NOTICIAS (935): Nota aclaratoria de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, sobre el alcance de la instrucción 1/2019 relativa al contrato menor.

19/03/19

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(935) NOTA ACLARATORIA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN, SOBRE EL ALCANCE DE LA INSTRUCCIÓN 1/2019 RELATIVA AL CONTRATO MENOR. En esta nota, habida cuenta de las consultas presentadas ante la OIRESCON en relación a la expresión: “el órgano de contratación solicitará, al menos, tres presupuestos” contenida en la citada Instrucción, aclara la OIRESCON que “… la referencia a la solicitud de tres presupuestos que se indica en la Instrucción, ha de interpretarse en el sentido de que la misma satisface el principio de competencia; siendo siempre posible justificar motivadamente la no procedencia de tal petición de ofertas cuando dicho trámite no contribuya al fomento del principio de competencia, o bien, dificulte, impida o suponga un obstáculo para cubrir de forma inmediata las necesidades que en cada caso motiven el contrato menor. En todo caso, la solicitud de tres ofertas se entenderá cumplida con la publicidad de la licitación, si así lo decide el Órgano de Contratación, pues, en tales supuestos, ya quedaría garantizada la competencia.” Acceder aquí a la nota.

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