29/09/15
Actualizado el apartado INFORMES JUNTAS CONSULTIVAS. Consta en esta ocasión de 9 resúmenes y 6 reseñas. Los resúmenes tratan las siguientes cuestiones.
• Ref.-I0196.- Certificados de estar al corriente: a) Referidos al momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, no al de presentación de documentación por el adjudicatario. b) La administración actuante solo podrá recabar datos sobre situación tributaria o de seguridad social si cuenta con autorización expresa del licitador.
• Ref.-I0195.- No cabe admitir como criterio de valoración (variante o mejora), el mayor volumen de unidades de obra sobre las inicialmente previstas y definidas en el proyecto o documento anexo.
• Ref.-I0194.- Clasificación y uniones temporales de empresarios. Diversas cuestiones.
• Ref.-I0193.- Salvo que se encuentre previsto en los pliegos, o se hallé impuesto por otra ley, no cabe que la garantía definitiva responda del cumplimiento de obligaciones tributarias o de otra índole no previstas en el TRLCSP, por mucho que las mismas se hallen estrechamente vinculadas al contrato.
• Ref.-I0192.- Validez del acuerdo privado entre contratista y subcontratista para que la garantía le sea devuelta a este último.
• Ref.-I0191.- Recomendación de la JCCA sobre la aplicación del nuevo régimen jurídico de revisión de precios creado como consecuencia de la disposición adicional 88ª de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
• Ref.-I0190.- Sobre los efectos de la disolución de un consorcio en un contrato suscrito por éste.
• Ref.-I0189.- Las entidades locales no tienen la facultad que otorga el artículo 303.1 del TRLCSP al Consejo de Ministros o al órgano autonómico competente para autorizar excepcionalmente la celebración de contratos de servicios de duración superior a la señalada en dicho apartado.
• Ref.-I0188.- Las certificaciones cuyo endoso por el contratista ha sido notificado a la administración no son embargables.