017 (LCSP) y anteriores. / Aplicable a: Todos los contratos.

LA PETICIÓN DE UNA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL FORMULADA ANTES DE LA ANULACIÓN DE UN CONTRATO DEBE RESOLVERSE EN EL PROCEDIMIENTO LIQUIDATORIO DEL ARTÍCULO 42 DE LA LCSP

Nota previa: Si bien son dos las cuestiones de intereses casacional que se plantea nos centraremos en la que a contratación pública se refiere -si bien la otra queda contestada igualmente en el resumen que hacemos-.

La cuestión que se plantea que reviste interés casacional es si la petición de una responsabilidad contractual formulada antes de la anulación de un contrato debe resolverse en el procedimiento liquidatorio del artículo 42.1 de la LCSP.(«42.1. La declaración de nulidad de los actos preparatorios del contrato o de la adjudicación, cuando sea firme, llevará en todo caso consigo la del mismo contrato, que entrará en fase de liquidación, debiendo restituirse las partes recíprocamente las cosas que hubiesen recibido en virtud del mismo y si esto no fuese posible se devolverá su valor. La parte que resulte culpable deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido.»)

El Tribunal Supremo rechaza la posibilidad de que el contratista reclame una responsabilidad contractual, cuando las mismas derivan de un contrato inválido. Afirma que la fase de liquidación… Continuar leyendo y acceder a la sentencia