NOTICIAS (566): ¿Es ADIF una Administración Pública? / (567): Prorroga para atribución de competencias del TACRC, respecto a Galicia.

29/11/16
NOTICIAS / BIBLIOGRAFIA

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566_23/11/16.- ¿ES ADIF UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?  (Referencia y comentario a un artículo de Gimeno Felliu). Ciertamente la pregunta correcta, -y esta sí, rigurosa-, sería ¿Es ADIF un entidad que, a efectos de contratación, deba someterse a la normativa contractual del mismo modo que lo hace una Administración Pública? Hoy en día la respuesta a esta pregunta es SÍ.

Lo primero que debe señalarse es que el Administrador de Infraestructura Ferroviarias (ADIF), es una Entidad Pública Empresarial del Estado, del mismo modo que lo son RENFE OPERADORA, E.P.E. ADIF-ALTA VELOCIDAD, AENA, ENAIRE, ICO, SEPES, RED.ES, F.N.M.T., y así hasta 13 entidades (véase aquí el listado detallado del Sector Público Estatal –a 31/12/15-), a las que habría que añadir las autonómicas y las locales. Lo que hace reseñable a ADIF y a E.P.E. ADIF-ALTA VELOCIDAD,  es su volumen de contratación, pues a día de hoy, ambas por si solas contratan un volumen mayor que todo el resto de E.P.E. del Estado juntas.

En segundo lugar corresponde destacar el artículo del profesor Gimeno Feliu, publicado por el Observatorio de Contratación Pública (OBCP), el pasado 14 de noviembre, bajo el título LA INCIDENCIA DE LA NUEVA LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN DE CIERTOS PODERES ADJUDICADORES: LA “VUELTA” AL DERECHO ADMINISTRATIVO (Acceder aquí), del que en su momento nos hemos hecho eco en nuestra web, en  el banner dedicado a los artículos publicados en OBCP, si bien el alcance práctico del citado escrito, nos lleva a reseñarlo ahora de modo singular.

En resumen, señala el artículo de Gimeno Feliu… Continuar leyendo.

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NOTICIAS

.Galicia escudo.

565_23/11/16.-  SE PRORROGA OTROS TRES AÑOS LA COMPETENCIA DEL TACRC RESPECTO AL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO Y LOCAL DE GALICIA, DIECIOCHO MESES DESPUÉS DE CREADO EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE GALICIA. Desde la creación del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, varias comunidades autónomas han firmado con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, convenios de atribución de competencias, en base a los cuales el TACRC resulta competente para conocer de las cuestión de nulidad y recurso especial en materia de contratación que puedan derivar de contratos licitados por el sector público autonómico y local de cada comunidad autónoma. Estos convenios suelen tener una duración de tres años y renovarse por periodos similares, aunque en el caso de Extremadura, el convenio firmado se extinguió a los tres años, al crear la Comunidad Autónoma su propio Tribunal Administrativo, plenamente operativo a día de hoy.

Llamativo sin embargo resulta el caso de Galicia, que al igual que Extremadura creo su propio Tribunal Administrativo… Continuar leyendo.