30/03/20
ULTIMA HORA: Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. Podrán continuar la actividad los contratos formalizados de acuerdo a la tramitación de emergencia (D.A. cuarta), además (D.A. quinta) el permiso retribuido recuperable regulado en este real decreto-ley no resultará de aplicación a las personas trabajadoras de las empresas adjudicatarias de contratos de obras, servicios y suministros del sector público que sean indispensables para el mantenimiento y seguridad de los edificios y la adecuada prestación de los servicios públicos, incluida la prestación de los mismos de forma no presencial, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
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NOTICIAS / COVID-19 vs. CONTRATACIÓN PÚBLICA
(1041) ÚLTIMAS NOVEDADES (30/03) SOBRE LA INCIDENCIA DEL COVID-19 EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA (8ª ENTREGA). En esta nueva entrega os hacemos llegar 20 nuevos enlaces correspondientes a: 1 normas estatales; 5 informes de la Abogacía del Estado; 3 normas autonómicas; 7 artículos/estudios; 1 infografía; 3 vídeos. Ver aquí en el apartado Noticias, el detalle de las novedades incorporadas /o Acceder aquí al apartado COVID-19 y Contratación Pública (novedades ya incorporadas). Como podréis comprobar hemos introducido ciertos cambios en este apartado para facilitaros la navegación por él.
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1040_30/03/20.- PUBLICADO EL REAL DECRETO-LEY 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19, QUE INTRODUCE a través de su disposición final segunda MODIFICACIONES EN EL ARTÍCULO 16 DEL REAL DECRETO-LEY 7/2020, DE 12 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA RESPONDER AL IMPACTO ECONÓMICO DEL COVID-19. Tal y como señala en su preámbulo el nuevo RDL 9/2020 introduce una modificación del artículo 16 del RDL 7/2020, al objeto de ampliar la tramitación de emergencia para la contratación de todo tipo de bienes o servicios que precise la Administración General del Estado para la ejecución de cualesquiera medidas para hacer frente al COVID-19, previsto en el mismo, a todo el sector público. Asimismo, se prevé la posibilidad de que el libramiento de los fondos necesarios para hacer frente a los gastos que genera la adopción de medidas para la protección de la salud de las personas frente al COVID-19 pueda realizarse a justificar, si resultara necesario. Por otra parte, dicho artículo también se modifica con la finalidad de completarlo y de hacer más efectiva la contratación, los libramientos de fondos, así como los pagos, en el ámbito de la Administración en el exterior para facilitar las medidas que se adopten por la misma frente al COVID-19. Todo ello, cumpliendo los requisitos formales previstos en este real decreto-ley.